Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2008 (17/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2008

Que en ese sentido, al verificarse que la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C, actualmente acredita tener la posesion de la planta de harina de pescado de 31 t/h ubicado a la altura del Km 441 de la Panamericana Norte, distrito y provincia del MORDAZA, MORDAZA, el cual cuenta con maquinaria y equipos, asi como con la licencia de operacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 0862002-PE/DNEPP; y al determinandose que la misma ha cumplido con presentar documentacion acorde al procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y demas modificatorias; corresponderia aprobar a favor de PESQUERA MORDAZA S.A.C., hasta el 30 de marzo del 2012, el cambio de titular de licencia de operacion de planta solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves de los Informe Nº 3032007-PRODUCE/DNEPP-Dchi del 29 de MORDAZA del 2007, e Informe Nº 556-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 24 de septiembre del 2008, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con los articulos 51°, 53° y 54° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, y demas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar el desistimiento y dar por concluido el procedimiento referido a la solicitud de reconocimiento de capacidad de planta industrial de 80 T/ H solicitado por la empresa PESCA PERU MORDAZA NORTE S.A.C mediante el escrito de Registro Nº 00083013 del 12 de marzo del 2007. Articulo 2°.- Aprobar a favor de PESQUERA MORDAZA S.A.C, hasta el 30 de marzo del 2012, quien sucede procesalmente a PESCA PERU MORDAZA NORTE S.A.C, el cambio de titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado otorgado por Resolucion Directoral Nº 050-2001-PE/DNPP, modificado en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 086-2002-PE/DNEPP, en su establecimiento industrial pesquero ubicado a la altura del Km. 441 de la Carretera Panamericana Norte, distrito y provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado. Articulo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operacion a nombre de CONSORCIO PESQUERO LOS DELFINES S.A.C. otorgada por Resolucion Directoral Nº 086-2002-PE/DNEPP modificado por Resolucion Directoral Nº 205-2002-PE/DNEPP. Articulo 4°.- La empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C, debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, calificado favorablemente por la entonces Direccion Nacional de Medio Ambiente, segun lo senalado en la MORDAZA de Verificacion Nº 09-2000-PE/DIREMA del 20 de marzo del 2000. Articulo 5°.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 6°.- Incorporar a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el articulo MORDAZA de la presente Resolucion, al Anexo IV - B de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, excluyendo a la empresa EMPRESA PESQUERA MORDAZA DE ILO S.R.L. Articulo 7°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion MORDAZA, y consignarse en el

MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 290705-6

Declaran improcedente solicitud, presentada por Epesca Chancay S.A.C., sobre cambio de titular de licencia de operacion de establecimiento industrial pesquero ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 685-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 10 de noviembre del 2008

Visto el expediente con escritos de registro N° 00054953 de fecha 24 de MORDAZA y 25 de setiembre de 2008, presentados por EPESCA CHANCAY S.A.C. CONSIDERANDO: Que el Articulo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante Resolucion Directoral N° 051-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 27 de enero de 2004, se aprobo a favor de la empresa EPESCA S.A., el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 473-94-PE, modificada por Resolucion Ministerial N° 565-95-PE, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos a traves de su planta de harina de pescado, con una capacidad de 50 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero, ubicado en Av. Las Canarias s/n, Puerto Chancay, distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima; Que a traves de los escritos del visto, EPESCA CHANCAY S.A.C., solicita el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada mediante la Resolucion Directoral N° 051-2004-PRODUCE/DNEPP de acuerdo a lo senalado en el articulo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca al haber adquirido la propiedad del referido establecimiento industrial pesquero a traves del contrato de Escision, Reduccion de capital Social, Aumento de Capital Social y Modificacion Parcial de Estatutos que otorgan EPESCA S.A., EPESCA CHANCAY S.A.C. y EPESCA MORDAZA S.A.C.; Que la empresa recurrente en relacion al Oficio N° 4134-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 9 de setiembre del 2008, mediante el cual se le comunico que requiere del documento que sustente adecuadamente su petitorio, caso contrario se procedera de acuerdo con la normatividad pesquera vigente; presenta y adjunta MORDAZA del Contrato de Cesion de Posicion Contractual, comprobantes de pago emitidas por el SCOTIABANK PERU S.A.A. y BANCO CONTINENTAL S.A.A., Contrato de Compra Venta y Levantamiento de Arrendamiento Financiero celebrado entre BANCO CONTINENTAL y EPESCA CHANCAY S.A.C.; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo se desprende que la administrada habria cumplido con alcanzar los requisitos adjetivos establecidos en el procedimiento N° 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003PRODUCE; sin embargo no acreditan que se MORDAZA transferido la propiedad o posesion del establecimiento industrial pesquero, ubicado en Av. Las Canarias s/n,

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