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Pág. 181717 NORMAS LEGALES Lima, martes 21 de diciembre de 1999 Encargan la Cartera de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales al Minis- tro de Pesquería RESOLUCION SUPREMA Nº 684-99-PCM Lima, 18 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, ingeniero Juan Carlos Hurtado Miller, se ausentará del país los días 20 y 21 de diciembre de 1999, a fin de atender asuntos de carácter oficial; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales en las fe- chas mencionadas; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de Industria, Turismo Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales, al doctor César Luna-Victoria León Ministro de Pesquería, a partir del 20 al 21 de diciembre de 1999 y mientras dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 15846 Ratifican Acuerdo de la COPRI so- bre modificación de la R.S. Nº 045- 99-PE, que estableció entrega al sector privado de concesiones para servicios públicos de comunicacio- nes RESOLUCION SUPREMA Nº 685-99-PCM Lima, 20 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 4º del Decreto Legisla- tivo Nº 839 se creó la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, como el orga- nismo encargado de promover la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que pueden ser otorgados en concesión al sector privado; Que, por la Ley Nº 27111 se ha transferido a la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (CO- PRI) las funciones, atribuciones y competencias otor- gadas a la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas (PROMCEPRI); Que, de acuerdo con el numeral 2 del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, corresponde a la COPRI establecer las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, que serán entregados en concesión al sector privado;estableciendo el Artículo 2º, segundo párrafo, del Regla- mento de dicho Texto Unico Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, concordado con la Ley Nº 27111 y la Resolución Suprema Nº 560-99-PCM que el respectivo Acuerdo de la COPRI sea ratificado por Reso- lución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del sector correspondiente; Que, por Resolución Suprema Nº 045-99-PE se ratificó el Acuerdo de la COPRI en virtud del cual se estableció la entrega al sector privado de las concesio- nes para servicios públicos de comunicaciones a que se refiere el Artículo Primero de esa Resolución Supre- ma y se aprobó el respectivo Plan de Promoción de la Inversión Privada; Que, la COPRI, a propuesta del Comité Especial respec- tivo, ha acordado introducir una modificación al Acuerdo a que se refiere el considerando anterior consistente en adicio- nar al Servicio de Telefonía Fija el Servicio Portador Local y que las Bandas de Frecuencia de estos servicios que serán entregados en concesión sean dos bandas angostas dentro de la banda de 1850-1990 y los bloques dentro del segmento comprendido entre 3.4 y 3.6 GHz y dos bandas en el segmento comprendido entre 1910 y 1930 MHz; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar el Acuerdo de la Comi- sión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) en virtud del cual se aprobó la modificación del cuadro que forma parte del Artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 045-99-PE, en la forma siguiente: Servicios Referencia Bandas de Geográfica Frecuencias Servicio de A nivel nacional Una banda ancha de 30 Comunicaciones Mhz dentro de la banda Personales PCS de 1850-19902 Servicio de Telefonía A nivel nacional Dos bandas angostas Fija y Servicio por departamentos1dentro de la banda de Portador Local 1850-1990 y los bloques dentro del segmento comprendido entre 3.4 y 3.6 GHz y dos bandas en el segmento comprendido entre 1910 y 1930 MHz2 1Se podrá concursar otras áreas de concesión si se justifica de acuerdo al registro de interés. En el caso del segmento 1910-1930 MHz se podrá adjudicar por localidades en el caso de áreas rurales. 2Las frecuencias se determinarán de acuerdo a la canalización que apruebe el Ministerio y al registro de interés. Artículo Segundo.- La presente Resolución Supre- ma será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 15847 Designan Secretaria Ejecutiva de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCION SUPREMA Nº 686-99-PCM Lima, 20 de diciembre de 1999