Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2012 (07/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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de la SUCAMEC. Ejecuta los encargos y decisiones del Consejo Directivo y del Superintendente Nacional. El cargo de Gerente General es de confianza. El Gerente General es designado por el Superintendente Nacional en merito a su experiencia profesional y trayectoria personal, debiendo contar con no menos cinco (05) anos de experiencia como funcionario publico o en cargos de direccion en entidades publicas o privadas. Articulo 17.- Funciones del Gerente General El Gerente General depende jerarquicamente del Superintendente Nacional, coordina sus actividades con este y ejerce sus funciones de acuerdo con las facultades que le confieren el presente Decreto Legislativo y su Reglamento. Son funciones del Gerente General: a) Ejecutar los acuerdos del Consejo Directivo y las directivas impartidas por el Superintendente Nacional; b) Realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de las politicas y estrategias institucionales; c) Proponer para su aprobacion, los reglamentos internos que MORDAZA necesarios para el mejor funcionamiento de la institucion, asi como la reforma de los mismos; d) Suscribir contratos y convenios por delegacion del Superintendente Nacional; e) Proponer al Superintendente Nacional el nombramiento, contratacion, suspension, renovacion o cese del personal; f) Formular los estudios para el establecimiento de las tasas, asi como para la creacion, supresion o traslado de los Organos Desconcentrados y la modificacion de los ambitos geograficos de estos; g) Proponer la politica laboral; h) Supervisar y coordinar el funcionamiento de las unidades organicas de la institucion; i) Informar y opinar sobre asuntos de su competencia, participando de las sesiones de Directorio con voz pero sin voto; y, j) Las demas funciones que le MORDAZA asignadas. TITULO V REGIMENES ECONOMICO, FINANCIERO Y LABORAL Articulo 18.- Regimen Economico y Financiero Son recursos economicos y financieros de SUCAMEC: la

Para tal efecto, celebra convenios interinstitucionales de cooperacion y asistencia nacional e internacional, entre otros mecanismos de coordinacion. Articulo 21.- De la Plataforma de Interoperabilidad Electronica Crease una plataforma de interoperabilidad electronica en materia de control de MORDAZA, municiones, explosivos, productos pirotecnicos de uso civil y servicios de seguridad privada a cargo de la SUCAMEC, la misma que forma parte del Sistema Nacional de Informatica. Esta destinada a articular los mecanismos de registro de informacion del Poder Judicial, Ministerio del Interior, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ministerio de la Produccion, Ministerio de Energia y Minas, Policia Nacional del Peru, Instituto Nacional Penitenciario, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT), Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES), Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), entre otras instituciones, que permitan el acceso, la gestion y obtencion de la informacion necesaria, con la finalidad de fortalecer el control de MORDAZA, municiones, explosivos, productos pirotecnicos de uso civil y los servicios de seguridad privada, asi como fortalecer el orden interno, la seguridad nacional y la lucha contra la criminalidad. La SUCAMEC, en el ejercicio de sus competencias, podra solicitar la entrega de datos electronicos a toda entidad estatal, las cuales estaran obligadas a proporcionarla en los formatos y tiempos solicitados, asi como coordinar que sus sistemas puedan interactuar y sincronizar sus plataformas informaticas y de telecomunicaciones. Los estandares de interoperabilidad tendran como base las mejores practicas internacionales y los patrones establecidos por el ente rector del Sistema Nacional de Informatica o la entidad que hagas sus veces. Para tales efectos, la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e informatica (ONGEI), en coordinacion con la SUCAMEC y las entidades senaladas en el primer parrafo, dictaran las disposiciones para su implementacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Facultad para requerir apoyo Para garantizar el cumplimiento de sus funciones, la SUCAMEC podra solicitar la intervencion de la Policia Nacional del Peru y del Ministerio Publico, entre otras entidades publicas. SEGUNDA.- Transferencia de funciones Transfierase a la SUCAMEC las funciones que corresponden a la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil, debiendo asumir el acervo documentario, sistemas informaticos, pasivos, recursos, bienes muebles e inmuebles y otros que MORDAZA necesarios para su adecuado funcionamiento. El Ministerio del Interior dispondra el destaque de personal que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, presta servicios en la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, para ejercer transitoriamente funciones asignadas a la SUCAMEC. TERCERA.- Transferencia presupuestal Autorizase al Ministerio del Interior a transferir a la SUCAMEC los recursos presupuestales de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil, acto que sera aprobado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Interior, a propuesta de este ultimo. CUARTA.- Financiamiento La implementacion de las acciones de la presente MORDAZA, sera financiada con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico y conforme a las disposiciones legales vigentes. QUINTA.- Implementacion de la SUCAMEC En tanto se efectue lo establecido en la Tercera Disposicion Complementaria Final del presente Decreto Legislativo, autorizase a la Direccion General de Gestion en Administracion del Ministerio del Interior a realizar los procesos de contratacion de bienes y servicios que requiera la SUCAMEC para su MORDAZA de implementacion. Asimismo, autorizase a la Direccion General de Gestion en Recursos Humanos del MININTER a realizar o continuar

a) Los que se consignan en la Ley Anual de Presupuesto y sus modificatorias; b) Las tasas por concepto de derecho de tramite de los procedimientos administrativos de su competencia, conforme a su Texto Unico de Procedimientos Administrativos; c) Los que se otorgan por la cooperacion nacional e internacional de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia; d) Las donaciones, legados y otras contribuciones de personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, gobiernos u organismos internacionales; e) El importe de las multas y sanciones economicas que se impongan por incumplimiento o infracciones a la normatividad de la materia, asi como los intereses y moras generados por este; f) Los recursos directamente recaudados; y, g) Otros dispuestos por MORDAZA expresa. Articulo 19.- Regimen Laboral El personal de la SUCAMEC esta sujeto al regimen laboral de la actividad privada. Se procedera a su adecuacion cuando se apruebe la Ley del Servicio Civil. TITULO VI COORDINACION INTERGUBERNAMENTAL E INTERSECTORIAL Articulo 20.- Relaciones con entidades publicas y privadas La SUCAMEC coordina con otros organismos publicos y privados, la formulacion y seguimiento de las politicas publicas nacionales a su cargo, asi como las alianzas estrategicas para las intervenciones conjuntas orientadas a lograr objetivos comunes.

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