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Pág. 174247 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de junio de 1999 Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaría General emita copia certificada de la presente Ordenanza al Congre- so de la República, a la Contraloría General de la República, a la Defensoría del Pueblo, al INDECOPI y a la Municipali- dad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 7624 Designan regidora para dar cumpli- miento a delegación de atribuciones otorgadas mediante Acuerdo Nº 002- 99-MDSPL, en la Zona Noreste "E" RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 037-99-ALC/MDSPL San Pedro de Lurín, 12 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 034-99-ALC/MDSPL, de fecha 11 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, con el documento de visto se delegó al amparo del numeral 18) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, en los señores Regidores designados a la Comisión de Desarrollo Distrital mediante Acuerdo de Concejo Nº 002-98-MDSPL, las atribuciones expresamente señaladas en los numerales 3), 4), 8), 9), 10), 14) y 20) de dicha norma legal; Que, la delegación de atribuciones a que se refiere el considerando precedente será ejercida por cada señor Regi- dor, exclusivamente, en la Zona para la cual ha sido designa- do mediante Acuerdo de Concejo Nº 002-99-MDSPL, sin perjuicio de la función fiscalizadora que el Artículo 191º de la Constitución Política y el Artículo 16º de la Ley Orgánica de Municipalidades, le asignan al Concejo; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, y por los dispositivos legales expedidos por la Municipalidad Dis- trital de San Pedro de Lurín; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a la Sra. Julia Fuentes Palacios, a fin de que dé cumplimiento a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, debiendo ejercer sus funciones en la Zona Noreste "E". Artículo Segundo.- Quedan derogadas todas las dispo- siciones que se opongan a la presente resolución, la misma que rige a partir de la fecha. Artículo Tercero.- Hágase de conocimiento la presente disposición a quienes corresponda para su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 2139 Delegan a regidora la Presidencia del Comité Zonal de Defensa Civil de la Zona Noreste "E" RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 055-99-ALC/MDSPL San Pedro de Lurín, 15 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 046-96-ALC/MDS- PL se actualiza la constitución del Comité Distrital de Defensa Civil de San Pedro de Lurín; Que, corresponde delegar la Presidencia del Comité Zonal de Defensa Civil, de cada una de las 5 Zonas que conformannuestra jurisdicción, en virtud al Proceso de desconcentración administrativa que se viene implementando; De conformidad con el Art. 47º, Inc. 6) de la Ley Nº 23853, Dec. Leg. Nº 442 y Dec. Sup. Nº 005-88; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR la Presidencia del Comité Zonal de Defensa Civil de la Zona Noreste "E", a la señorita regidora JULIA FUENTES PALACIOS, por las razones ex- puestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Transcríbase copia de la presente disposición, a las instancias correspondientes, para su estric- to cumplimiento. Regístrese, comuníquese y archívese. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 2150 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Modifican el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 04 La Punta, 28 de mayo de 1999 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de La Punta, en sesión ordinaria de fecha 28 de mayo de 1999, visto el proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos presentado con Informe Técnico Nº 05-99-MDLP/DM; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, se ha establecido la obligatoriedad, para todas las entidades de la Administración Pública, de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM se ha estable- cido las disposiciones reglamentarias requeridas para la modificación y actualización del TUPA; Que, las entidades de la Administración Pública depen- dientes de los Gobiernos Locales deben aprobar su corres- pondiente TUPA por Ordenanza Municipal; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, inciso 4) del Artículo 10º e inciso 1) del Artículo 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto aprobatorio unánime de los señores Regidores, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo Primero.- Aprobar las modificaciones al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de La Punta, las mismas que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Entiéndase que para la aplicación del derecho de pago establecido en el TUPA rige la Unidad Impositiva Tributaria vigente para 1999. Artículo Tercero.- El derecho de Trámite Adminis- trativo de los procedimientos establecidos en el TUPA as- ciende al 0.5% de la UIT vigente. Artículo Cuarto.- Los procedimientos administrativos que se sigan ante las distintas dependencias de la Municipa- lidad Distrital de La Punta, se regirán por lo prescrito en el Título IV del Decreto Legislativo Nº 757, por su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, por la pre- sente Ordenanza y supletoriamente por la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Artículo Quinto.- La Dirección Municipal queda encar - gada de editar el texto concordado del TUPA para 1999, la misma que podrá ser recabada por los interesados en la Tesorería de la Municipalidad Distrital de La Punta a un costo de 0.2% de la UIT vigente por hoja. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde