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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (30/08/1999)

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Pág. 177304 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de agosto de 1999 MITINCI Autorizan viaje de representante del Ministerio a los EE.UU. para participar en evento del APEC RESOLUCION SUPREMA Nº 149-99-ITINCI Lima, 25 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, del 16 al 20 de agosto de 1999, se llevará a cabo el 17th APEC Industrial Science and Technology Working Group Mee- ting, que se realizará en la ciudad de Seattle, Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participa- ción de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90- PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 15 al 20 de agosto de 1999, a la ciudad de Seattle, Washington D.C., Estados Unidos de América, del señor Isaías Flit Stern, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. ISAIAS FLIT STERN Pasajes US$ 1,419.82 Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquie- ra fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 11117 PESQUERIA Ratifican acuerdo de la COPRI que autoriza viaje de asesor del Ministerio de Energía y Minas a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 132-99-PE Lima, 26 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, entre los días 25 y 28 de agosto de 1999 se realizará un viaje a los Estados Unidos de Norteamérica, a fin de sostener reuniones de trabajo con Bancos de Inversión, relacionados al Proyecto de Camisea; Que, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de fecha 24 de agosto de 1999, la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, autorizó el viaje del señor Oscar Arrieta Orjeda, Asesor Legal del Ministerio de Energía y Minas, a realizarse entre los días 25 al 28 de agosto de 1999 a los Estados Unidos de Norteamé- rica, para las reuniones referidas en el considerando anterior; Que, mediante la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI aprobada por Acuerdo COPRI de fecha 20 de enero de 1998, se han aprobado las disposiciones sobre viajes y viáticos de los miembros de los Comités Especiales, Juntas Liquidadoras y Dirección Ejecutiva - COPRI;De conformidad con lo dispuesto en el literal b.1) del numeral 2.2 de la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI referida en el consideran- do anterior, modificada por los Acuerdos COPRI de fecha 26 de enero de 1998 y de fecha 13 de abril de 1999 y la Ley Nº 27111; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, conforme al cual se autoriza el viaje del señor Oscar Arrieta Orjeda, Asesor Legal del Ministerio de Energía y Minas, a los Estados Unidos de Norteamérica, entre los días 25 al 28 de agosto de 1999 para que asista a las reuniones a que se refiere el primer considerando de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje de la persona antes mencionada, se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Dirección Ejecutiva FOPRI-COPRI, del pliego 018 del Ministerio de Pesquería de acuerdo con el siguiente detalle: - Pasaje :US$ 860.50 - Viáticos :US$ 1,100.00 - Impuesto Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominación o clase. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrenda- da por el Ministro de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 11118 JUSTICIA Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos del Ministe- rio de Justicia DECRETO SUPREMO Nº 011-99-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se aprobó el Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Jurídica en Materia Administrativa contenidas en el Título IV del Decreto Legislativo Nº 757, estableciendo las normas para la elaboración, modificación y actualización de los Textos Unicos de Procedimien- tos Administrativos - TUPA; Que el Artículo 1º de la Ley Nº 26872 declara de interés nacional la institucionalización y desarrollo de la Conciliación como medio alternativo de solución de conflictos, estableciendo en el Artículo 26º que el Ministerio de Justicia tiene a su cargo la autorización de funcionamiento, registro y supervisión de los Centros de Conciliación; Que en virtud a lo expuesto se ha formulado el proyecto de Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en el que se consideran procedimientos que coadyuvarán a una adecuada implementación de la Conciliación, el mismo que es necesario aprobar; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y Artículo 34º del Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Jurídica en Materia Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Justicia, según el anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supre- mo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia