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Pág. 174879 NORMAS LEGALES Lima, martes 29 de junio de 1999 Oblitas para que, en representación del Ministerio de Econo- mía y Finanzas, participen en las citadas negociaciones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, el viaje de la señorita María del Carmen Rivera Pérez y del señor Julio Paz Soldán Oblitas a las ciudades de Miami, Estados Unidos de América, y Ginebra, Suiza, del 8 al 14 de junio de 1999, que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas participaron en las negociaciones a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán con cargo del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas: - Pasajes US$ 2 230,00 - Viáticos US$ 3 480,00 - Tarifa de CORPAC US$ 50,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los representantes cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 8528 ENERGIA Y MINAS Autorizan viaje de Coordinador del Pro- yecto PIA 2000 a Colombia para partici- par en evento sobre problema del cam- bio de milenio en el sector eléctrico RESOLUCION SUPREMA Nº 091-99-EM Lima, 22 de junio de 1999 Visto el Oficio G-1207-99, de fecha 21 de junio de 1999, del Gerente General de la Empresa ELECTROPERU S.A., soli- citando la autorización de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, del 21 al 23 de junio de 1999, se realizará el seminario - taller "Cambio de Milenio, una Perspectiva Técnica y Comercial del Problema en el Sector Eléctrico Colombiano", en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, Colombia, organizado por el Comité Colombiano de la CIER, COCIER y el Ministerio de Minas y Energía de Colombia; Que, el Directorio de ELECTROPERU S.A., en su Sesión Nº 1034, de fecha 9 de junio de 1999, mediante Acuerdo Nº O.D.9, aprobó el viaje del Ing. Enrique Collazos Cruzado, Coordinador del Proyecto PIA 2000, a la ciudad de Santa Fe de Bogotá, Colombia, del 20 al 24 de junio de 1999, para que asista al seminario - taller precitado; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Enrique Collazos Cruzado, Coordinador del Proyecto PIA 2000, del 20 al 24 de junio de 1999, a la ciudad de Santa Fe de Bogotá, Colombia, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, ascendentes a US$ 1,457.02 (Mil Cuatrocientos Cincuentisiete y 02/100 dólares americanos)serán cubiertos por ELECTROPERU S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 282.02 Inscripción US$ 150.00 Viáticos (US$ 200.00 x 5 días) US$ 1,000.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 ------------ TOTAL US$ 1,457.02 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 8529 EDUCACION Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Bibliote- ca Nacional del Perú DECRETO SUPREMO Nº 008-99-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, en concordancia con el Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Jurídica en materia Administrativa contenidas en dicha Ley, aproba- do por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se ha establecido la obligatoriedad, para todas las entidades de la Administra- ción Pública, de actualizar, aprobar y publicar anualmente sus correspondientes Textos Unicos de Procedimientos Ad- ministrativos - TUPA; Que, es necesario aprobar el Texto Unico de Procedi- mientos -TUPA- de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, de conformidad con el Artículo 22º del Decreto Legis- lativo Nº 757, se deben aprobar, por Decreto Supremo del sector correspondiente, los respectivos Textos Unicos de Procedi- mientos Administrativos -TUPA- de las entidades de la Admi- nistración Pública dependientes del Gobierno Central; Que, la Biblioteca Nacional del Perú constituye un Orga- nismo Público Descentralizado del Ministerio de Educación, según lo establecido por el Artículo 15º del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifica- do por la Ley Nº 26510; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Biblioteca Nacional del Perú, correspondiente al año 1999, en los términos del anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y que será de estricto cumplimiento en las dependencias de dicho Organismo. Artículo 2º.- Desígnese como la Oficina Unica de Trámi- te Documentario de la Biblioteca Nacional del Perú a la Oficina de Secretaría General, a través de la cual los intere- sados realizarán todas las gestiones y obtendrán la informa- ción que soliciten respecto al trámite o procedimiento que lleven a cabo ante la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación