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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 1998 (11/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 6

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGrROS VISTA: La solicitud presentada ~‘r la Crya Municipal de CrBdito Popular de Lima, para que b< le autorice la apertura de una Oficina Especial en las instalaciones del Club de Regatas Lima, ubicada en el Malecón de la Rivera s/n, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la docu- mentackm pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por ei Intendente de Instituciones Financieras “E’I, mediante Informe ASIF”E” N” 469-04T/97; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30” de la Ley N” 26702 - Lev General del Sistema Financiero Y del Sistema de Se larros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; ~rcular N” CM-1 84-97 yen virtud de las facultadesdelegadas por Resolución SBS N” 776-97 del 6 de noviembre de 1997 RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipall de Credito Popular de Lima, la apertura de una Oficina Especial, en las insta! xiones del Club de Regatas Lims, ubicada en el Malecón je Fim;,era s/n, distrito de Chorrillos, provincia y departamento _I Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRASuperintendencia Adjunta de Banca 0286 Establecen servicio de copia simple y/o autenticada de documentos ar- chivados en Intendencias de Adua-nas Aérea y Marítima del Callao y fijan tasa RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS N° 000008 Callao, 8 de enero de 1998 Visto el Memorándum N” 003.97-ADUANAS/02 de la Inten- dencia de Aduana Aérea y la Hoja Informativa N” 68-97-ADUA-A NAS-INA-GPF-DPP de 22.DIC.97, de la Dwislón de Planes y Presu uesto de la Gerencia de Presupuesto y Finanzas de la Intenfencia Nacional de Administración, el cual propone la a y o autenticada de documento de archivo.Probación de los derechos de pago por el serwcio de copia simple CONSIDERANDO.Que, por el Artículo 3 1” del Decreto SI.I remo N” O94-92-PCM Reglamento de las Disposiciones sobre t!evndad Jurídica en Materia Administrativa, se establece que al monto de los dere- chos no podrá exceder del costo real del servicio y que en nmgún casoal 1 Bodrá ser mayor a una umdad impositiva tributaria vigente e enero del mismo ejercicio gravabale..i Que, el requenmwnto de coplas simples y/o autenticadas de documentos de los archlvos de las Intendencias de Aduana Aérea y de la Aduana Marítima, por parte de los Agentes de Aduana, comitentes y otros usuarios particulares exige ruilzar dicho servicio al personal del Area de Trámite Documentario de las mencionadas Intendencias, generando gasto en horw hombres. materiales y servicios que deben ser resurcidos; Que, en consecuencia resulta necesario establecer el servicio de copia simple y/o autcntwada de documentos registrados en los Archivos de las Intendencias de Aduanaö Aérea y Marítima del Callao, y tirar un monto de derechos de pago por el servicio solicitado, En uso de la facultad establecida Decreto Ley N” 26020, Ley Orgánica dor el Artículo 15” del e la Superintendencia Nacional de Aduanas, vara fijar Y modificar la cuantía de la contraprestackón por cokepto de loi serwc1os que presta; y de las atribuciones conferidas yr el Artxulo 7° del Estado aprobado por Resolución de Superintendencia de Aduanas N 000021 de fecha 13 ENE.97. SE RESUELVE: Artículo l”.- Establézcase en las lntrndencms oe Aduana Aérea y Aduana Marítima del Callao el servxio de cg>o~a simple y/o autenticada de documentos de archivo. Artículo 2”.- Fijar como Tasa de concepto del se:‘vuo a que se refiere el articulo de nuevo sol) por ca< Precedente. en SI. 0 50 (cincuenta céntimos a copia que se expida Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicaciónRegístrese y comuníqueseCARMEN HIGAONNA DE GUERRASuperintendente Nacional de Aduanas 0277 Deniegan solicitud de asociación so- bre autorización de funcionamiento provisional de universidad privada CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE F[JNCIONAMI~~~~~~UN~RSIDADES RESOLUCION N” 324-97-CONAFU Lima, 18 de diciembre de 1997 Visto el Proyecto para la Autorización de Funcionamiento de la “Universidad Privada Libertad Latinoamericana de Ayacu- cho” presentado por la Asociación Promotora de la Universidad Autónoma Libertad Latino Americana, con sede en la ciudad deAyacucho, departamento del mismo nombre. CONSIDERANDO:Que La Asociación Promotora solicita autorización de funcm namiento provisional para la Universidad Libertad Latinoameri - - - cana de Ayacucho, con las carreras profesionales de EducaciónPrimaria, Educación Secundaria: Español-Inglés, Educación Secundaria: Matemdticas-Física, Enfermería e Ingeniería de Sistemas, para cuyo efecto, en cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, ha presentado la documentación sus- tentatoria correspondiente; Que el mencionado Proyecto ha sldo revisado y calificado por la Comisión Evaluadora que se designó con ese objeto, la misma que, cumpliendo las disposiciones reglamentarias, efectuó la visita a la sede donde se proyecta el funcionamlento de la Universidad, para verificar las condiciones materiales con las que contaría la Univer-sidad, asi como contrastar los diferentes elementos registrados en el Proyecto con las condiciones reales existentes, evaluar los aspectos técnicos, explorando el grado de recepción, el mtcrés y el apoyo efectivo d e las fuerzas vivas del lugar; Que emitido el informe correspondiente de la Comlslón Eva- luadora. éste fue transcrito a la entidad Promotora, la que ha dado respuesta a las observaciones y recomendaciones formula- das para precisar y mejorar su Proyecto; Que el referido Proyecto con el resultado de su evaluación y la respuesta de la Promotora alas observaclones y recomendacio- nes, han sido vistos, así mismo, por la Comislón de Anáhsis y Consolidación siguiendo los criterios de evaluación establecidos en los repreparadlamentos, manuales y tablas valoratlvas previamente as y aprobadas por el CONAFU, Que el Directorio del Consejo Nacional para la Autorirsclón de Funcionamiento de Umversidades, en sesión ordmarla de fecha 24 de noviembre de 1997, en conocunlento de la totahdad del Proyecto, incluyendo los informes producIdos por las comisco- nes técnicas. así como del Informe del señor Rector de la I’mver- sidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, opinión que la hace suya la Asamblea Nacional de Rectores, concluye que el Proyecto presenta deficiencias muy notorias que no permiten garantzar su adecuado desarrollo, m alcanzar mveles mímmos aceptables de calidad en la formación profesional que se pretende iipartlr en las diversas carreras profesionales orovectadas. ara la autorlzacxín de funcmnannento de la Unwerstdad Priva presenta debilidades de suma nnportancia que afectan su vlabi- lidad. La proporción entre el referencia establecido para ca suntaje alcanzado y el pllntaJ e de a una de las secciones dei proyecto no 8”rra ni alcanza el mínimo cxigldo del 65%, lo que muestra que e proyecto presenta ostensibles debdldades, no superadas. en sus parámetros académicos, administrativos y financieros; Estando a lo establecido en el Articulo 23” del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades v a la acordado en Sesión Ordinaria del 23 de novwmhrp del R& en curso; y. En uso de las atribuciones que la Le- N” 26439 Ic contirre 31 CONAFU; SE RESUELVE Artículo Unico.- Denegar ia solicitud de la Asocraclón Pro- motora de la Unwersidad Autónoma Llbcrtad Latino Americana para que se le conceda autorización de FUNCINAMIENTO prowsio- nal a la Universidad Privada Libertad Latinoamericana de Aya- cucho. con sede en la ciudad de .4yacucho. por las deblhd:\deS