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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 1998 (10/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 158027 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de marzo de 1998 Guillermo Acevedo Villanueva impedido, corresponde al Concejo Distrital de Huayo comunicar a este Orga- no Electoral, el nombre del Regidor sobre quien recae el despacho de la Alcaldía en forma provisional; Que, a fin de completar el número legal de miem- bros se debe convocar a los señores Gonzalo Alejandro Saldaña Aspiros y Pedro Lecca Salinas, candidatos de la Lista Independiente Nº 5 "Reformista Patacina", a fin de que asuman en forma provisional el cargo de Regidores del Concejo Distrital de Huayo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que don Esteban Suárez Gonzales y don Guillermo Acevedo Villanueva, se encuentran suspendidos en el cargo de Alcalde y Teniente Alcalde, respectivamente, del Concejo Dis- trital de Huayo de la provincia de Pataz, sometiéndose la suspensión al resultado del proceso penal. Artículo Segundo.- Convocar a los señores Gon- zalo Alejandro Saldaña Aspiros y Pedro Lecca Salinas, candidatos no proclamados de la Lista Independiente Nº 5 "Reformista Patacina", a fin de que asuman provisionalmente el cargo de Regidores del Concejo Distrital de Huayo, a quienes se les otorgará las credenciales correspondientes. Artículo Tercero.- Disponer que el Concejo Dis- trital de Huayo, proceda a designar al Alcalde reem- plazante que provisionalmente actuará por impedi- mento del Teniente Alcalde don Guillermo Acevedo Villanueva, debiendo poner en conocimiento de este Organo Electoral, a efectos de extender la respectiva credencial. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo respon- sabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2622 SAFP Autorizan a AFP el cambio de dirección de oficina de asesoramiento previsio- nal ubicada en la ciudad de Puno RESOLUCION Nº 079-98-EF/SAFP Lima, 3 de marzo de 1998 VISTOS: La Resolución Nº 017-97-EF/SAFP de fecha 97.1.15, la comunicación de AFP Integra recibi- da en esta Superintendencia con registro Nº 041813 el 98.2.25 y el Memorándum Nº 120-98/SAFP.3 de la Intendencia de Control de Instituciones e Inversiones; CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicación de vistos, la AFP recurrente solicita a esta Superintendencia se autori- ce el cambio de dirección de su Oficina de Asesora- miento Previsional ubicada en calle Lima Nº 338 de la ciudad de Puno, departamento de Puno, a un nuevo local ubicado en el Nº 382 de la misma calle; Que, mediante Resolución Nº 017-97-EF/SAFP del 97.1.15, se autorizó a AFP Integra la apertura de la Oficina de Asesoramiento Previsional en la ciudad de Puno; Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordena- do de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, así como por el Título III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/ SAFP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a AFP Integra, el cambio de la dirección de su Oficina de Asesoramiento Previ- sional de la ciudad de Puno, departamento de Puno, ubicada en la calle Lima Nº 338 por la siguiente dirección: Calle Lima Nº 382, Puno, Puno. Artículo 2º.- Inscríbase en el Registro de esta Superintendencia, la Oficina de Asesoramiento Previ- sional descrita en el artículo anterior con el Nº INOAP- 09, dejándose sin efecto el Nº INOAP-07. Artículo 3º.- AFP Integra, a efecto del cierre de la Oficina de Asesoramiento Previsional que se autoriza por la presente Resolución, deberá efectuar la publica- ción a que se refiere el Artículo 25º de la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO MOUCHARD RAMIREZ Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 2647 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban el Reglamento Interno de Trabajo del RENIEC RESOLUCION JEFATURAL Nº 023-98/IDENTIDAD Lima, 6 de marzo de 1998 Visto el proyecto de Reglamento Interno de Traba- jo presentado por la Gerencia de Recursos y Desarro- llo Humano. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil con arreglo al mandato de los Artículos 177º y 183º de la Consti- tución Política del Perú, como organismo autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; Que, por Resoluciones Jefatutrales Nºs. 023-95 y 056-96-RENIEC, se aprobó y modificó, respectiva- mente el Reglamento de Organización y Funciones;