Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2010 (02/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 2 de febrero de 2010

Articulo 7.- Comite de Evaluacion OSINERGMIN designara, mediante Resolucion de Gerencia General, al Comite de Evaluacion encargado del MORDAZA de evaluacion de las entidades que soliciten ser reconocidas como Organismos de Certificacion de la Competencia Tecnica, el cual estara conformado de la siguiente forma: - Un representante titular, quien presidira el Comite; y un suplente, designados por la Gerencia General. - Un representante titular y un suplente, designados por la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural. - Un representante titular y un suplente, designados por la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. Todas las comunicaciones relacionadas con el procedimiento de reconocimiento, seran dirigidas al Comite de Evaluacion. Articulo 8.- Condiciones minimas para el reconocimiento como Organismo de Certificacion Las entidades que soliciten el reconocimiento como Organismo de Certificacion de la Competencia Tecnica de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Hidrocarburos, deberan cumplir con las siguientes condiciones minimas: a) Contar con un minimo de un (01) ano de experiencia en la prestacion de servicios similares de certificacion de personas. b) Contar con el siguiente personal: i. Equipo de profesionales responsables, el mismo que debe estar compuesto, como minimo, por los siguientes profesionales: Profesional colegiado, con experiencia minima de dos (02) anos en evaluaciones de competencia tecnica de personas a nivel nacional y/o internacional. Profesionales en actividades de hidrocarburos: o Un (1) profesional colegiado, con experiencia de quince (15) anos, como minimo, en actividades de exploracion. o Un (1) profesional colegiado, con experiencia de quince (15) anos, como minimo, en actividades de perforacion y produccion. o Un (1) profesional colegiado, con experiencia de quince (15) anos, como minimo, en actividades de transportes y almacenamiento. o Un (1) profesional colegiado, con experiencia de quince (15) anos, como minimo, en actividades de procesamiento y refinacion. o Un (1) profesional colegiado, con experiencia de quince (15) anos, como minimo, en actividades de distribucion y comercializacion de hidrocarburos. Profesional colegiado en seguridad industrial o medio ambiente, con diez (10) anos de experiencia como minimo en la exploracion, explotacion, refinacion, procesamiento, transporte y/o distribucion de hidrocarburos por ductos; asi como en plantas de abastecimiento, plantas de abastecimiento en aeropuertos, terminales y transporte acuatico. Profesional colegiado, con experiencia en evaluacion de riesgos, que MORDAZA desarrollado al menos dos (02) trabajos de evaluacion de riesgos en actividades de hidrocarburos. ii. Personal de apoyo, profesional o tecnico con experiencia y/o capacitacion en materia de seguridad aplicada a las actividades de hidrocarburos. Las entidades deberan contar con el personal MORDAZA mencionado al momento de la postulacion y ejecucion, el mismo que podra ser propio o contratado. c) Contar con aulas destinadas a la evaluacion de conocimientos, las mismas que deberan cumplir con los parametros que al respecto, establece el Reglamento Nacional de Construcciones. En caso de no contar con dicha infraestructura al momento de la postulacion, las entidades deberan presentar un documento a traves del cual se comprometen

a disponer de MORDAZA, MORDAZA del inicio de las actividades de certificacion. d) Contar con Certificacion del Sistema de Gestion Calidad lSO 9001 o equivalente. e) Cumplir con la MORDAZA INTE-ISO/IEC 17024:2003 ­ Evaluacion de la conformidad ­Requisitos generales para los organismos que operan la certificacion de personas. f) La entidades, asi como su personal directivo, representantes legales o apoderados, empleados y equipos de profesionales no deberan tener vinculos comerciales (actuales o con antiguedad de hasta un ano) con empresas que desarrollen actividades de preparacion tecnica para el sub sector hidrocarburos. Articulo 9.- Certificacion por actividad El Organismo de Certificacion reconocido por OSINERGMIN debera certificar la competencia tecnica de los profesionales para la elaboracion de Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para cada una de las Actividades de Hidrocarburos, en concordancia con lo establecido en el articulo 6º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 667-2008-OS/CD y normas complementarias. CAPITULO lI PROCEDIMIENTO Articulo 10.- Requisitos para la MORDAZA de las solicitudes de reconocimiento Las entidades interesadas en ser reconocidas como Organismos de Certificacion de la Competencia Tecnica de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para las Actividades de Hidrocarburos, deberan presentar a OSINERGMIN una solicitud firmada por el representante legal de la empresa (Anexo 1), adjuntando los siguientes documentos: a) MORDAZA de la Escritura de Constitucion Social inscrita en Registros Publicos; b) MORDAZA del Poder del representante(s) legal(es) y del documento(s) de identidad respectivo(s); c) MORDAZA del Registro Unico de Contribuyente (RUC); d) MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento; e) MORDAZA del documento que acredite la propiedad, o posesion legitima del inmueble donde llevara a cabo su actividad, equipado con la infraestructura minima senalada en el literal c) del articulo 8º del presente procedimiento; f) MORDAZA del documento a traves del cual se comprometen a disponer de la infraestructura minima senalada en el literal c) del articulo 8º del presente procedimiento, de ser el caso; (Anexo 2); g) Declaracion Jurada de cada uno de los miembros del organo de direccion de la entidad, representantes legales o apoderados, empleados de la empresa y equipo de profesionales, indicando que no se encuentran vinculados a ningun otro Organismo de Certificacion de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia de Actividades de Hidrocarburos (Anexo 3); h) Declaracion Jurada de cada uno de los miembros del organo de direccion de la entidad, representantes legales o apoderados, empleados de la empresa y equipo de profesionales, indicando que no se encuentran vinculados a ninguna empresa que se encuentre relacionada directa o indirectamente en el MORDAZA de capacitacion de las personas que soliciten ser inscritas en el Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia de Actividades de Hidrocarburos (Anexo 4); i) Relacion de las Constancias de los trabajos efectuados por la entidad relacionados a la prestacion de servicios similares de certificacion de personas (Anexo 5); j) Relacion de las Constancias de los trabajos efectuados por las personas naturales que integran la entidad, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del articulo 8º del presente procedimiento (Anexo 6); k) Relacion de Personal de la entidad que efectuara el servicio solicitado, indicando el cargo que desempena y anos de experiencia (Anexo 7); l) MORDAZA del titulo profesional de cada uno de los miembros del equipo encargado del MORDAZA de evaluacion de competencias, o de su correspondiente validacion en caso se trate de titulos profesionales obtenidos en el extranjero;

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