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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (01/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 169410 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de febrero de 1999 INTERIOR Aprueban el "Plan General de Erradi- cación de Plantaciones Ilícitas de Coca" del Proyecto Especial CORAH para el año 1999 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0080-99-IN-1101 Lima, 28 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-82-AG de 22.ABR.82, se crea el Organismo Ejecutivo del Proyecto Especial "Control y Reducción del Cultivo de Coca en el Alto Huallaga" - CORAH, como entidad responsable de proyectar, ejecutar y controlar las medidas y acciones de reducción del cultivo de coca, en armonía con lo previsto en el Convenio de "Cooperación para Reprimir la Producción, Distribución y Uso de Drogas Ilícitas" suscrito con fecha 26.SET.81 entre los Gobiernos del Perú y de los Estados Unidos de Norteamérica. Que, por Decreto Supremo Nº 082-94-PCM de 27.SET.94, se aprueba el Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas, el mismo que prevé las acciones contra la producción de cultivos ilícitos de drogas, el tráfico de drogas y sus delitos conexos; y el uso indebido de las mismas. Que, asimismo dentro de sus políticas de acción, establece la reducción gradual de la superficie cultivada de la hoja de coca, en forma concertada con el agricultor cocalero, definiendo para ello, las áreas geográficas del país que sean objeto del Programa Nacional de Desarrollo Alternativo, por su gravitación en la producción de hoja de coca con fines ilícitos, determinando cua- litativa y cuantitativamente el proceso de reducción, hasta que sea necesaria para el uso tradicional e industrial; en estricta observancia de la ley, de los derechos humanos, convenios y declaraciones internacionales. Que, por Resolución Ministerial Nº 0889-94-IN-011100000000, de 27.DIC.94, se amplía el ámbito del accionar del Proyecto Especial "CORAH", al ámbito nacional que exigen los alcances del Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas y la participa- ción del referido proyecto en sus programas derivados. Que, el citado Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas dispone la participación del Proyecto Especial "CORAH" en el planeamiento y programación de cinco de sus nueve progra- mas derivados. De conformidad al Decreto Supremo Nº 082-94-PCM de 27.SET.94; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el "Plan General de Erradicación de Plantaciones Ilícitas de Coca" del Proyecto Especial "Control y Reducción del Cultivo de Coca en el Alto Huallaga" - CORAH para 1999, que constituye el documento normativo, ejecutivo y de actividades que debe desarrollar este organismo durante dicho período operativo. Artículo 2º.- La ejecución y cumplimiento de las actividades contenidas en el citado plan, serán evaluadas trimestralmente por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, a fin de determinar el grado de avances e identificar los problemas que han dificultado y/o impedido su ejecución, para adoptar las medidas adecuadas y correctivas del caso. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 1434 M T C Otorgan concesión de ruta a empresa para prestar servicio público de trans- porte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera RESOLUCION DIRECTORAL Nº 122-99-MTC/15.18 Lima, 21 de enero de 1999 VISTO, el Expediente de Registro Nº 00035010, organizado por la empresa de transportes ANDIA E.I.R.L., sobre nueva concesión de ruta: Lima-Tayabamba y viceversa e Informe Nº028-99-MTC/15.18.04.1 de la Dirección de Transporte de Pasaje- ros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ANDIA E.I.R.L. mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado concesión en la ruta LIMA-TAYABAMBA y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aproba- do por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 028-99-MTC/15.18.04.1, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido reglamento y señala- dos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendándo- se la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97- MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes ANDIA E.I.R.L., la concesión de la ruta: LIMA-TAYABAMBA y vicever- sa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :Lima-Tayabamba ITINERARIO :Chimbote-Sihuas-Huacrachuco-Huancas pata FRECUENCIAS :(Dos) semanales HORARIOS :Salidas de Lima:06.00 horas (domingo y jueves) Salidas de Tayabamba: 22.00 horas (lunes y viernes) FLOTA VEHICULAR :Operativa: Dos (2) ómnibus de placas: UI-7514 (1987) y UI-6720 (1981) Reserva: Un (1) ómnibus de placa:UI-4021 (1979) TIEMPO DE VIAJE :28 horas. Las tarjetas de circulación serán expedidas de acuerdo al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concer- nientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 1367 PESQUERIA Prorrogan plazo para que Comisión encargada de elaborar estudio de apli- cabilidad del "Acuerdo de Nueva York" y del "Código de Conducta" presente informe final RESOLUCION MINISTERIAL Nº 038-99-PE Lima, 28 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 381-98-PE del 4 de agosto de 1998, se designó a los miembros de la Comisión Multi- disciplinaria para el Estudio de la Aplicación del "Acuerdo de Nueva York" y del "Código de Conducta"; Que mediante Resolución Ministerial Nº 573-98-PE se concedió a la mencionada comisión un plazo adicional hasta el 2 de febrero de 1999 para la presentación de las recomendaciones correspondientes; Que los integrantes de la mencionada comisión han solicitado una prórroga del plazo señalado a efectos de culminar con la