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Pág. 157629 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de febrero de 1998 Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el D.S. Nº 005-90-PCM, haciéndose por ende pasible de sanción administrativa; Que, teniendo en cuenta la gravedad de las omisiones del caso y, en armonía con el Informe Nº 01-98-ORLC/ CPPAD del 16 de febrero de 1998 de la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios, la falta cometida amerita la sanción disciplinaria de sus- pensión, de conformidad con lo preceptuado en el Inc. c) del Art. 89º del Reglamento General de los Registros Públicos y, el Inc. b) del Art. 26º del precitado Decreto Legislativo Nº 276; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, según Texto Unico Ordenado aprobado por Resolución Nº 185-96-SUNARP, la Resolu- ción Nº 022-95-SUNARP, el Art. 90º del Reglamento General de los Registros Públicos y el Inc. j) del Art. 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por el D.S. Nº 04- 95-JUS; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Imponer al ex Registrador Sustitu- to señor Juvenal F. Carreño Díaz, la sanción disciplinaria de treinta (30) días de SUSPENSION sin goce de remu- neraciones, de acuerdo a lo expuesto en la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe 1966 Autorizan y suspenden a diversos martilleros públicos en el ejercicio de sus funciones durante el primer se- mestre de 1998 RESOLUCION JEFATURAL Nº 061-98-ORLC/JE Lima, 18 de febrero de 1998 Visto el Informe Nº 005-98-ORLC/GBM emitido el 12 de febrero de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Resolución Suprema Nº 008-90- ICTI/CO, se establecieron las modalidades de garantías que las personas que ejercen o desean ejercer el cargo de Martillero Público deben prestar a favor del Estado; Que, de conformidad con el Artículo 6º de la Resolu- ción antes mencionada, los Martilleros Públicos se en- cuentran obligados a actualizar cada semestre, el valor de la garantía prestada dentro de los quince días si- guientes a la vigencia de la nueva Unidad Impositiva Tributaria; Que, asimismo, el Artículo 7º del mismo cuerpo legal, sustituido por el Artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, establece que, los Martilleros Públicos, cualquiera fuere la modalidad de la garantía otorgada, quedan obligados a presentar en el primer semestre de cada año y dentro de los primeros quince días hábiles posteriores a la entrada en vigencia de la nueva Unidad Impositiva Tributaria, un informe detallado de los rema- tes realizados el año anterior; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 177-97-EF se ha incrementado el valor de la Unidad Impositiva Tribu- taria; Que, la suspensión del ejercicio de las funciones del Martillero Público, por no haber cumplido con las disposi- ciones contenidas en el segundo y tercer considerando de la presente Resolución, está regulada en el Artículo 8º de la Resolución Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, sustituido por el Artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 010-92- ICTI/DM;Que, estando a lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del Superintendente Nacional de los Regis- tros Públicos Nº 131-96-SUNARP; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofici- na Registral de Lima y Callao, aprobado por Resolu- ción del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución Nº 022- 95-SUNARP y el inciso k) del Artículo 29º del Estatu- to de la SUNARP aprobado por el Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a los Martilleros Públi- cos cuyos nombres aparecen en la siguiente relación, para ejercer sus funciones a nivel nacional, por el primer semestre de 1998: Nº DE REGISTRO APELLIDOS Y NOMBRES 08COSTA RICORDI, Nicolás Francisco 09NAVARRETE ZAVALETA, Carlos Alfonso 11WEINBERGER MOLLRICH, Federico 14BALBI MONTALVO, Oscar Alfredo 17MENENDEZ SOTO, Leonidas Afranio 20SUAREZ REATEGUI, Jorge 21DREYFUS TERRY, Edgardo 23SALAZAR PITMAN, Ego 27ROJAS CACERES, Juan 29GUILLEN CARRERA, Carlos Enrique 31UBILLUS GALLO, Juan Antonio 34RODRIGUEZ NARVAEZ, Hugo Baldomero 36ROGGERO BARREDA, Federico 37REYNOSO DIAS, Federico Alberto 42REYNOSO EDEN, Luis Alberto Alejandro 43SANEZ JIMENEZ, Juan Saul 47NORIEGA BRANDON, Raúl 55NAVARRETE SALCEDO, Fernando Augusto 60VASSALLO REYES, Luis Eladio 61ALVAREZ CALDERON REY, Roberto 63ACEVEDO RODRIGUEZ, Jilmer 65CHIRINOS ESCOBEDO, José Carlos 66KOO SANTA MARIA, José Constantino 77COBILICH LINDOW, Carlos 79EDEN NUÑEZ, Salomón 81CARRION CHACON, César Felipe 84ALVITES MUÑOZ, Luis Eduardo 87CORBACHO WHITTWELL, Emilia Teresa 88GARCIA GALLO, Raúl Ignacio 94QUIJANO CORBACHO, Rosa Emilia Itala 95MANTILLA HUERTAS, Jorge Luis 97REYNOSO EDEN, Javier Víctor Rafael 100 ZEVALLOS-ORTIZ DRAGO, Gustavo 102 NECIOSUP FABERIO, José Luis 103 ÑAUPA AGUIRRE, Teodorico 104 PINILLOS SAGASTEGUI, Carlos Felipe 106 GUTIERREZ QUISPE, Nelly Isabel 107 YEP WATANABE, Boris Benjamín Artículo Segundo.- Suspender en el ejercicio de sus funciones durante el primer semestre de 1998 a los si- guientes Martilleros Públicos: Nº DE REGISTRO APELLIDOS Y NOMBRES 93 COLINA DAMS, Juan Carlos Eduardo 101 SARDON PARNES, Perla Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe dela Oficina Registral de Lima y Callao 1964