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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (16/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 8

P~Q.163150 ~l~~:I;il:~MM~ Lima, domingo 16 de agosto de 1998 - Parcela lote A-l-A con un área de 8,105.63 m2. - Parcela A-l-B con un area de 5,937.03 m2. Aprobar los proyectos de Habilitación Urbana, de la Parcela A-l-A, con un área de 8,105.63 m2, para Uso de Gran Industria “I-3”, caliñcando las obras como tipo “B- 3”. Asimismo, la independización estará sujeta al Pla- neamiento Integral que quedará como carga, inscrito en la Oficina Registra1 de Lima y Callao, que forma parte del presente acuerdo. Que, la recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentación: a) Copia del testimonio de escritura pública de com- praventa otorgado por el Banco de Crédito del Perú a favor de Samuel Grimberg Siser y la empresa Texgroup S.A., inscrito en la Ficha N” 1639039 del Registro de Propiedad de Inmueble de Lima. b) Certificado de gravamen del terreno de 14,042.66 m2, materia del presente trámite inscrita en la Ficha N 1639039 de los Registros Públicos. cl Certificado de Zonificación y Vías N” 182-98-MMLl DMDU-OPDM, de fecha 12 de junio de 1998, que califica al terreno con el Uso de Gran Industria “I-3”, Area de Estructuración Urbana 1, estando afecto al Plan del Sistema Vial Metropolitano con la avenida La Molina (colectoral de 37.30 m.1. dl Carta N” 237-98/433/EOM de fecha 14 de mayo de 1998, expedido por Sedapal, indicando la aprobación de la factibilidad y Factura N” 005032 cancelando a Seda- pal el monto de S/. 693.47 nuevo soles por la instalación de este servicio, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. e) Suministro N” 1288632 de fecha 13 de mayo de 1998 de Luz del Sur, en el que se indica que el inmueble posee energía eléctrica, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. D Declaración Jurada de la inexistencia de feudata- rios ylo trabajadores agrícolas beneficiarios de la Legis- lación Agraria ni existen canales de regadío, de fecha 11 de mayo de 1998. g)RecibosN”s.54-9005114,54-9005115y54-9005116 de fechas 2 de abril de 1998, otorgados por la Municipa- lidad de Lima por un monto de S/. 240.00, acreditando los derechos administrativos, que genera el presente trámite. hlRecibosN%.54-090l1162y54-09011160,defecha 6 de junio de 1998, otorgados por la Municipalidad de Lima por un monto de S/. 4,731.10, acreditando la cancelación de los derechos previstos en los Arts. II- XXI-4 y 11-xX1-5 del Reglamento Nacional dt> Cons- trucciones. i) Recibo s/n de fecha 28 de abril de 1997, otorgados por la Dirección de Tesorería por un monto de S/. 41,591.80, acreditando los derechos administrativos por sanciones de acuerdo a lo normado en el Decreto de Alcaldía N” 134-96-MML. j> Recibo N” 239824 de fecha 24 de junio de 1997, otorgado por la Municipalidad Distrital de Ate por un monto de S/. 4,021.51, acreditando el pago por el Aporte de Servicios Ptiblicos Complementarios. k) Comprobante de Ingresos N” 0527, de fecha 9 de junio de 1997, otorgados por el Ministerio de Educación por un monto de SI. 4,218.52, acreditando el pago por el aporte del Ministerio de Educación. 1) Oficio N” 244-97/SERPAR-LIMA/OGAPLMML de fecha 7 de abril de 1997, otorgado por el Servicio de Parques por un monto de S/. 4,149.71, acreditando el pago por el Aporte de Parques Zonales. m) Recibo N” 5008497 de fecha 7 de julio de 1998, otorgado por la Dirección de Tesorería por un monto S/. 2,533.44, acreditando los Derechos Administrativos que genera el presente trámite de independización. Estando al Informe de la División de Control de Obras N” 182-98-MML-DMDU-DGO-DHU-DCO, de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; Con lo recomendado por la Directora(e) de Habilita- ciones IJrbanas, y la Dirección General de Obras;De conformidad con lo previsto en el Art. 168” del Edicto Metropolitano N” 021 y el Art. 3” del Decreto de Alcaldía N” 081-97 de fecha 30 de octubre de 1997; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APRUEBESE, de conformidad con el Plano signado con el N” 105-98.MML-DGO-DHU- DCO, la independización de dos parcelas del terreno de 14,042.66 m2, constituido por la parcela A-l, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, en DOS (2) parcelas: parcela A-l-A, con OCHO MIL CIEN- TO CINCO METROS CON SESENTITRES DECIME- TROS CUADRADOS (8,105.63 m21 y parcela A-l-B con CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTISIETE ME- TROS CON TRES DECIMETROS CUADRADOS (5,937.03 m2). Artículo Segundo.- CONSIDERESE, como nuevos propietarios de la presente Habilitación Urbana a la SUCESION SAMUEL GRIMBERG SISER, y de TEX- GROUP S.A., en reemplazo del Banco de Crédito del Perú. Artículo Tercero.- APRUEBESE, de acuerdo al Plano signado con el N” 119-98.MML-DGO-DI-IU-DC0 los Proyectos Definitivos de Habilitación Urbana para Uso de Gran Industria “I-3” de la parcela A-l-A de OCHO MIL CIENTO CINCO METROS CON SESENTI- TRES DECIMETROS CUADRADOS (8,105.63 m2), que forma parte de un área mayor de CATORCE MIL CUA- RENTIDOS METROS CON SESENTISEIS DECI- METROS CUADRADOS (14,042.66 m2), ubicado en el valle de Ate, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al siguiente detalle: Area Bruta 8,105.65 m2 Area Util 8,019.38 m2 Area de Vías 86.25 m2 Del área total del terreno de la parcela A-l-A de 8,105.63 m2, corresponde al area útil 8,109.38 m2, y la diferencia de 86.25 m2, destinado a áreas de vías públicas, Artículo Cuarto.- APROBAR, la recepción de obras de acuerdo al Plano signado con el W 119.98.MML- DGO-DHU-DCO, para Uso de Gran Industria “I-3”, con un área de OCHO MIL CIENTO CINCO METROS CON SESENTITRES DECIMETROS CUADRADOS (8,105.63 m2) de propiedad de la SUCESION SAMUEL GRIMBERG SISER, y de TEXGROUP S.A., constituido por la parcela A-l-A? ubicado en el distrito de Ate, departamento y provincia de Lima y en consecuencia autorizar la libre venta del lote. Manzana w Lote Area (m2) Unica 01 8,019.38 Artículo Quinto.- El propietario de la habilitación queda obligado a insertar en el contrato de compraventa aue celebre. la cláusula aue establezca la indivisibili- dad del lote; Artículo Sexto.- Disponer que la propietaria de la habilitación auede obligada a eiecutar la acera de la avenida La Molina, cu&do los organismos oficiales lo soliciten, y al prorrateo de la misma cuando se realicen dentro del Plan Integral. Artículo Séptimo.- La publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, estará a cargo de los interesados. Artículo Octavo.- Transcríbase a la Oficina Regis- tral de Lima y Callao, la presente resolución para la inscripción correspondiente, a la Municipalidad Distri- tal de Ate para que se incorpore al radio de su jurisdic- ción a la presente habilitación que se recepciona y a la Sunat para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. JUAN BAUTISTA BARDELLI L. Director Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 8044