Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2019 (10/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 10 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

51

responsable del Portal de Transparencia, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www. munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. PÍO FERNANDO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 1767900-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
Modifican el Acuerdo N° 124-2018MPC que autorizó la participación de la municipalidad en diversos eventos académicos internacionales
(Se publica el Acuerdo de la referencia a solicitud de la Municipalidad Provincial del Cusco mediante Oficio N° 157-2019-SG/MPC, regularizado el 8 de mayo de 2019) ACUERDO MUNICIPAL Nº 136-2018-MPC Cusco, 24 de agosto de 2018 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 24 de agosto de 2018; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de sus competencia dentro de sus jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Acuerdo Municipal Nº 124-2018MPC, de fecha 17 de julio de 2018, se acordó: Artículo PRIMERO.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en los eventos académicos internacionales, invitados por el Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC CUSCO S.A., (...). Artículo SEGUNDO.- AUTORIZAR, la participación de los miembros del Concejo Municipal en los eventos académicos referidos, (...). Artículo TERCERO.PRECISAR, que los gastos que irrogue la participación de los miembros del Concejo Municipal en los eventos

académicos referidos, serán cubiertos por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC CUSCO S.A.; no obstante a ello, la Municipalidad Provincial del Cusco, otorgara Viáticos Nacionales (transito) de dos (2) días y Viáticos Internacionales (tránsito) de dos (2) días a los miembros del Concejo Municipal. Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 24 de agosto de 2018, se puso a consideración de los miembros del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, la invitación a los eventos académicos internacionales referidos líneas arriba, para su conocimiento y fines pertinentes, (...); POR TANTO: Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas por los artículos 39º y 41º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por MAYORIA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- MODIFICAR, el Artículo Tercero del Acuerdo Municipal Nº 124-2018-MPC, de fecha 17 de julio de 2018; debiendo además, quedar inalterable los demás extremos de dicho Acuerdo Municipal, conforme se detalla a continuación: "Artículo Tercero.- PRECISAR, que los gastos que irrogue la participación de los miembros del Concejo Municipal en los eventos académicos referidos, serán cubiertos por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC CUSCO S.A." Artículo Segundo.- DISPONER, a las instancias administrativas de la entidad tomen las medidas que correspondan para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS MOSCOSO PEREA Alcalde 1726064-1

Aprueban participación de regidor en evento académico a realizarse en Ecuador
(Se publica el presente Acuerdo a solicitud de la Municipalidad Provincial del Cusco, mediante Oficio Nº 158-2019-SG/MPC, recibido el 8 de mayo de 2019) ACUERDO MUNICIPAL Nº 140-2018-MPC Cusco, 24 de agosto de 2018 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 24 de agosto de 2018; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de sus competencia dentro de sus jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.