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Izima, lunes 12 dc ocluhrc dc 19% @$)@mQ Pág. 164883 VISTOS, el Informe N” 391-98MTCY15.18.05.3 y anexo correspondiente emitido por la Subdirección de Otorga- miento de Licencias de Conducir y el Memorándum N” 469-9%MTCY15.18.05 de la Dirección de Parque Automo- tor y Circulación Vial, sobre peticiones de nulidad de expedición de licencias de conducir varias. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N” 66596-MTC/ 15.15 se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir de acuerdo al cronograma establecido y como consecuencia se ha detectado que diversos titulares de dichos instrumentos públicos tienen doble brevete obteni- dos en diferentes Direcciones Departamentales de Circu- lación Terrestre; Que, de conformidad con lo establecido en el Regla- mento de Licencias de Conducir para Vehículos Motoriza- dos de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supre- mo N” 15-94-MTC y sus modificatorias, Decretos Supre- mos NS. 08 y 09-97-MTC y Decreto Supremo N” 006-98 MTC, toda persona tiene derecho a acceder a una sola licencia de conducir, previo cumplimiento de los requisi- tos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han o tado por renunciar a una de ellas, para poder acceder a Pcanje de la otra licencia de conducir del Sistema Tandem, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumplimiento alo dispuesto en el Artículo 89” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94-JUS; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en Memorándum N” 469-98- MTC/15.18.05 y de Asesoría Legal en Informe N” 897.98- MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 015-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02.94.JUS; y Decreto Ley N” 25862: SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de conducir en número de sesentinueve (691, obtenidas por sus titulares en la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial de la Dirección General de Circulación Terrestre, de la clase y categoría de sus titulares que se detallan en el ANEXO al Informe N” 391-98-MTCi 15.18.05.3, de fecha 26 de mayo de 1998, cuyos originales debidamente visados forman parte integrante de esta resolución, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecución de la presente reso- lución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Direccion General de Circulación Terrestre MINISTERIO DE TRANSPORTES. COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTiWCClON DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE DIRECCION DE PARQUE AUTOMOTOR DE CIRCULACION VIAL SUBDIRECCION DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR RELACION DE TITULARES DE LICENCIAS DE CONDUCIR PARA SU NULIDAD: NP Reg. Ne Licencia Cal. Apellidos y Nombres Dpto. 07917 Lcooo923 07891 LC247011 07697 LCOI 1983 07937 G28E435 08013 La34607 07979 GlW6 0604 GZ35171 07526 G288402 06537 GOUX43261 BARDALES CABRERA, Alejandro 2E CHIPOCO HERRERA, Roberta 281 RAMIREZ NIEVES, Juan Manuel 281 RAMIREZ PAULINO, Luis Alberto 281 HEREDIA ROBLES Mma Elsa 281 PANTOJA COLLANTES Raúl Henry 2E ALVAREZ VASQUEZ. Edgardo 281 BLAS NONTOL Juan Carias 281 GUTIERRE2 AICKADS. Mana del PdalLIMA LIMA LIMA LIMA LIMA LIMA LIMA LIMA LIMACONGRESO INTERNACIONAL La seguridad social en el Perú eslá viviendo el más impcmlarde cambio nonnativo del siglo XX. Especialistas en la materia de Perú, Cobmbii y Chile analizarán qué eslá sucediendo en nuestro país y en sus países como consecuencia de los respectivos procesos de moderni- zaci6n, e intentarin predecir que esperar para el futuro. CONFERENCISTAS -Javier Nevm Mujka -Ruth Salcedo -carlce cortée Risño - Francism Jwiet Romero -Luis Manrique Morder, -Pedro flecha Zahra -Alvaro Muñoz - H6ctor Humeree NoguerPontiliicia Universidad Ca- tdka, PERU lns!“uto~;ad;S6 Presidente Ejec&oAFP Integra, Federación Inter- nacional de Administra- dgdgR7dos de Pen- Abogado, Asesor del Ins- tituto de Seguridad Social, COLOMBIA Prolesor de pre y pastgra- do UPSMP y UNMSM, Asesor Asociación Inter- na$$fe Seguridad so- Su$ntendente de EPS, Gerente Central Rímac Internacional de Seguros, F’ERU Médico especialista en administración y gestión hospitalaria, Hall y Hall Auditores, COLOMBIA. Abogado asesor, Aso- ciación Internacional de Administradoras de Fon- des cls pensiones, CHILE. LUGAR: Swiss Hotel Lima, antiguo Hotel Oro Verde. INVERSION: US$300 por participante, induido IGV. Incluye un e’emplar, asi como su actualización durante un año, del k*eglmen Peruano de Seguridad Social: ubliiación ‘urídicas de hojas cambiables editada por1. 4 egslaclon conómica - Legis Perú - S.A.. Para mayores Informes, comuniquese con Legldación Económica-Legis Perú-S.A. a los teléfonos 2214405y 22243796. www.legls-edllores.com