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Pág. 162628 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de julio de 1998 M T C Otorgan autorización a empresas para operar estaciones transmisoras y re- transmisora del servicio de radiodifu- sión comercial por televisión RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 176-98-MTC/15.03 Lima, 21 de julio de 1998 Visto el Expediente Nº 953992 presentado por la empresa CHANKA VISION S.R.LTDA., para establecer una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Tele- visión en VHF, ubicada en el distrito y provincia de Andahua- ylas, departamento de Apurímac; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Teleco- municaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, en sus Artículos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación y operar dicho servicio autorizado, respec- tivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y modificado por D.S. Nº 005-98-MTC, en sus Artículos 161º y 162º indica la información y documentación que deberá acompañar la persona solicitante para obtener la autorización respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizarán las pruebas de funcionamiento; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, de la Dirección General de Tele- comunicaciones, según los Informes Nºs. 174-98-MTC/15.19.03.2. y 254-98-MTC/15.19.01, consideran procedente la solicitud de la empresa CHANKA VISION S.R.LTDA. al haber cumplido con la información y documentación exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CHANKA VISION S.R.LTDA., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en VHF, en el distrito y provincia de Andahua- ylas, departamento de Apurímac, de acuerdo al as siguientes características técnicas: Estación :BT-TV Frecuencia :Vídeo: 199.25 MHz Audio: 203.75 MHz Canal :11 Indicativo :OAV-5L Potencia :Vídeo: 100 w Audio: 10w Emisión :Vídeo: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Jr. Marino Melgar Nº 248, Dist. y Prov. Andahuaylas, Dpto. Apurímac. Coordenadas: L.O. 73° 23' 16" L.S. 13° 39' 11" El plazo de la autorización y el permiso concedido se compu- tará a partir del día siguiente de publicada la presente resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- Dentro de los treinta (30) días de publicada la presente resolución, el Titular de la autorización deberá cumplir con pagar, ante el Ministerio el derecho de autorización, canon anual y por la publicación de la resolución. Artículo 3º.- La empresa CHANKA VISION S.R.LTDA., en su condición de titular de la presente autorización, está obligada a solicitar la inspección técnica a sus instalacioneshasta antes de los 60 días calendario del vencimiento del período de instalación y prueba de conformidad con el Artículo 162º del Reglamento General mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viáticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio antes de la fecha fijada para la inspección. Artículo 4º.- La presente autorización quedará sin efecto, además de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el Titular de la autorización se encuen- tra incurso en los siguientes casos: 1º No hubiera solicitado inspección técnica dentro del plazo previsto en el Artículo 3º. 2º Si vencido el período de prueba, la inspección no se hubiera realizado por causas que le sean imputables. 3º Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el período de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalación de los equipos. Artículo 5º.- Si la inspección técnica a la estación autoriza- da es satisfactoria, se concederá autorización a la empresa CHANKA VISION S.R.LTDA., hasta por el plazo de diez (10) años, comprendiéndose en éste el período de instalación y prue- ba autorizado. Artículo 6º.- El titular de la autorización está obligado a instalar y operar el Servicio acorde con la presente resolución, no pudiendo modificar las características técnicas a que se contrae el Artículo 1º, sin autorización previa de este Ministerio. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 8323 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 177-98-MTC/15.03 Lima, 21 de julio de 1998 Visto el Expediente Nº 954026 presentado por la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A., para establecer una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Comer- cial por Televisión en VHF, en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, en sus Artículos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y modificado por D.S. Nº 005-98-MTC, en sus Artículos 161º y 162º indica la información y documentación que deberá acompañar la persona solicitante para obtener la autorización respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizarán las pruebas de funcionamiento; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, de la Dirección General de Tele- comunicaciones, según los Informes Nºs. 46-98-MTC/15.19.03.2. y 256-98-MTC/15.19.01, consideran procedente la solicitud de la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A. al haber cumplido con la información y documentación exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELESISTEMA PE- RUANO C.H.M.V.S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en VHF, en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Vídeo: 83.25 MHz Audio: 87.75 MHz Canal :6 Indicativo :OCY-3M