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Pág. 176080 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de julio de 1999 SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efectuada por River East Collegiate, con sede en Winnipeg, Canadá, consistente en 1 bulto conteniendo borradores, lapice- ros, lápices de color, plumones, tijeras, goma, pinceles, planti- llas, reglas y una cámara de fotos descartable, con un valor de 91,46 Dólares Canadienses (US$ 67,00 aproximadamente) y un peso bruto de 11,00 kgs., a favor de la Congregación de las Hermanas de Santa Cruz, la que será destinada al apoyo de las actividades que realiza en beneficio de los niños de escasos recursos de Ilave, Ayaviri y Camacani en Puno. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que que- da prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remita a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacio- nal de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General 9602 AGRICULTURA Autorizan viaje del Viceministro de Agri- cultura a Colombia para participar en el I Foro Iberoamericano de Reforma Agraria y Paz RESOLUCION SUPREMA Nº 071-99-AG Lima, 21 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 27 de abril de 1999 del señor Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de la República de Colombia y Carta del Asesor de la Gerencia General del INCORA de fecha 19 de julio de 1999, se cursa invitación al Ministerio de Agricultura, para participar en el I Foro Iberoamericano de Reforma Agraria y Paz, organizado por dicho Ministerio y el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria - INCORA, que se realizará del 23 al 24 de julio de 1999, en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, República de Colombia, al cual asistirán los señores Ministros de Agricul- tura, con el propósito de compartir experiencias e identificar posibilidades de cooperación bilateral o multilateral, por lo que resulta conveniente autorizar el viaje del señor Ing. RODOLFO MASUDA MATSUURA, Viceministro de Agri- cultura, quien participará en dicho evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27013, y los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85- PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 22 al 25 de julio de 1999, del Ing. RODOLFO MASUDA MATSUURA, Vicemi- nistro de Agricultura, para participar en I Foro Ibero- americano de Reforma Agraria y Paz, que se realizará en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, República de Colombia. Artículo 2º.- Los gastos en cuanto a estadía y pasajes serán cubiertos por el Gobierno de la República de Colombia, excepto los gastos de: IGV de los pasajes US$ 62.83, Impuesto aeropuerto Lima US$ 25.00, Impuesto aeropuerto de Bogotá US$ 25.00; que serán financiados con cargo al Presupuesto para 1999 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho o exoneración o liberación de impues- tos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar dentro de los quincedías posteriores a su retorno, un Informe al Ministro de Agricultura, sobre la misión encomendada. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 9705 Disponen levantar reserva de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el distrito de Puente Pie- dra, provincia de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0507-99-AG Lima, 20 de julio de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reser- va de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11284, ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 2442-98-AG-UAD.LC/OAJ, obran- te a fojas 18, el Director General de la Unidad Agraria Departamental Lima-Callao, remite el expediente de levan- tamiento de la reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de 4,800 m2 de terrenos eriazos, ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, seguido por don Vicente Yopla García; Que por Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nº 122/88-DGRA/AR, de 27 de abril de 1988, de fojas 5 y 6, la ex Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural adjudicó en venta a favor de don Vicente Yopla García la superficie de 4,800 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11284 del distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, cuyos linderos y medidas perimétricas se señalan en los planos y memoria descriptiva correspondientes, para destinar esas tierras al uso agrario para el que fueron adquiridas; Que el Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legis- lación anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractual, solicitarán a la respectiva dependen- cia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondrá mediante Resolución Ministerial previa constatación de la ejecución de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que mediante el Informe Técnico Nº 072-99-AG-PETT-CAH, de 31 de marzo de 1999, de fojas 25, realizado por la Comisión de Saneamiento Físico Legal de Terrenos Eriazos, elaborado en base a la inspección ocular de fecha 23 de marzo de 1999, se establece que dicho predio se encuentra con habilitación y explotación pecuaria con crianza de pollos y patos, donde se aprecia una vivienda de material noble donde vive el adjudicata- rio y su familia, abasteciéndose de agua que compra de tanques cisternas, por lo que es procedente el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 4,800 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11284 del distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, otorgados a favor de don Vicente Yopla García mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nº 122/88-DGRA/AR, de 27 de abril de 1988, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria. Artículo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titula- ción de Tierras y Catastro Rural gestione ante el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima la inscripción de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 9627