TEXTO PAGINA: 6
Pág. 177308 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de agosto de 1999 P R E S Afectan en uso terreno a favor de aso- ciación de propietarios y de la Municipalidad Distrital de Los Olivos RESOLUCION SUPREMA Nº 147-99-PRES Lima, 26 de agosto de 1999 Visto el Expediente Nº 000147-96, por el cual la Municipalidad Distrital de Los Olivos y la Asociación de Propietarios de la Urbaniza- ción Industrial Naranjal solicita la afectación en uso del terreno de 9 887,86 m2, ubicado con frente a la Av. Naranjal constituido por un lote s/n de la Mz. I, de la lotización Industrial El Naranjal, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el terreno de 9 887,86 m2, ubicado con frente a la Av. Naranjal constituido por un lote s/n de la Mz. I, de la lotización Industrial El Naranjal, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, es de propiedad del Estado y se encuentra inscrito en la partida Nº 11106456 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y registrado en el asiento Nº 1173 del Margesí de Bienes Nacionales; Que, mediante Oficio Nº 471-97-MDLO/ALC, de fecha 3 de diciem- bre de 1997, la Municipalidad Distrital de Los Olivos y la Asociación de Propietarios de la Urbanización Industrial Naranjal solicitan a la Superintendencia de Bienes Nacionales la afectación en uso del terreno de 9 887,86 m2, para ser destinado a una maestranza muni- cipal, local comunal y un complejo deportivo municipal; Que, mediante escritos con fechas de recepción 20 de junio de 1996 y 15 de agosto de 1997, la Asociación de Comerciantes del Norte 12 de Octubre y la Asociación Automotriz San Andrés, solicitan el usufructo de un área de 5 763,50 m2 y la adjudicación directa del área de 9 914,42 m2, respectivamente, del terreno submateria y que dada la naturaleza de aporte reglamentario del mismo, son incompatibles con la finalidad pretendida; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria fiscal, se aprueban mediante Resolución Suprema a favor de las reparticiones del Estado y de los Concejos Municipales para el funcionamiento de sus dependencias y/o a favor de instituciones particulares que desempe- ñen una labor que signifique una colaboración con la función social del Estado, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, "Reglamento de Administración de la Propiedad Fiscal", por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso el terreno de 9 887,86 m2, ubicado con frente a la Av. Naranjal constituido por un lote s/n de la Mz. I, de la lotización Industrial El Naranjal, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, a favor de la Asociación de Propietarios de la Urbanización Industrial Naranjal y de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, según el siguiente detalle: - 1 000,00 m2 a favor de la Asociación de Propietarios de la Urbanización Industrial Naranjal para destinarlo a un local comunal; y, - 8 887,86 m2 a favor de la Municipalidad Distrital de Los Olivos para destinarlo a una maestranza municipal y complejo deportivo municipal, según planos y memoria descriptiva que forma parte integrante del respectivo expediente administrativo. Artículo 2º.- Declarar improcedentes las solicitudes de usu- fructo y adjudicación en venta directa del terreno submateria formuladas por la Asociación de Comerciantes del Norte 12 de Octubre y la Asociación Automotriz San Andrés, por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 3º.- Las afectaciones en uso quedan sujetas a lo dispuesto por el Artículo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 4º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el méri- to de la presente Resolución inscribirá las afectaciones en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y Callao. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrenda- da por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 11119RELACIONES EXTERIORES Designan funcionario diplomático para participar en reunión "Las Naciones Unidas en el siglo XXI: una visión des- de América Latina y el Caribe", a reali- zarse en Chile RESOLUCION SUPREMA Nº 384-99-RE Lima, 26 de agosto de 1999 Debiendo realizarse la reunión denominada "Las Naciones Unidas en el siglo XXI: una visión desde América Latina y el Caribe", en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 1 al 2 de setiembre de 1999; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2097, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 19 de agosto de 1999; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificato- ria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don José Urrutia Ceruti, Subsecretario de Asuntos Multilaterales y Especiales, para que participe en la reunión "Las Naciones Unidas en el siglo XXI: una visión desde América Latina y el Caribe", a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 1 al 2 de setiembre de 1999. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 531.30, viáticos US$ 600.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o libera- ción de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11120 Designan delegación que asistirá a la Transmisión de Mando Presidencial en la República de Panamá RESOLUCION SUPREMA Nº 385-99-RE Lima, 26 de agosto de 1999 Debiendo realizarse la Transmisión del Mando Presidencial en la República de Panamá, el 1 de setiembre de 1999; Considerando lo dispuesto en las Hojas de Trámite (GAC) Nºs. 2117 y 2119, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 20 y 23 de agosto de 1999, respectivamente; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exterio- res, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Delegación peruana que participará en la Transmisión del Mando Presidencial en la República de Panamá, el 1 de setiembre de 1999, conformada por los siguientes funcionarios: - Ingeniero Ricardo Márquez Flores, Primer Vicepresidente de la República, quien la presidirá;