Norma Legal Oficial del día 21 de Agosto del año 2004 (21/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 2004

Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal hacer de conocimiento del presente Acuerdo al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. GREGOR MORDAZA FRASER MORDAZA 15223

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la fiscalizacion y recaudacion de tributos administrados por la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2004-MDSB Canta, 11 de agosto de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BUENAVENTURA-CANTA. VISTOS, En sesion ordinaria de Concejo realizada el dia 14 de MORDAZA de 2004; el Informe Tecnico Nº 01-2004-DR, de fecha 1-7-04, emitido por el Director de Administracion; el Informe Nº 005-AJ-MDSB de la Oficina de Asesoria Juridica de fecha 8 de MORDAZA del presente ano, referidos sobre la aprobacion de la declaracion en situacion de urgencia la recaudacion y fiscalizacion de los tributos que administra la Municipalidad Distrital de San MORDAZA -Canta, y la Contratacion de Servicios Personalisimo. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º modificado por la Ley Nº 27680 que aprobo la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, determina a las Municipalidades como Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe Nº 01-2004-DR, de fecha 1 MORDAZA de 2004 emitido por el Director de Administracion, se senala que es prioritario efectuar a los principales contribuyentes de la jurisdiccion acciones de identificacion, verificacion, y determinacion de deudas tributarias y/o administrativas, mediante procedimientos de fiscalizacion Selectiva, con el objetivo de determinar las omisiones y/o subvaluaciones tributarias como administrativas que hubieran incurrido los diferentes contribuyentes detectados y fiscalizados; senalando que la Municipalidad, no cuenta con los recursos logisticos necesarios para el cumplimiento de esta labor, requiriendose de la contratacion de una Empresa o persona natural de servicios especializados en Fiscalizacion, asesoria, procuraduria y cobranzas para la recuperacion de deudas tributarias y no tributarias con suficiente experiencia que brinde seguridad, garantia y que permita incrementar las rentas Municipales de este Gobierno Municipal; Que, la Oficina de Asuntos Juridicos mediante el Informe Nº 05-AJ-MDSB de fecha 8 de MORDAZA de 2004, al MORDAZA del Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias sustenta el Informe Tecnico Legal, recomendando declarar mediante Acuerdo de Concejo en situacion de urgencia la fiscalizacion y recaudacion de los tributos que administra la Municipalidad Distrital de San Buenaventura-Canta, por el termino de ciento ochenta (180) dias calendario, para que dentro de dicho plazo la Municipalidad proceda a la contratacion de una o dos empresas o consultora, especializadas en los servicios requeridos por el Director de Adminis-

tracion, bajo la modalidad de Servicios Personalisimos, autorizandose al Sr. MORDAZA para la suscripcion de los respectivos contratos; Que, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y sus modificatorias, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales; asimismo, el literal c) del Articulo 19º de la MORDAZA precitada, prescribe que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la MORDAZA anteriormente acotada; asimismo, el literal h) del Articulo 19º de la MORDAZA precitada, extiende la exoneracion, para Servicios Personalisimos; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, establece, que de conformidad con el inciso h) del Articulo 19º de la Ley, se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los Contratos de Locacion de Servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio. La evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion a la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que, el literal c) del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y sus modificatorias establece que todas las exoneraciones se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales; Estando a las consideraciones expuestas y al MORDAZA de los Articulos 9º numeral 35, 13º, 16º, 17º, 34º, 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por la Ley Nº 27972 y los Articulos 19º literales c) y h), 20º c) y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y sus modificatorias; numeral 2 del Articulo 108º, 111º y 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; SE ACUERDA: Articulo 1º.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la fiscalizacion y recaudacion de los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de San Buenaventura-Canta, por el termino de ciento ochenta (180) dias calendario. Articulo 2º.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion del servicio de Fiscalizacion Selectiva y el Asesoramiento y Apoyo Logistico en la Cobranza Coactiva. Articulo 3º.- DECLARAR, procedente la Contratacion de una empresa para la prestacion del servicio personalisimo para las labores a que refiere el MORDAZA punto del presente acuerdo. Articulo 4º.- AUTORIZAR al MORDAZA para que suscriba los correspondientes contratos de Locacion de Servicios con las empresas y/o consultoras que reunan los requisitos, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 5º.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano el Acuerdo de Concejo, dentro del termino de diez (10) dias y remitir a la Contraloria General de la Republica MORDAZA del Informe Tecnico Legal y del Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA RUFFNER MORDAZA 15142

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