Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2012 (07/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 134

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2012

MORDAZA MORDAZA Grau en la Region Tacna, que desarrolla el Gobierno Regional Tacna con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 072-2012-P.R/GOB. REG.TACNA se constituyo la Comision de Gestion del Puerto MORDAZA MORDAZA Grau, una vez que la anterior comision culmino con su labor de promotor. Que, mediante Ley Nº 28865, promulgada el 05 de agosto del 2006 se dispuso: "Articulo 1.- Declarase de necesidad publica y de preferente interes nacional, la construccion, con inversion privada de: 1. Un puerto, denominado MORDAZA Grau MORDAZA (...) localizados en el sector del litoral del departamento de Tacna, comprendido entre la Latitud Sur 17º 54 y la Latitud Sur 18º 06 entre otras obras complementarias (...) 5. La conclusion del tramo peruano de la carretera Tacna ­ La Paz"; asimismo, en el articulo 4 se establece: "Son materia reversion a favor del Estado la titularidad de los terrenos ubicados en el departamento de Tacna adjudicados por cualquier modalidad a organismos e instituciones publicas que se superpongan a las areas y que hayan sido determinadas para la ejecucion del Proyecto (...). El Gobierno Regional de Tacna a merito de la presente Ley, esta facultado para efectuar la reserva de terrenos para la ejecucion de proyectos (...) para integrar o ampliar los efectos generados con la construccion de la infraestructura portuaria ferroviaria y MORDAZA (41) a crearse", en tanto que el articulo 5 prescribe: "Las entidades publicas de los distintos niveles de gobierno y las privadas brindaran el apoyo suficiente para la viabilidad con el fin de lograr la ejecucion de los proyectos (...)". Que, respecto al proyecto estrategico Construccion y Modernizacion del Hospital MORDAZA Unanue de Tacna, este se enmarca dentro del objetivo de "Mejorar la Calidad y Condiciones de MORDAZA de la Poblacion" y dentro de la Estrategia de "Mejoramiento de la Calidad de Vida" correspondiente al "Plan Basadre", debiendo indicarse que dicho hospital fue construido en el transcurso del gobierno del Presidente MORDAZA A. MORDAZA y oficialmente inaugurado el 28 de agosto de 1954, iniciando sus funciones al Servicio de Salud de nuestro Pueblo el 18 de MORDAZA de 1955. Cabe senalar que gran parte del equipamiento MORDAZA que fue afectado por el terremoto del ano 2001 aun no ha sido rehabilitado totalmente, en especial el Hospital MORDAZA Unanue, que era uno de los simbolos de orgullo de Tacna y que ahora solo puede funcionar parcialmente. Que, los MORDAZA indicados proyectos fueron considerados dentro del "Plan Basadre", aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-PCM; sin embargo, hasta la fecha y pese al tiempo transcurrido gran parte de los mismos no han sido ejecutados (La Via Tacna-Collpa, el Hospital Regional de Tacna y el Puerto MORDAZA MORDAZA Grau Seminario) en tanto que otros vienen siendo ejecutados parcialmente (Via Tacna-Tarata-Candarave-Binacional); por lo que, MORDAZA de que la vigencia de dicho Plan culmine (2005-2012) se hace pertinente ratificar su importancia estrategica, declarando de interes y prioridad regional su ejecucion; asi como encargando al Ejecutivo Regional implemente las acciones administrativas, presupuestarias, promocionales y todas aquellas que MORDAZA necesarias para la pronta ejecucion de los mismos, toda vez que se tratan de proyectos esperados por anos y que serviran para propiciar el desarrollo economico y mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion de la Region Tacna. Que, asimismo, el Consejo Regional de Tacna, en anterior oportunidad tambien se ha pronunciado sobre este tema al expedir el Acuerdo de Consejo Regional Nº 018-2011-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 16 de agosto del 2011, a traves del cual se acordo: "RECOMENDAR al Presidente Regional de Tacna remitir la documentacion pertinente al Presidente de la Republica solicitandole que disponga la asignacion de los presupuestos correspondientes y la ejecucion de los proyectos de inversion publica que se detallan a continuacion: a) Construccion del Hospital Regional de Tacna, b) Construccion de la Carretera Ticaco-CandaraveBinacional a Carpeta Asfaltica y c) Construccion de la Carretera Tacna-Collpa La Paz". Que, mediante el Informe Nº 2821-2011-GRI-GOB. REG.TACNA, de fecha 14 de MORDAZA del 2011, emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Tacna sobre la consulta efectuada referente a la propuesta normativa materia de analisis, se indico en sus Conclusiones y Recomendaciones que: "Es imperante

el estricto respeto al conjunto de tecnicas, normas y procedimiento referidos a cada una de las actividades de la administracion Gubernamental estructurados organicamente entre (40) los pliegos presupuestarios de la Entidad y las Unidades Ejecutoras y el Organo Rector en el nivel Regional con el objeto de asegurar la decision y el uso eficiente, eficaz y racional de los recursos del Estado; por lo que, resulta Tecnicamente Viable la Emision de la Ordenanza Regional." Que, ademas con fecha 26 de MORDAZA del 2012 las autoridades de Tacna y del Estado Plurinacional de Bolivia suscribieron el "Acta de Tacna" en donde nuevamente se resalto la importancia de la carretera Tacna-Collpa-La Paz y el Puerto Grau al senalarse lo siguiente: "(...) viendo la importancia del interes que significa la construccion de la carretera Tacna ­ Collpa ­ La Paz y el Puerto de Tacna para el desarrollo de ambos pueblos, acuerdan: Comprometerse a trabajar para facilitar los proyectos mencionados por el desarrollo de ambos paises (...)". Que, la Comision Ordinaria de Infraestructura del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, emite el Dictamen Nº 001-2012-CR-COI de fecha 20 de setiembre del 2012, a traves del cual se aprueba por unanimidad la propuesta normativa: "RATIFICAR LA IMPORTANCIA ESTRATEGICA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE MORDAZA DE LA POBLACION DE TACNA, ASI COMO DECLARAR DE INTERES Y PRIORIDAD REGIONAL LA EJECUCION DE CUATRO PROYECTOS", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de octubre del 2012. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- RATIFICAR la importancia estrategica para el desarrollo economico y el mejoramiento de la calidad de MORDAZA de la poblacion de Tacna; asi como DECLARAR de interes y prioridad regional la ejecucion de los proyectos siguientes: 1. La Carretera Tacna - La Paz. 2. La Carretera Candarave - Binacional. 3. El Hospital Regional de Tacna. 4. El Puerto MORDAZA MORDAZA Grau. Articulo Segundo.- DECLARAR al Proyecto Puerto MORDAZA MORDAZA Grau MORDAZA como emblematico de la Region Tacna, declarado tambien de necesidad publica y de preferente interes nacional mediante Ley Nº 28865. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Oficina Ejecutiva de Administracion de Bienes Inmuebles (OEABI), a las Direcciones Regionales Sectoriales que correspondan y a todos los organos competentes del Gobierno Regional de Tacna implemente en forma inmediata las acciones administrativas, presupuestarias, promocionales y todas aquellas que MORDAZA necesarias para dar cumplimiento a la presente ordenanza, recurriendo a la inversion publica y/o privada para la ejecucion de los proyectos referidos en la presente ordenanza regional. Articulo Cuarto.- COMUNICAR la presente Ordenanza Regional a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de Economia y Finanzas y otros organos competentes del Estado. Articulo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional.

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