Norma Legal Oficial del día 05 de Octubre del año 2007 (05/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

354949

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Amplian plazo para la remision de opiniones respecto del Proyecto de resolucion tarifaria publicado mediante Res. N° 127-2007-PD/OSIPTEL
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 147-2007-PD/OSIPTEL MORDAZA, 3 de octubre de 2007. EXPEDIENTE : MATERIA : N° 00001-2006-CD-GPR/TT Fijacion de Tarifas Tope para llamadas desde Telefonos Publicos de Telefonica del Peru S.A.A. a redes de Telefonia Movil, de Comunicaciones Personales y de Troncalizado. / Ampliacion de plazo para comentarios y modificacion de fecha de Audiencia Publica Descentralizada Telefonica del Peru S.A.A.

ADMINISTRADO : VISTOS:

(i) El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, para que se amplie el plazo otorgado a las empresas operadoras y demas interesados, a fin que puedan remitir sus comentarios al proyecto de resolucion tarifaria publicado mediante Resolucion de Presidencia Nº 127-2007-PD/OSIPTEL, y se disponga la modificacion de la fecha de la Audiencia Publica Descentralizada, dentro del MORDAZA del procedimiento tramitado en el Expediente N° 00001-2006-CD-GPR/ TT; (ii) El Informe N° 231-GPR/2007, que recomienda la aprobacion del referido proyecto, y con la conformidad de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 127-2003-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de diciembre de 2003, se aprobo el Procedimiento para la Fijacion y/o Revision de Tarifas Tope (en adelante, el Procedimiento), en cuyo Articulo 6° se detallan las etapas y reglas a que se sujeta el procedimiento de oficio que inicie el OSIPTEL; Que de conformidad con el citado Procedimiento, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 032-2006-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 24 de MORDAZA de 2006, este organismo inicio el procedimiento de oficio para la fijacion de las tarifas tope para las comunicaciones locales originadas en la red del servicio de telefonia fija, en la modalidad de telefonos publicos, de Telefonica del Peru S.A.A (en adelante, Telefonica) y terminadas en las redes del servicio de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales y servicio troncalizado; Que luego de la evaluacion de la propuesta tarifaria presentada por Telefonica con carta DR-236-C-092/CM06, mediante la Resolucion de Presidencia Nº 127-2007PD/OSIPTEL se publico para comentarios, en el Diario Oficial El Peruano del 3 de setiembre de 2007, el Proyecto de Resolucion que fijara las tarifas tope para llamadas locales y de larga distancia nacional originadas en la red del Servicio de Telefonia Fija, modalidad de Telefonos Publicos, de Telefonica y terminadas en las redes del Servicio de Telefonia Movil, Servicio de Comunicaciones Personales y Servicio Troncalizado; otorgando un plazo de treinta (30) dias calendario para la MORDAZA de

comentarios y convocando a Audiencia Publica para el jueves 4 de octubre de 2007; Que la Cuarta Disposicion Complementaria del Procedimiento establece que: (i) los plazos senalados en los articulos 6º y 7º del Procedimiento, asi como los plazos que MORDAZA establecidos por el OSIPTEL en aplicacion de dichas disposiciones, podran ser ampliados, de oficio o a solicitud de parte, hasta por el doble de tiempo adicional a los plazos maximos senalados en los referidos articulos; (ii) las ampliaciones de plazos que resulten necesarias en cada procedimiento, seran establecidas por la Presidencia del Consejo Directivo del OSIPTEL mediante resolucion debidamente motivada; y (iii) dicha resolucion sera publicada en el Diario Oficial Peruano y notificada a la o las empresas operadoras involucradas; Que, teniendo en cuenta la fecha en que Telefonica recibio la documentacion correspondiente al Proyecto publicado, y atendiendo a lo solicitado por dicha empresa en su carta DR-067-C-1342/GR-07 de fecha 3 de setiembre de 2007, se considera necesario ampliar en siete (07) dias calendario el plazo previsto para la recepcion de comentarios, a fin de permitir que la empresa regulada y los interesados en general puedan analizar el proyecto de resolucion tarifaria y presenten sus comentarios al respecto; Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del Articulo 6º del Procedimiento, la Audiencia Publica debe llevarse a cabo con posterioridad al vencimiento del plazo para la recepcion de los comentarios y MORDAZA de la emision de la resolucion definitiva; Que en consecuencia, al ampliarse el plazo para la recepcion de comentarios al referido proyecto de resolucion tarifaria, corresponde modificar la fecha para la realizacion de la Audiencia Publica dispuesta en la Resolucion de Presidencia Nº 127-2007-PD/ OSIPTEL; En aplicacion de las atribuciones que corresponden a esta Presidencia, en virtud de lo establecido en los literales j) y k) del Articulo 86º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001PCM y con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar en siete (7) dias calendario, el plazo para que los interesados remitan por escrito sus comentarios respecto del Proyecto de Resolucion publicado mediante Resolucion de Presidencia Nº 1272007-PD/OSIPTEL, aplicable al procedimiento tramitado en el Expediente N° 00001-2006-CD-GPR/TT. Articulo 2º.- Contabilizar el plazo dispuesto en el articulo precedente, a partir del 4 de octubre de 2007. Articulo 3º.- Modificar la fecha prevista para la realizacion de la Audiencia Publica Descentralizada dispuesta en el Articulo 4º de la Resolucion de Presidencia Nº 127-2007-PD/OSIPTEL- dentro del MORDAZA del procedimiento para fijar las tarifas tope aplicables a llamadas locales y de larga distancia nacional originadas en la red del Servicio de Telefonia Fija, modalidad de Telefonos Publicos, de Telefonica del Peru S.A.A. y terminadas en las redes del Servicio de Telefonia Movil, Servicio de Comunicaciones Personales y Servicio Troncalizado-, convocandola para el dia martes 16 de octubre de 2007, y haciendo publica dicha convocatoria a traves de un diario de circulacion nacional. Articulo 4°.- Disponer que la presente resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional del OSIPTEL, y notificada a la empresa Telefonica del Peru S.A.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo 116784-1

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