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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (01/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 7

I,ima, domingo I de novicnibre dc 1998 SE RESUELVE: Artículo 1°CInclúyase a las embarcaciones de arrastre comprendidas en los incisos D), IC,, F) y G) de la Resolución Ministerial N” 500-9%PE, en lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 2” de la Resolución Ministerial N” 459-9X-PE, amplm- da por la Resolución Ministerial N’ 50%9%PE, cc~n excepción de los recursos anchoveta y sardina. Artículo 2”.- Las embarcaciones comprendidas en el artículo anterior podrán efectuar faenas de pesca de los recursos a que se refiere dicho artículo, en la zona ubicada entre los 16” LS. y el extremo sur del dominio marítimo Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 12533 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA .Aprueban Reajuste del Plano de Zoni- ficación General de los Usos del Suelo a mediano plazo, correspondiente al distrito de Santiago de Surco ORDENANZA No 185 Lima, 11 de setiembre de 1998 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA: POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido por los Artícu- los 65” inciso 2), 70” inciso 1) Y 134” inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades, p 23853, corresponde alas Municipalidades Provinciales a través de sus Concejos, aprobar sus Planes Urbanos, que en el caso de la provincia de Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, con fecha 19 de diciembre de 1997 el Concejo Metropolitano de Lima aprobó la Ordenanza N” 134 Re- glamentaria de Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana, cuya Prime- ra Disposición Transitoria establece el procedimiento para el Reajuste de la Zonificación General de los Usos del Suelo y las solicitudes correspondientes al ano 1997; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano, de acuerdo a lo dispuesto por el Concejo Metropolitano de Lima, ha recogido la opinión técnica del Instituto Metropolitano de Planificación y de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, coordinando con las respectivas Municipalida- des Distritales, atendiendo la opinión de los vecinos que lo han solicitado y constituido una subcomisión de Regido- res que ha efectuado la revisión de cada uno de los casos; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano consideró pertinente abstenerse de pronunciarse en el caso de las peticiones formuladas mediante los Expedientes N”s. 703430 y 706734; Que, asimismo, la Comisión de Desarrollo Urbano en Sesión de fecha 9 de julio de 1998 analizó el informe de la subcomisión, aprobándolo por unanimidad, estableciendo las siguientes precisiones, condiciones y criterios en el caso del Expediente N” 708338 formulado por el Jockey Club l.- Existe opinión favorable de la Comision de Desa- rrollo Urbano respecto al cambio de zonificación peticio- nado en la medida que el área tiene evidente vocación comercial por la colindancia con la infraestructura y edificaciones existentes y, la Municipalidad Metropolita- na de Lima tiene una política de aliento a la inversión privada.2.- Sin embargo, tratándose de un proyecto de impacto metropolitano resulta indispensable que el conjunto de la propiedad no habilitada del Jockey Club, sujeta a un paulatino y parcial proceso de urbanización, se realice en base al correspondiente Planeamiento Integral concor- dante con las exigencias metropolitanas a dicha área. 3.- El Planeamiento Integral deberá especificar y de- sarrollar los requerimientos urbanísticos mínimos del área en referencia, tales como infraestructura vial, equi- pamientos y áreas libres, retiros, alturas, densidad, entre otros. Este Planeamiento Integral debe presentarse peren- toriamente por los recurrentes a consideración y pronun- ciamiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima, previa coordinación técnica con el Instituto Metropolita- no de Planificación, EMAPE S.A. y las Direcciones Muni- cipales de Desarrollo Urbano y de Transporte Urbano. De conformidad con lo establecido por los Artículos 24’ y 34” del Decreto Supremo N” 007-85-K, el Artículo 81” del Reglamento Interior del Concejo, aprobado por Edicto N” 021 y la Primera Disposición Transitoria de la Orde- nanza N” 134, y lo opinado por la Comisión de Desarrollo Urbano en su Dictamen N” 059-98-CDU-MML; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE REAJUSTE DEL PLANO DE ZONIFICACION GENERALDELOSUSOSDELSUELODELIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO-2002, CO- RRESPOINDIENTES AL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- Aprobar el Reajuste del Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metro- politana a mediano plazo-2002, correspondiente al distri- to de Santiago de Surco, en los siguientes términos que figuran en el Cuadro Resumen de Calificación de Expe- dientes de Zonificación. Artículo Segundo.- Recomendar a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco culminar el Plan Urbano de su jurisdicción, en concordancia con los lineamientos del Plan de Desarrollo Metropolitano. -__p_~p-_- ----..--- 212551 ’ Passano Aleman, José Fil aR2 SIlva Calw, Rosa Angélica Mendul Mc Cubbln, Alvaro RIOS Montagne, Alfredo Chang Ho, Paul Campodonlco. Mano Asano Uno, Jorge Gonzales del Riego, Jorge Rodolfo Graham, Morales PROCEDE a R6 700426 / Cornejo de Rojas, Fulvla