Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 1999 (24/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

http://www.editoraperu.com.pe

ANO XVII - Nº 6908

Pag. 173511

AGRICULTURA
Autorizan viaje de representantes del SENASA para participar en el "IX Taller Evaluacion de Proyectos para un Desarrollo Sostenible en Latinoamerica", a realizarse en los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 043-99-AG MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1999 VISTA: La comunicacion de fecha 7 de MORDAZA de 1999 cursada por la University of Connecticut invitando a dos funcionarios del SENASA a participar en el "IX Taller Evaluacion de Proyectos para un Desarrollo Sostenible en Latinoamerica"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 125-97-EF se aprobo una Operacion de Endeudamiento Externo entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID destinada a financiar parcialmente el Proyecto: "Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria"; Que, para el cumplimiento de los objetivos del Proyecto: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria se contempla, entre otras acciones, la necesidad de capacitacion de los funcionarios, profesionales y tecnicos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en el contexto de un Plan de Capacitacion, a fin de mantenerlos a un nivel competitivo nacional e internacionalmente; Que, es necesario autorizar el viaje de dos funcionarios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, para participar en el "IX Taller Evaluacion de Proyectos para un Desarrollo Sostenible en Latinoamerica" que se desarrollara en la MORDAZA de Connecticut - Estados Unidos de Norte MORDAZA, del 24 de MORDAZA al 12 de junio de 1999; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27013, Decretos Supremos Nºs. 05384-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 03791-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Planificacion y del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Jefe de la Unidad de Ejecucion del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria; ambos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, a la MORDAZA de Connecticut - Estados Unidos de Norte MORDAZA, del 22 de MORDAZA al 14 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el presente viaje seran financiados integramente con los recursos previstos en el Contrato de Prestamo Nº 1025/ OC-PE, presupuestados en el Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria; Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria; Funcion 04: Agraria; Programa 009: Promocion de la Produccion Agraria; Subprograma 0045: Promocion Agraria; Proyecto 00517: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria; Componente 0699: Fortalecimiento Institucional; de acuerdo al siguiente detalle (ambos participantes): Pasajes US$ 2 329,88 Viaticos US$ 3 680,00 Tarifa Corpac US$ 50,00 -----------TOTAL US$ 6 059,88 Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Los funcionarios cuyo viaje se autoriza, dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno al MORDAZA, deberan presentar un informe al Titular del Pliego sobre la mision encomendada. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 6762

Disponen que plantas y productos agropecuarios que ingresen al Peru deben contar con certificados Fito y Zoosanitario del MORDAZA de origen
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0399-99-AG MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura, a traves del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en cumplimiento de sus funciones, viene realizando acciones en los puestos de control cuarentenario externos e internos, detectando e interceptando plantas y productos vegetales, animales y productos y subproductos de origen animal, que han sido introducidos al MORDAZA, incumpliendo las normas fito y zoosanitarias legales vigentes, constituyendose por ende, en un alto riesgo para la actividad agropecuaria nacional, y limitando seriamente las proyecciones de exportacion de los productos agropecuarios.

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