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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (16/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 4

bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica N°s. 7721, 7722 y 7761, ubicadas en el distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, Empresa LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema N” 031-94-EM de fecha 8 de julio de 1994 y Resolución Suprema N” 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularización delas Servidumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica N°s. 7721, 7722 y 7761; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N” 03- 95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N° 036-97-PCM, SC autoriza al Ministerio de Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del Decreto Supremo N° 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promo- ción ala inversión privada dispuesto por el Decreto Legislativo N° 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley N° 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitosexigidos por el Decreto Supremo N° 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable N° 159-98-EM/DGE; De conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110° y el Artículo ll 1” del Decreto Ley N° 25844, Artículo 1” del Decreto Supremo N° 03-95-PCM y Artículo 1” del Decreto Supremo N 036-97-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo l°.- IMPONGASE, a favor de Empresa LUZ DEL SUR S.A., en vía de regularización con carácter permanente, las Servidumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica N°s. 7721, 7722 y 7761, ubicadas en el distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima; de acuerdo ala documentación técnica y a los cuadros publicados en el Diario Oficial El Peruano los días 9 y 10 de octubre de 1998. °.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podran reali- zar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3°.- Empresa LUZ DEL SUR S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedandosujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumpli- miento. Artículo 4°.--Empresa LUZ DEL SUR S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíqueseDANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 12809 RESOLUCION MINISTERIAL N° 532-98-EM/VME Lima, 2 de noviembre de 1998 Visto, el Expediente N° 32074698 que incluye loa documentos con Registros N°s. 1204021 y 1207609, presentado por la concesio- naria Empresa LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposición, en vía de regularización. de las Servidumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica N°s. 7580, 7625 y 7688, ubicadas en el distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, Empresa LUZ DEL SUR S.A., concesion aria de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema N° 031-94-EM de fecha 8 de julio de 1994 y Resolución Suprema N° 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996. ha solicitado la regularización de las Servidumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica N°s. 7580, 7625 y 7688; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N” 03- 95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N” 036-91-PCM, se autoriza al Ministerio de Energra y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de pubhcaclón del Decreto Supremo N” 03-95-PCM, con que cuentan laì empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promo-ción ala inversión prwada dispuesto por el Decreto Leglslatlvo N 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley N” 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N ’ 009-93-EM,Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitosexigidos por el Decreto Supremo N” 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable N” 160-98-EIWDGE; De conformidad alo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110 y el Artículo ll lude1 Decreto Ley N” 25844, Artículo 1” del Decreto Supremo N” 03-95-PCM y Artículo 1” del Decreto Supremo No 036-97-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo lo.- IMPONGASE, a favor de Empresa LUZ DEL SUR S.A., en vía de regularización con carácter permanente, las Servidumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica Nos. 7580, 7625 y 7688, ubicadas en el d&rito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentación técnica y a los cuadros ublicados en el Diario Oficial El Peruano los días 9 y 10 de octutre de 1998. Artículo 2”.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán reali- zar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3”~ Empresa LUZ DEL SUR S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvicintes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumpli-miento. Artículo 4”.-Empresa LUZ DEL SUR S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5”.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 12810 RESOLUCION MINISTERIAL No 533-98-E- Lima, 2 de noviembre de 1998 Visto, el Expediente N” 32068898 que incluye los documentos con Registros Ws. 118895 1 y 1202837, presentado por la concesio- naria LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposición, en vía de regularización, de las Servidumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica Nos. 0148, 0202, 1171, 1315 y 1502, ubicadas en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema W 031-94-EM de fecha 8 de julio de 1994 y Resolución Suprema No 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularización de las Servi- dumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribu- cion Eléctrica Nos. 0148, 0202, 1171, 1315 y 1502; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N” 03- 95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo IT 036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del DecretoSupremo N” 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promo-ción a la inversión privada dispuesto por el Decreto Legislativo No 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley No 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo W 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N“ 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable N” 156-98-EM/DGE; De conformidad alo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110” y Artículo ll 1” del Decreto Ley N” 25844, Artículo 1” del Decreto Supremo N” 03-95-PCM y Artículo 1” del Decreto Supremo W 036-97-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo lo.- IMPONGASE, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en vía de regularización con carácter permanente, las Servidum-bres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica Nos. 0148, 0202, 1171, 1315 y 1502, ubicadas en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima;de acuerdo a la documentación técnica y a los cuadros publicados en el Diario Oficial El Peruano, los días 21, 22 de agosto y 9 de octubre de 1998.