Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 1998 (01/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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PUERTO: CALLAO
PRODUCTO Arvejas Hannade Trigo Harina de Trigo Tngor Totales

MORDAZA, MORDAZA 1 de noviembre de 1998

ral de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SECTI) del Ministerio de la Presidencia, dentro de los terminos de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo Programa Nacional de Asistencia Alimentana 12505 RESOLUCION PRESIDENCIAL W 221-9%PRONAA/P MORDAZA, 21 de octubre de 1998 VISTAS: Las solicitudes de Caritas del Peru, formuladas mediante las CartasN"s.C8.821/98.132,C8.822/98.146,C8.823/98 147yC8.8241 98.148 de fecha 8 de setiembre de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves del Memorando N" 252-9%GPP,PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atencion a lo solicitado por Caritas del Peru, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo de la nave "Maersk Tennessee" al puerto peruano de Callao trayendo diversos alimentos correspondientes a la ayuda alimentaria para el ano 1998; Que, el 29 de octubre de 1954 el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Peru celebraron un Convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facihdades a Agencias de Rehabilitacion y MORDAZA Voluntario No Lucrativas para la distribucion de productos agricolas alimenticios y la ejecucion de Programas de Asistencia H u m a n i t a r i a ; Que. en el MORDAZA del instrumento citado. el 4 de junio de 1998 se &&ibe el Convenio de Donacion de Ahda Aljmentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Untdos de MORDAZA, por el que el Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves del Programa Nacional de Aslst,encia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donacion de 100,649 toneladas metricas de alimentos de las cuales 51,100 tm. se usaran en Programas de Distribucion Directa y 49,549 tm. se utilizaran para monetizacion, Que. en virtud al Articulo 1: Acentacion de la Donacion del refe;do'instrumento, la donacion es& sujeta a la disponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variacion de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Programa del mencionado Convenio de Donacion, se acuerda que los alimentos importados para la distribucion directa y mon&izacion seran de propiedad exclusiva de cinco Ornanizaciones Privadas sin Fines de Lucro, entre las cuales se encuentra Caritas del Peru, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos hasta la distribucion al beneficiario final, debiendo de utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley IV' 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas, entre otros, a instituciones y organismos publicos, asi como las donadas por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Ara&<1 de Aduanas, no-siendo requisito para estos casos la cxoedicion de Resolucion Liberatoria. ni Licencia Previa de l&portacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N" 719, Decreto Ley N" 21942, Decretos Supremos N"s. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema N" 508-93-PC-M, Resolucion de Contraloria N" 038-95-CG y Resolucion Ministerial N" ll 1-97PROMUDEH y; estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20' del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo N" 003-9%PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo lo.- Aceptar v aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados U&dos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para Caritas del Peru, consistente en:

BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR BRUTAS NETAS FOB USE 1,378 11,760 4,176 6,764 24,066 69.056 589.337 209274 338.468 1,206.135 68900 588000 208800 337700 1,203ml 21,61464 13QM6.27 47,742.09 72,662 52 276J65.52

VALOR CIF US$ 29,297 92 198,007.34 70,312.75 109,109.94 406,727.95

ArticuIo 2".- Em MORDAZA el referido volumen de alimentos donados en el MORDAZA dePu Programa de Desarrollo de la Seguridad Alimentaria" (PRODESA) que ejecuta Caritas del Peru en el MORDAZA, el mismo que busca mejorar la seguridad alimentaria de las poblaciones mas pobres del Peru. Articulo 3".- Encargara las Gerencias de Linea participen en el seguimiento de las Acciones de Logistica Alimentaria (Recepcion, Almacenamiento, Manejo, Conservacion, Transporte, Distribucion y Uso de los alimentos donados) que ejecuta Caritas del Peru. La informacion obtenida como resultado del seguimiento efectuado sera utilizada en las evaluaciones que realiza PRONAA, segun los terminos estipulados en el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de America. Articulo 4".- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contribucion. Articulo 5°C Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), ala Contraloria General de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SECTI) del Ministerio de la Presidencia, dentro de los terminos de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 12506

PESQUERIA
Incluyen embarcaciones de arrastre en lo dispuesto en el Articulo 2" de la R.M. N" 459-9&PE que establecio regimen provisional de pesca
RESOLUCION MINISTERIAL W 538-98-PE MORDAZA, 30 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2" del Decreto Ley N" 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que mediante Resolucion Ministerial N" 459-9%PE de fecha 29 de setiembre de 1998, se establecio el regimen provisional de pesca de los recursos pelagicos para la primera temporada de pesca correspondiente al ano biologico 1998-1999, en virtud del cual como primera etapa en calidad de pesca exploratoria y considerando la abundancia temporal de determinados recursos pelagicos que se presenta en la actualidad en el litoral, se autorizo a embarcaciopes pesqueras de cerco la extraccion de los recursos samasa, falso volador, pez cinta, bagre, vicinguerria y otros recursos pelagicos; Que mediante kesolucion Ministerial N" 503-9%PE de fecha 9 de octubre de 1998, precisada en sus alcances por la Resolucion Ministerial N" 513-98-PE de fecha 15 de octubre de 1998, se amplio la autorizacion de extraccion a que se refiere el considerando anterior, a la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo y el paralelo 16" Latitud Sur, en el MORDAZA del regimen provisional establecido por la citada Resolucion Ministerial N" 459-98-PE; Que resulta conveniente ampliar a las embarcaciones de arrastre, la autorizacion de extraccion de los recursos a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente resolucion, con excepcion de los recursos anchoveta y sardina; De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N" Ol-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro;

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