Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2012 (07/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 138

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2012

Que, la actual Administracion Municipal reconoce la labor social de las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas en nuestro distrito, en la formacion de nuestros ninos, jovenes y adultos, con la ensenanza de valores MORDAZA solidos, ademas de su esfuerzo por atender las necesidades de las personas mas humildes, realizando una encomiable labor en el MORDAZA educativo, salud, nutricion, integracion, reinsercion social, todo esto indispensable para el desarrollo de una sociedad MORDAZA y prospera; Que, en ese sentido, amerita liberar de las cargas tributarias a las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas, a fin que las mismas puedan disponer de la mayor cantidad de sus recursos economicos para cumplir con sus fines y labores sociales; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- CONDONESE el pago de las deudas tributarias por arbitrios municipales generadas hasta el 31 de diciembre de 2011, a las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas ubicadas en la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA MORDAZA, cuyos predios tengan los siguientes usos: a) Convento, Monasterio b) Aires c) MORDAZA Habitacion d) Fundacion o Asociacion Articulo Segundo.- Para efectos de lo dispuesto en el articulo precedente, la condonacion procedera de manera automatica, con la sola verificacion en la base de datos del Sistema de Rentas. Articulo Tercero.- La Administracion Tributaria, podra dentro de sus facultades de Fiscalizacion establecidas en el TUO del Codigo Tributario, verificar el uso de los predios de las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas a las cuales se les condone los Arbitrios Municipales, asi como requerir cualquier otra documentacion que acredite que se cumple con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Dejese sin efecto, todos los valores tributarios emitidos a nombre de las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas que se encuentren pendientes de pago por Arbitrios Municipales hasta diciembre de 2011, debiendose suspender y archivar definitivamente los procesos de ejecucion coactiva que se hayan iniciado y que tengan su origen en dichos valores, asi como levantar las medidas cautelares en el caso que hubieren sido trabadas, sin costas ni gastos administrativos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- FACULTESE al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La condonacion establecida en la presente MORDAZA no implica la devolucion de los pagos por los arbitrios que ya hubieran sido cancelados. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Cuarta.- ENCARGUESE a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Gerencia de Comunicaciones su difusion, a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial y al Departamento de Informatica y Estadistica su publicacion en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA www. munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 874922-1

Modifican la Ordenanza N° 183-MDMM
ORDENANZA Nº 517-MDMM MORDAZA, 11 de Octubre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 20 de la fecha; y, VISTOS: El memorandum Nº 175-2012-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 453-2012DOPT-GDUO-MDMM del Departamento de Obras Publicas y Transporte de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ las municipalidades distritales organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 3.2 del Articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece como una de las funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales, otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas; Que, mediante Ordenanza Nº 183-MDMM, modificada por Ordenanzas Nº 459 y 495-MDMM, se MORDAZA el Servicio de Transporte Publico Especial de pasajeros y/o carga en vehiculos menores en el distrito de MORDAZA del Mar; Que, con Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, se aprobo el MORDAZA Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, el cual establece en su Cuarta Disposicion Complementaria Final que la Municipalidad Distrital competente podra dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del Servicio Especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdiccion; Que, en merito a lo expuesto, es necesario efectuar las modificaciones correspondientes a la Ordenanza Nº 183-MDMM y sus modificatorias, a fin de adecuarnos a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, entre otras; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICAR los siguientes articulos de la Ordenanza Nº 183-MDMM modificada por Ordenanzas Nº 459 y 495-MDMM, quedando redactados de la siguiente manera: "Articulo 3º.- La prestacion del servicio especial de pasajeros y/o carga en vehiculos menores sera efectuada dentro de la siguiente delimitacion territorial: Por el Norte: hasta el limite distrital de Pueblo Libre. Por el Este: hasta la altura de la pista auxiliar de Norte a Sur de la Av. Brasil, en el tramo de Jr. Amazonas ­ Jr. Bolognesi, Jr. MORDAZA Basadre y Jr. MORDAZA Ponte (cuadras 03 - 05) y el Jr. Raymondi entre las cuadras 01 ­ 05. Por el Sur: hasta el Malecon Castagnola y el Malecon Grau. Por el Oeste: Hasta el limite distrital de San Miguel. El acceso del servicio de transporte de vehiculos menores al Area de Tratamiento Normativo II del distrito de MORDAZA MORDAZA ubicado en el margen MORDAZA de la

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