Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2012 (07/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2012

Que, mediante los Oficios N°s 789 y 807-2012-P/JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones, para el presente ano fiscal, ha solicitado recursos para el financiamiento de la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a favor de los organismos del Sistema Electoral Peruano hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 840 204,00); Que, resulta necesario atender el financiamiento del referido MORDAZA electoral, hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 840 204,00), correspondiendo al Pliego 031 MORDAZA Nacional de Elecciones la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 958 300,00) y al Pliego 033 Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 881 904,00); Que, mediante el Oficio Nº 242-2012-AG-DM, el Ministerio de Agricultura solicita recursos adicionales para el Ano Fiscal 2012 a favor del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA, hasta por la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 656 693,00), de los cuales se requieren DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 556 693,00) para la instalacion de 404 hectareas de MORDAZA semilleros, con la finalidad de producir 1,021.46 toneladas metricas de semillas acondicionadas para el ano 2013, produccion que se realizara a traves de las Estaciones Experimentales Agrarias, a fin de obtener una produccion de semilla certificada que permitira mejorar el uso, disponibilidad y acceso de los pequenos y medianos agricultores a semillas de calidad; asi como la suma de CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000,00) para la inscripcion de los cultivares liberados en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, con la finalidad de que formen parte del Registro de Obtentores Vegetales; Que, mediante Ley N° 29890, se aprobo la modificacion de los articulos 3° y 5° de la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, otorgandole competencia sobre las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior, a efectos que dicte y administre las politicas de las citadas Oficinas Comerciales y designe a los consejeros y agregados economicos comerciales; Que, las citadas Oficinas Comerciales tienen por objetivo la promocion de la oferta exportable, turistica y artesanal peruana, asi como la apertura y consolidacion de mercados, especialmente de productos no tradicionales y servicios; proveer informacion para el sector exportador, turistico y artesanal y servir de enlace con potenciales consumidores extranjeros. Asimismo, cumplen tareas orientadas al conocimiento de los mercados externos, para captar en ellos las oportunidades que existan, colaborando en la organizacion de la oferta exportable, turistica y artesanal, asi como identificar MORDAZA de inversion y de tecnologia adecuadas al desarrollo nacional en materia de comercio exterior, turismo y artesania; Que, mediante Oficio N° 415-2012-MINCETUR/DM, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita una transferencia de partidas para la implementacion y el fortalecimiento de las Oficinas Comerciales del Peru en el Exterior, asi como para el desarrollo de actividades de inteligencia comercial a cargo de PROMPERU, para reforzar y complementar el trabajo de las mismas, para lo cual se destina la suma de CIENTO DIEZ MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 110 700 000,00), de los cuales CIEN MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 700 000,00) se destinaran al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, y DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00) a la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU; Que, el articulo 57º de la Ley Nº 29182 dispone que el Fuero Militar Policial otorgue al personal de sus distintos organos jurisdiccionales y fiscales un MORDAZA por funcion jurisdiccional militar, cuyo monto y escala correspondientes seran fijados por resolucion del Tribunal Supremo Militar Policial. El otorgamiento de dicho MORDAZA no tiene naturaleza remunerativa ni efectos pensionarios; Que, con Resolucion Administrativa Nº 007-2012FMP/TS/SG, se formaliza el acuerdo de la Sala Plena del Tribunal Supremo Militar Policial de fecha 06 de Enero de 2012, que aprueba los montos y escalas del "Bono por Funcion Jurisdiccional Militar", autorizandose a la Direccion

de Administracion y Finanzas del Fuero Militar Policial a efectuar el pago del citado bono; Que, el pliego 027 Fuero Militar Policial ha cumplido con actualizar la informacion respecto al pago del referido MORDAZA en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y Datos de Recursos Humanos del Sector Publico", registrandose a un total de 595 beneficiarios, que incluyen al personal de los distintos organos jurisdiccionales y fiscales del pliego 027 Fuero Militar Policial - FMP, cifra superior a la registrada hasta el mes de junio de 2012; Que, asimismo, como parte de las actividades para Administrar Justicia Militar, urge la necesidad de tener en adecuadas condiciones las instalaciones de los Tribunales Superiores y Juzgados a nivel nacional, debido a que la mayoria de ellos tienen una infraestructura muy precaria por la antiguedad de su construccion, haciendose necesario su mantenimiento y reparacion; Que, mediante Oficio Nº 528-2012-FMP/DAF, el Fuero Militar Policial ha solicitado una transferencia de recursos para financiar el pago del MORDAZA por funcion jurisdiccional militar, al personal indicado en el parrafo precedente, correspondiente a los meses de setiembre a diciembre de 2012, cuyo monto y escala han sido fijados por el Tribunal Supremo Militar Policial, considerandose por ello necesario atender dicho requerimiento, hasta por la suma de UN MILLON CIENTO TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 132 813,00); Que, mediante Oficio Nº 577-2012-FMP/DAF, el pliego 027 Fuero Militar Policial - FMP ha solicitado una transferencia de recursos por un monto de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 875 000,00), con cargo a la reserva de contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, para atender el mantenimiento y reparacion de las instalaciones de los Tribunales Superiores y Juzgados a nivel nacional, la aplicacion de las Leyes Nºs 29783 ­ Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y 28612 ­ Ley que MORDAZA el Uso, Adquisicion y Adecuacion del Software en la Administracion Publica, asi como para el pago de consultorias; Que, mediante el Oficio N° 341-2012-AG-DM, el Ministerio de Agricultura solicita la transferencia de recursos hasta por la suma de S/. 40 838 614,00 (CUARENTA MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales la suma de S/. 27 148 407,00 (VEINTISIETE MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES esta destinado a culminar con la implementacion del programa temporal de incentivos que compense el bajo precio del algodon tanguis producto de la alta volatilidad de las cotizaciones del algodon en el MORDAZA internacional y nacional, que vienen afectando los niveles de ingreso de los pequenos productores del algodon de los valles de MORDAZA, Chincha, Ica, Ancash; Huaral-Huacho, Canete, Acari-Arequipa, Palpa y Nazca; y el monto de S/. 13 690 207,00 (TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES) para la implementacion del programa temporal de incentivos a productores de algodon pima de fibra extra larga de la regiones de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA correspondiente a la MORDAZA MORDAZA 2011-2012, los mismos que se realizaran a traves del Fondo AGROPERU, creado por Decreto de Urgencia N° 027-2009 y modificatorias; Que, los articulos 44° y 45° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos para atender los requerimientos senalados en los considerandos precedentes no han sido previstos en los presupuestos institucionales de dichos Pliegos, por lo que resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de CIENTO SESENTA MILLONES CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 160 043 324,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma

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