Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 1999 (12/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 12 de diciembre de 1999
MORDAZA DE DESCRIPCION / UBICACION BIEN

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

Pag. 181357

FECHA DE VALOR EN PRORROGA ADJUDICACION LIBROS DE TENENCIA

Area de 121.50 m2. Inmueble Ubicado en el Jr. Huayna Capac MORDAZA Nº 231 Mz. E, pueblo joven San MORDAZA, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Deudor: MORDAZA MORDAZA Bolo

98.10.30

US$ 4 596,00 2000.04.30

Articulo Primero.- Fijese las categorias de consumidores para la Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos de MORDAZA y Callao de acuerdo al cuadro siguiente:
Categoria de consumidor en baja presion BP-A BP-B BP-C BP-D Consumo mensual minimo facturable por la red de distribucion (CM) (*) en m3(**) 0 850 142 000 850 000

15421

COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA
Fijan tarifa de distribucion para consumidores de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos de MORDAZA y Callao
RESOLUCION DE LA COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA Nº 014-99 P/CTE MORDAZA, 10 de diciembre de 1999 LA COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA VISTO: El Informe Tecnico SED/CTE Nº 052-99 elaborado por la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Tarifas de Energia y el informe emitido por la Asesoria Legal; El Oficio COPRI - CECAM Nº 295/99 con la Propuesta de Tarifas de Distribucion de Baja Presion de Gas Natural por Red de Ductos del Comite Especial Proyecto Camisea para los consumidores de la Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 107º del "Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99EM (en adelante el Reglamento), la Comision de Tarifas de Energia (CTE) definira las categorias de Consumidores de Gas Natural por Red de Ductos y estructurara la tarifa de forma tal que le otorgue al Consumidor opciones para pagar los costos de acometida ya sea a traves de la factura mensual mediante un cargo variable o mediante el pago del presupuesto de la acometida y un cargo por su reposicion y mantenimiento; Que, en atencion a lo dispuesto por el Articulo 10º de la Ley de Concesiones Electricas aprobada por Decreto Ley Nº 25844, concordado con los Articulos 37º, inciso i) y 106º del Reglamento corresponde a la Comision de Tarifas de Energia fijar la Tarifa de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, la misma que constituye la Tarifa inicial referida en el Articulo 121º del Reglamento; Que, segun lo disponen los Articulos 108º y 109º del Reglamento, el calculo del Margen de Distribucion que forma parte de la tarifa considera la anualidad del Valor MORDAZA de Reemplazo que se calculara con la tasa de actualizacion a que se refiere el Articulo 115º del Reglamento y un periodo de recuperacion de hasta 30 anos; Que, segun dispone el Articulo 120º del Reglamento, las tarifas aprobadas por la CTE tienen el caracter de valor MORDAZA y deben de incluir las respectivas formulas de actualizacion; Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su Sesion Nº 024-99 de fecha 9 de diciembre de 1999;

(*) A eleccion del consumidor y conforme a las Condiciones de Aplicacion. (**) m3: metro cubico estandar segun el numeral 2.19 del Articulo 2º y Articulo 43º del Reglamento.

Articulo Segundo.- Fijese la tarifa inicial de distribucion de baja presion, para los Consumidores de la Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos de MORDAZA y Callao que comprende el margen de distribucion, el margen de comercializacion y el costo de la acometida, como sigue, la misma que se aplicara con las formulas que se indican en el Articulo MORDAZA de la presente Resolucion, segun la opcion que corresponda: A) Margen de Distribucion El margen de distribucion de baja presion (MDBP) aplicable a las categorias de consumidores expresado en S/./m3 es el siguiente:
Categoria de consumidor Parametro MDBP BP-A 0,265 BP-B 0,026 BP-C 0,015 BP-D 0,008

B) Margen de Comercializacion B.1) Margen de Comercializacion Variable El margen de comercializacion variable (MCV) aplicable a las categorias de consumidores expresado en S/./m3 es el siguiente:
Categoria de consumidor Parametro MCV BP-A 0,124 BP-B 0,009 BP-C 0,000015 BP-D 0,000002

B.2) Margen de Comercializacion Fijo El margen de comercializacion fijo (MCF) aplicable a las categorias de consumidores expresado en S/./Consumidor/mes es el siguiente:
Categoria de consumidor Parametro MCF BP-A 2,444 BP-B 2,444 BP-C 2,444 BP-D 2,444

C) Costo de la Acometida C.1) Presupuesto de la Acometida El presupuesto de la acometida (PA), expresado en S/., a pagar por una sola vez por los consumidores que opten por la opcion 2 de los literales A.1) y B.1) del Articulo MORDAZA de la presente Resolucion, es el siguiente:
Categoria de consumidor Parametro PA BP-A 1 076 BP-B 2 249 BP-C 28 111 BP-D 72 284

C.2) Cargo por la Acometida El cargo por la acometida (CA) aplicable a las categorias de consumidores expresado en S/./m3 es el siguiente:

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