TEXTO PAGINA: 1
DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani Lima, martes 31 de marzo de 1998 AÑO XVI - Nº 6488 Pág. 158625 CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 26937 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE CONTEMPLA EL LIBRE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD PERIODISTICA Artículo 1º.- Vigencia del derecho de libre expresión. El inciso 4), del Artículo 2º de la Constitución, garantiza la plena vigencia del derecho de libre expresión del pensamiento, con sujeción a las normas constitucionales vigentes. Artículo 2º.- Ejercicio del derecho de libre expresión. El derecho reconocido según la Constitución, en el artículo precedente, puede ser ejercido libremente por toda persona. Artículo 3º.- No obligatoriedad de la colegiación. La colegiación para el ejercicio de la profesión de periodista no es obligatoria. Artículo 4º.- Exclusividad de la colegiación. El derecho de colegiación establecido por la Ley Nº 23221 está reservado exclusivamente a los periodistas con título pro- fesional, para los fines y beneficios gremiales y profesionales que son inherentes a su profesión. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los doce días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. CARLOS TORRES Y TORRES LARA Presidente del Congreso de la República EDITH MELLADO CESPEDES Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 3499P C M Encargan el Despacho de Relaciones Exteriores al Ministro de Trabajo y Pro- moción Social RESOLUCION SUPREMA Nº 172-98-PCM Lima, 28 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Eduardo Ferrero Costa, se ausentará del país del 29 al 30 de marzo de 1998, a fin de realizar un viaje a Chile para participar en el Seminario "Globalización y América Latina: impactos en la concertación regional", que organiza la Facultad Latinoameri- cana de Ciencias Sociales (FLACSO); Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores, del 29 al 30 de marzo de 1998; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al Dr. Jorge González Izquierdo, Ministro de Trabajo y Promoción Social, mientras dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 3502 Autorizan viaje de funcionaria del OSIP- TEL a los EE.UU., en comisión de servi- cios RESOLUCION SUPREMA Nº 173-98-PCM Lima, 28 de marzo de 1998 Vista la Carta 126-SG-98 del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; y, CONSIDERANDO: Que, el foro Latin American Telecoms Accounting Rates, se llevará a cabo en la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América, los días 30 y 31 de marzo de 1998; Que, es conveniente designar a un funcionario del Organis- mo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, para que participe en el mencionado evento, con la finalidad de discutir y analizar, a nivel de la región, los cambios propuestos a nivel internacional en el tema de la Reforma de las tasas Contables Internacionales o Liquidaciones Internaciona- les; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y la Resolución Ministerial Nº 165-96-EF/15;