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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, martes 21 de diciembre de 1999 AÑO XVII - Nº 7120 Pág. 181715 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 27236 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE CREACIÓN DEL DISTRIT O DE MAJES EN LA PROVINCIA DE CA YLLOMA, DEL DEP ARTAMENT O DE AREQUIP A Artículo 1º.- Objeto de la Ley Créase el distrito de Majes, cuya capital será el centro poblado El Pedregal, el mismo que se eleva a la categoría de Villa, perteneciente a la provincia de Caylloma, depar- tamento de Arequipa. Artículo 2º.- Límites del distrito de Majes Los límites del distrito de Majes han sido trazados sobre la base de la cartografía oficial elaborada y edita- da por el Instituto Geográfico Nacional (IGN), a escala 1/100 000, hoja Nº 2338 (33Q), La Yesera, edición 1996; hoja Nº 2438 (33R), Aplao, edición 1996; hoja 34Q, Camaná, edición 1984; y, hoja Nº 2437 (34R), Mollendo, edición 1996. POR EL NORESTE.- Limita con el distrito de Lluta. El límite se inicia en un punto de intersección de la quebrada Huacán en la coordenada UTM 792 Km E y 8214 Km N, de allí se dirige en dirección Este en línea recta al cerro Matacaballo (cota 2125 m.s.n.m.), continúa por su estribación Norte hasta la intersección de la carretera Huambo-Majes en la coordenada UTM 799,1 Km. E y 8217,5 Km. N, luego asciende por la estribación Oeste y Norte del cerro Gentilar (cumbres Oeste y Norte), de allí asciende por la estribación Sur del cerro de cota 2834 m.s.n.m. y luego continúa por la divisoria de aguas a las cumbres de las cotas 3235 m.s.n.m., Cerro Quemado (cota 3447 m.s.n.m.), cota 3520 m.s.n.m., Cerro Totorayoc (cota 3555 m.s.n.m.), luego desciende por su estribación Sur hasta la naciente de la quebrada Totorayoc, continúa aguas abajo por la misma quebrada hasta la coordenada UTM 810,9 Km. E y 8208,3 Km. N, de allí en línea recta hasta la cota 2061, luego en línea recta hasta intersectar la carretera afirmada Lluta-Majes (de superficie ligera, transitable todo el año, de una vía) de coordenadas UTM 813 Km. E y 8205,7 Km. N. POR EL SURESTE.- Limita con la provincia de Arequipa. El límite se inicia con las coordenadas UTM 813 Km. E y 8205,7 Km. N y continúa por la carretera afirmada Lluta-Majes, en dirección Suroeste hasta alcanzar un camino de herradura, se sigue por éste hasta interceptar la carretera Panamericana, en las coordenadas UTM805,1 Km. E y 8190,1 Km. N, luego continúa por la carretera Panamericana en dirección suroeste hasta al- canzar el camino carrozable, transitable en tiempo seco (al Este del centro poblado Alto Sihuas), en la coordenada UTM 804 Km. E y 8182,9 Km. N, luego continúa por este camino carrozable ubicado al Oeste de los centros pobla- dos La Ramada y Cornejo hasta la coordenada UTM 799,1 Km. E y 8178 Km. N, luego continúa en dirección Sur en línea recta hasta la intersección del río Sihuas en la coordenada UTM 799 Km. E y 8175,6 Km. N, luego continúa por su álveo aguas abajo hasta el punto de coordenadas UTM 794,7 Km. E y 8170 Km. N, de allí en línea recta hacia el Oeste hasta la cota 1078, luego en línea recta en dirección Suroeste hasta la cota 1002, de allí en dirección general Oeste hasta la cota 970, luego desciende por su estribación Sur hasta las confluencias de las que- bradas Vaca y Carachosa continuando aguas abajo hasta la desembocadura en el río Quilca. POR EL SUR.- Limita con la provincia de Camaná. El límite se inicia en el río Quilca y asciende por el álveo aguas arriba de una quebrada sin nombre localizada al Sur de Pampa Cruz de Cayetano, luego continúa por la divisoria de aguas pasando por las cotas 1093 m.s.n.m., 1156 m.s.n.m., 1057 m.s.n.m., y de allí continúa por la divisoria de aguas de las quebradas Blanca, Characta, quebrada La Ramada y cerro Las Tetillas, de allí el límite sigue por la divisoria de aguas pasando por la Pampa Las Tetillas hasta la cota 1074 m.s.n.m. y cerro Los Mogotes; de este lugar el límite continúa en línea recta pasando por la cota 1004 (sobre la carretera Panamericana) hasta la naciente de la quebrada Characta en las coordenadas UTM 756,1 Km. E y 8170,8 Km. N. POR EL NOROESTE.- Limita con las provincias de Camaná y Castilla. Se inicia en las coordenadas UTM 756,1 Km. E y 8170,8 Km. N y se dirige en dirección Noreste por líneas rectas pasando por las cotas 968, 918, 933, 956, 936, 1069 y 1136 m.s.n.m. ubicadas por las cuestas de las Pampas del Toro, Majes y Grande hasta llegar a un punto donde se intercepta la antigua carretera Mesa- na-El Pedregal (cota 1219), capital del nuevo distrito Majes; continúa por esta carretera en dirección Norte hasta la coordenada UTM 733,8 Km. E y 8194 Km. N, luego continúa en dirección Este por la divisoria de aguas hasta llegar al cerro Crespón (cota 1413 m.s.n.m.), luego continúa en dirección Norte por la divisoria de aguas de la quebrada Yauriyacu, los tributarios de la quebrada Huacán y los tributarios de la quebrada Cres- pón, hasta la cota 1258 m.s.n.m., luego desciende por una quebrada sin nombre hasta confluir en la quebrada Huacán (coordenada UTM 781,4 Km. E y 8211,4 Km. N); del último punto nombrado el límite toma dirección Noreste por el álveo aguas arriba de la quebrada Hua- cán hasta llegar a un punto de intersección de esta quebrada en la coordenada UTM 792 Km. E y 8214 Km. N, punto de inicio de la presente descripción. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- El Poder Ejecutivo dictará las disposi- ciones correspondientes a fin de nombrar las autoridades político-administrativas para la nueva circunscripción que se crea por la presente Ley. Segunda.- En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades, el nuevo distrito que se crea será atendido por el Concejo Provincial de Caylloma. Tercera.- Las autoridades judiciales serán designa- das conforme a ley.