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Pág. 173792 NORMAS LEGALES Lima, martes 1 de junio de 1999 VISTOS: El Expediente Nº 98/00361 y el Memorándum Nº 147-99- EF/94.55 de fecha 27 de mayo de 1999 de la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante escritos de fechas 20 de noviembre de 1998 y 14 de mayo de 1999, Banco Wiese Ltdo. solicitó a esta institución su inscripción en la sección de Custodios del Registro Público del Mercado de Valores; Que, de conformidad con la documentación presentada, Banco Wiese Ltdo. ha cumplido con los requisitos estableci- dos en el Artículo 18º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 084-98-EF/ 94.10; y, Estando a lo dispuesto en el literal a) del Artículo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobada por Decreto Ley Nº 26126, y en el Artículo 18º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, así como a las facultades dele- gadas al Gerente General por el Directorio de esta institu- ción reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de Banco Wiese Ltdo. en la sección de Custodios del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Banco Wiese Ltdo. deberá publicar en el Diario Oficial El Peruano el texto de la presente resolución dentro de los cinco (5) días útiles siguientes a su notificación. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su notificación. Regístrese, publíquese y transcríbase la presente resolu- ción a Banco Wiese Ltdo. GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 7153 I N E I Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de mayo de 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 106-99-INEI Lima, 31 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de norma legal, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda, la variación mensual que haya experi- mentado el Indice de Precios al Consumidor de Lima Metro- politana; Que, asimismo, la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, deberá publicar mensualmente con carácter de norma legal, la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumidor, con respec- to al índice del mes de diciembre del año anterior; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publica- ción de la Variación Mensual del Indice de Precios al Consu- midor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de mayo de 1999 y la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre de 1998 y aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Porcentual Mensual y Acumulada del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Año 1994 = 100,0) correspondiente al mes de mayo de 1999:AÑO 1999 NUMERO VARIACION PORCENTUAL MES INDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 146,27 0,01 0,01 FEBRERO 146,73 0,31 0,33 MARZO 147,63 0,61 0,94 ABRIL 148,50 0,59 1,54 MAYO 149,20 0,47 2,02 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metro- politana, correspondiente al mes de mayo de 1999, docu- mento que contiene la Información Oficial de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 7177 Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspon- diente al mes de mayo de 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 107-99-INEI Lima, 31 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Nor- mas de Ajuste por Inflación del Balance General con Incidencia Tributaria, usando para tal caso de correc- ción, el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, se ha dispuesto que el Instituto Nacional de Estadística e Informática publique mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, el INEI a fin de uniformizar los períodos base de los Indicadores de Precios que elabora, ha actualizado el período base del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando la Base: 1994 = 100,0, a partir del mes de enero de 1999; Que, es conveniente disponer la publicación de la serie de índices correspondiente a la anterior Base: 1990 = 100,0, así como la serie empalmada de la nueva Base: 1994 = 100,0, correspondientes al año 1998, y la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Indice de Precios Promedio Men- sual al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de mayo de 1999, y del Boletín Mensual que contiene la información oficial de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Indice de Pre- cios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional que contiene la serie de índices correspondiente a la anterior Base: 1990 = 100,0, así como la serie empalmada de la nueva Base: 1994 = 100,0, correspondiente al año 1998, y la publi- cación de la variación mensual y acumulada del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de mayo de 1999: AÑO/MES NUMERO INDICE VARIACION PORCENTUAL BASE 1990 BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 1998 ENERO 1498,188180 134,854156 1,28 1,28 FEBRERO 1511,998762 136,097268 0,92 2,22 MARZO 1529,602843 137,681837 1,16 3,41 ABRIL 1534,275271 138,102409 0,31 3,72 MAYO 1539,704072 138,591064 0,35 4,09 JUNIO 1544,086610 138,985543 0,28 4,39 JULIO 1556,027467 140,060357 0,77 5,20 AGOSTO 1565,326117 140,897342 0,60 5,82 SEPTIEMBRE 1572,403642 141,534401 0,45 6,30 OCTUBRE 1573,305935 141,615618 0,06 6,36 NOVIEMBRE 1574,178106 141,694123 0,06 6,42 DICIEMBRE 1574,899919 141,759095 0,05 6,47