Norma Legal Oficial del día 21 de Agosto del año 2004 (21/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, conforme a lo mencionado en el parrafo precedente se puede senalar que al momento de expedir la Resolucion Jefatural Nº 143-2004-JEF/RENIEC, la proyeccion efectuada por la unidad organica encargada del servicio de impresion y acabados del DNI respecto al numero de documentos por imprimir, ha sido rebasada por la gran demanda de los usuarios a nivel nacional, lo cual no podria preveerse en forma exacta al momento de declarar el mencionado servicio en situacion de urgencia, pues la proyeccion realizada inicialmente fue de 1´095,464 DNIs, no resultando dicha cantidad suficiente, por lo que mediante Oficio Nº 945-2004-GP/RENIEC de la Gerencia de Procesos e Informe Nº 094-2004-GP/SGP/RENIEC de la Subgerencia de procesamiento, se indica que las proyecciones estimadas para el mismo periodo de urgencia a que se contrae la Resolucion Jefatural Nº 143-2004-JEF/RENIEC son en realidad de 1´859,463 DNIs lo cual equivalen a US$ 1´078,488.54 dolares americanos; Que, en ese orden de ideas, resulta necesario modificar el articulo MORDAZA de la Resolucion Jefatural Nº 1432004-JEF/RENIEC a fin de consignar el monto real que corresponda a la cantidad necesaria de DNIs que se deberan imprimir durante el plazo de la urgencia declarada, los mismos que ascienden a 1´859,463 DNIs por un costo de US$ 1´078,488.54 dolares americanos tal como se senala en el informe Nº 908-2004-GAD/SGLG de la Subgerencia de Logistica; Estando a lo expuesto y a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo MORDAZA de la Resolucion Jefatural Nº 143-2004-JEF/RENIEC que declaro en situacion de urgencia el servicio de impresion y acabados del DNI, bajo el siguiente tenor: "Articulo Segundo.- Exonerar de MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, la contratacion del servicio de impresion y acabados de DNI, debiendo procederse a la misma por el periodo a que se refiere el articulo precedente y por un monto total de US$ 1´078,488.54 (un millon setenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y ocho y 54/100 dolares americanos) con cargo a la fuente de recursos directamente recaudados." Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion el cumplimiento de la presente resolucion asi como comunicar su contenido y sustento a la Contraloria General de la Republica, asimismo publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la entidad en coordinacion con la Gerencia de Informatica y Estadistica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15232

riodo de transicion entre el actual regimen procesal penal y el MORDAZA Codigo Procesal Penal, publicado el 29 de MORDAZA del 2004, crea una Comision encargada de coordinar las materias que deben ser objeto de disposiciones o directivas internas y de evitar contradicciones en las normas que se dicten, la que debera instalarse dentro de los treinta dias utiles de publicado dicho Decreto Legislativo; Que, la citada Comision esta integrada por un representante del Poder Judicial, Ministerio Publico y del Ministerio del Interior, presidida por el representante del Poder Judicial; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA, Fiscal Suprema Titular, como representante del Ministerio Publico ante la Comision encargada de coordinar las reglamentaciones y directivas internas que emitiran el Poder Judicial, el Ministerio Publico y el Ministerio del Interior en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Segundo.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Poder Judicial, Ministerio del Interior, Comision Especial de Implementacion y de la designada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 15229

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran infundada demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Undecima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28044 y la Novena Disposicion Final de la Ley Nº 28128
EXPEDIENTE Nº 0005-2004-AI/TC EXP. Nº 0005-2004-AI/TC MORDAZA COLEGIO DE ABOGADOS DEL MORDAZA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En MORDAZA, a 9 de junio de 2004, reunido el Tribunal Constitucional en sesion de pleno jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados MORDAZA Orlandini, Presidente; Bardelli Lartirigoyen, Vicepresidente; MORDAZA MORDAZA, Revoredo Marsano, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Toma, pronuncia la siguiente sentencia: MORDAZA Accion de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados del MORDAZA contra la Undecima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28044 -Ley General de Educacion- y la Novena Disposicion Final de la Ley Nº 28128 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004-. ANTECEDENTES El demandante solicita que se declare la inconstitucionalidad de la Undecima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28044, por considerar que MORDAZA solo reconoce las autonomias academica y economica de la Escuela Superior Autonoma de Bellas Artes MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ESABAC), mas no sus autonomias administrativa y de gobierno, las cuales le permiten aprobar un sistema de gobierno similar al de las universidades nacionales, administrar su economia y regular, sin necesidad de la intervencion de otra institucion, las acciones de ejecucion presupuestaria; agregando que la ESABAC, en virtud de la Ley Nº 24400,

MINISTERIO PUBLICO
Designan representante del Ministerio Publico ante la Comision encargada de implementar el MORDAZA Codigo Procesal Penal
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1172-2004-MP-FN MORDAZA, 19 de agosto de 2004 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el inciso 2) del articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 958 que regula el MORDAZA de implementacion y el pe-

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