Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 1998 (01/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Ijma, MORDAZA 1 dc noviembre de 1998

Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N" 3473, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 9 de octubre de 1998; De conformidad con el Articulo 15" del Decreto Supremo N" 021-RE-92, de 18 de setiembre de 1992; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Nombrar a los integrantes de la Comision Evaluadora del MORDAZA de Evaluacion de Actualizacion de Traductores Publicos Juramentados, actualmente en ejercicio: - Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica don MORDAZA MORDAZA Penarrieta, Presidente de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados, quien la presidira; - Magister MORDAZA Suito Buselli; - Licenciada MORDAZA Marte11 Hurtado; - Licenciada MORDAZA Oliveros Bustamante; y, - Licenciada MORDAZA MORDAZA Garcia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 12599

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ha. de tierras eriazas pertenecientes a la 1 Etapa de un proyecto de 12,100 ha., que tampoco desarrolla a un nivel adecuado los aspectos fundamentales de un proyecto de irrigacion, alcanzando por tanto solo el nivel'de un bosquejo o esquema de proyecto que no demuestra su viabilidad tecnica y economica ni asegura el uso racional de los recursos naturales a utilizar; Que asimismo, mediante la Opinion Tecnica N" 033-98-AGINRENA-DGAS, de 14 de agosto de 1998, de fojas 271, la Direccion General de Aguas y Suelos senala que los estudios presentados establecen que se captara el recurso hidrico a partir del rio Canete a traves de una bocatoma y la conduccion de este por medio de un MORDAZA, planteandose ademas la captacion del agua subterranea, concluyendo el informe que MORDAZA propuestas carecen de sustento tecnico que demuestre la disponibilidad del recurso hidrico, por lo que emite opinion desfavorable; Que por ultimo, practicada la inspeccion ocular al predio conforme aparece del Acta de Verificacion de MORDAZA de fecha ll deagostode 1998, obrantedefojas263a267,sehaconstatadoque el area total de la superficie denunciada se encuentra en estado eriazo, sin posesionarios y sin habilitacion alguna; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N" 25902: SE RESUELVE: Articulo Unica- Declarar infundado el recurso de apelacion mterpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Ejecutiva N" 254-98-AG-PE'fT, de 20 de Igosto de 1998, expedida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, la que se con& ma, pues el estudio de preinversion presentado por el interesado es tecnicamente insuficiente, no habiendose demostrado asimismo la disponibilidad del recurso hidrico; devolviendose el expediente a dicho Proyecto Especial para la posterior transferencia de las tierras materia de procedimiento a la COPRI. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 12498

AGRICULTURA
Declaran infundada impugnacion contra resolucion referida a denuncio de tierras eriazas con fines de irrigacion
RESOLUCION MINISTERIAL W 057%98-AG MORDAZA, 30 de octubre de 1998 VISTO: El recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hinostrosa contra la Resolucion Directoral Ejecutiva N" 254-98-AG-PETT, de 20 de agosto de 1998, expedida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural. CONSIDERANDO: QueporResolucionDirectoral EjecutivaN"254-98.AG-PETI, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, declaro la caducidad e improcedencia del tramite administrativo sobre denuncio de 12,100 ha. de tierras eriazas con fines de irrigacion, ubicadas en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, seguido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sustcntandose en que el estudio de preinversion presentado es tecnicamente insuficiente; Quemedianteescntodelldesetiembrede1998,defojas277, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion contra la precitada resolucion manifestando que su expediente ha debido resolverse conforme a la legislacion anterior constituida por el Decreto Supremo N" 019.84.AG y no de acuerdo con el Decreto Supremo N" 010.97-AG, por cuanto su denuncio se tramito desde el ano 1981: Que de conformidad con la MORDAZA disposicion complementaria de la Ley N" 26505, a partir de la vigencia de esa ley, 19 de MORDAZA de 1995, el Estado procede a la venta de las tierras eriazas de su dominio en subasta publica; Que el Articulo 1" del Decreto Supremo N" OlO-97.AG, prescribe que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural proseguira con el tramite de los expedientes sobre denuncio de tierras eriazas con arreglo ala legislacion anterior a la Ley N" 26505, unicamente de los que, a la fecha de publicacion de esa ley, 18 de MORDAZA de 1995, reunen como requisito minimo, estudios de preinversion y/o drenaje, o de proyecto de factibilidad tecnicoeconomico en los expedientes para otros usos agrarios, estableciendose en el Articulo 4" del mismo texto legal que en los expedientes donde no se MORDAZA cumplido ese requisito se declarara la caducidad del procedimiento; Que obra a fojas 261 el Informe Tecnico N" 159-98-AG-PETfCEIEEP, de 10 de agosto de 1998, que evalua los documentos presentados por el interesado denominados "Descripcion Somera del Proyecto" y "Proyecto PRIDI Irrigacion de las Pampas de (!anete y Chincha", expresando, respecto del primero, que constituye un bosquejo de un proyecto de irrigacion de 150 ha. Y no de 12.1& ha.. describiendo en forma muy general el proyecto pues no desarrolla a un nivel adecuado los asuectos fundamentales del mismo: Que en cuanto al MORDAZA documento el informe citado establece que corresponde a un proyecto de'irrigacion de 6,840

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PROMUDEH
Modifican resolucion que acepta y aprueba donacion que sera empleada en programa de seguridad alimentaria
RESOLUCION PRESIDENCIAL W 219-98-PRONAA/P MORDAZA, 21 de octubre de 1998 VISTO: El Memorando N" 257-98-GPP-PRONAA emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto de fecha 30 de setiembre de 1998; y. CONSIDERANDO: Que, por medio de la Resolucion Presidencial N" 190-98PRONAAP de fecha 3 de setiembre de 1998, se dispone aceptar y aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados IJnidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano destinada para la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Iglesia Adventista del MORDAZA Dia - ADRA OFASA del Peru, consistente en diversos productos alimentarios a ser empleados en el MORDAZA del programa "Desarrollo MORDAZA para la Seguridad Alimentaria", las cuales arribaron a los puertos de Matarani y Callao; Que, por Carta N" ANIR-243198~de fecha 17 de setiembre de 1998, la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Iglesia Adventista del MORDAZA Dia - ADRA OFASA del Peru solicita la rectificacion de la Resolucion Presidencial N" 190-98PRONAAP, la nusma que senala la aprobacion y aceptacion en el puerto del Callao del producto harina de trigo, debiendo precisar al producto Masa Flour; Que, de acuerdo a lo expresado por la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Iglesia Adventista del MORDAZA Dia - ADRA OFASA del Peru, resulta necesario presentar una Resolucion Presidencial de rectificacion de la mercancia senalada, a fin de regularizar lo precisado en la Resolucion Presidencial N" 190.98PRONAA/P, toda vez que el producto es Masa Flour, y no especificamente Harina de Trigo corno se consignora en la resolucion anterior; Que, en merito a los fundamentos expuestos, se requiere modificar la denominacion del producto, en el interes de conti-

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