Norma Legal Oficial del día 26 de Noviembre del año 2008 (26/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA

0+000 al Km. 90+760), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto de Urgencia Articulo 2.- Exoneraciones. 2.1 Exonerese al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, de la aplicacion de los literales a), b) y c) del numeral 13.1, del articulo 13° de la Ley N° 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2008 y de las normas pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo N° 083-2004PCM, y de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" 084-2004-PCM, para la contratacion de la ejecucion de la obra "Mantenimiento Periodico de la Carretera MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, Tramo I: MORDAZA de MORDAZA - Chilete (Km. 0+000 al Km. 90+760)" y para la contratacion de su Supervision. 2.2 Precisese que los actos preparatorios y los contratos que se celebren al MORDAZA de la presente ley, deberan cumplir los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM, sus modificatorias; asi como en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus modificatorias. Articulo 3.- Obligacion de informar. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, debera informar las acciones implementadas al MORDAZA del presente Decreto de Urgencia a la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los treinta (30) dias habiles de efectuadas las contrataciones que se autorizan en el articulo precedente. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 282811-1

Declaran en Emergencia la Carretera MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, Tramo I: MORDAZA de MORDAZA - Chilete
DECRETO DE URGENCIA N° 046-2008 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Que, dentro de las metas previstas para el presente ejercicio presupuestal, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, programo la ejecucion de la Obra de "Mantenimiento Periodico de la Carretera MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, Tramo I: MORDAZA de Dios-Chilete (Km. 0+000 al Km. 90+760), ubicado en el Departamento de Cajamarca; Que, para la ejecucion de la Obra PROVIAS NACIONAL celebro el Contrato N° 106-2008-MTC/20, con el CONSORCIO VIAL CHILETE, integrado por las empresas Vegsa C.G., Ice Ingenieros Consultores y Ejecutores S.A., Tecnicos Ejecutores S.A. Montrealex S.A.C. Peru, Corporacion Terranova S.A.C.; Que, durante la ejecucion del mencionado Contrato, el Contratista ha realizado trabajos que han implicado el levantamiento de la carpeta asfaltica en un 60 % de la Carretera. Sin embargo, la interrupcion de los trabajos por controversias surgidas en su ejecucion vienen generando serios inconvenientes en su transitabilidad; asi como, a las poblaciones vecinas a la Carretera por la emision de particulas de polvo que afectan a las personas, al ganado y comprometen las cosechas, asi como, por los riesgos de seguridad vial que se ven incrementados por el estado actual de la Carretera, no existiendo aun una estimacion economica de los alcances de ese perjuicio y, en los aspectos sociales, las poblaciones vecinas a la Carretera vienen expresando de manera permanente sus reclamos por el estado de la carretera, generado por la suspension intempestiva e imprevisible de las obras de mantenimiento periodico; Que, por lo expuesto, se preve inminentes perjuicios al comercio y economia de la region MORDAZA, toda vez que la Carretera MORDAZA de MORDAZA -- Chilete, une a la mencionada Region con la costa norte del MORDAZA y por esta se transporta toda la produccion ganadera, MORDAZA y minera desde MORDAZA hacia los consumidores y puertos de la Costa. Asimismo, se provee de alimentos, combustible y gas a Cajamarca; Que, resulta necesario culminar con el mantenimiento periodico con la finalidad de salvaguardar el gasto efectuado a la fecha, toda vez que en caso de permanecer esta situacion y teniendo en cuenta la proximidad de las lluvias, asi como el trafico pesado que soporta la carretera, esta sufriria un mayor deterioro y consecuentemente un requerimiento de mayor presupuesto, con el riesgo de que el expediente tecnico vigente quede desfasado; Que, la paralizacion de las obras ocasionaria perjuicios economicos irreparables para el Estado, como consecuencia de los gastos realizados, de la estacionalidad del periodo pluvial, sin perjuicio de los conflictos sociales en la MORDAZA de influencia de la Obra, que podrian suscitarse de no continuar con su ejecucion en forma inmediata; Que, de acuerdo a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta urgente y de interes nacional, adoptar medidas de caracter economico y financiero que permitan la continuacion de la obra citada asi como de las labores de supervision; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1°.- Declaracion de Emergencia Declarese en Emergencia la Carretera MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, Tramo I: MORDAZA de MORDAZA - Chilete (Km.

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Uruguay, MORDAZA, MORDAZA y Panama y encargan su Despacho a la Ministra de Justicia
RESOLUCION SUPREMA N° 323-2008-PCM MORDAZA, 25 de noviembre de 2008

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