Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 1999 (19/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de octubre de 1999

"Arqueo de Fondos y Documentos Valorados al 31 de diciembre de 1998", contraviniendo de esta manera las Normas de Control Interno para el Sector Publico, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG, relacionada a la MORDAZA Nº 280-06, respecto a Documentacion Sustentatoria y Control de Saldos pendiente de rendicion de cuentas; Que, los hechos precedentemente expuestos constituyen faltas de caracter disciplinario previsto en los incisos a) y d) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276, por incumplimiento de las normas legales y haber demostrado negligencia en el desempeno de sus funciones y por no haber cumplido con las obligaciones previstas en los incisos a), b) y d) del Articulo 21º de la acotada MORDAZA legal; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 0414-99-ALC/MDLV de fecha 20 de setiembre de 1999, se designo la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios en aplicacion del Articulo 165º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Estando al Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al ex Jefe de la Unidad de Tesoreria, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Notifiquese la presente Resolucion al ex funcionario procesado a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Articulo Tercero.- El ex funcionario podra presentar los descargos y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, dentro del termino de cinco (5) dias utiles contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 13252

a fin de brindarles mayores posibilidades para la regularizacion de sus adeudos pendientes de pago; Que, a partir del presente ano se intensificaran las acciones de fiscalizacion y cobranza de acuerdo al Plan de Accion formulado por la Direccion de Rentas; Que, en tal sentido, es recomendable establecer un regimen de beneficio unico de regularizacion a favor de los contribuyentes omisos y subvaluadores en cuanto a la aplicacion de los reajustes e intereses moratorios de las deudas o diferencias tributarias y demas aspectos que faciliten la regularizacion; Estando a lo dispuesto en el Articulo 109º y el inciso 4) del Articulo 134º de la Ley Organica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA BENEFICIO UNICO DE REGULARIZACION A FAVOR DE OMISOS Y SUBVALUADORES DEL IMPUESTO PREDIAL Articulo 1º.- Creacion del Beneficio Crease el Beneficio Especial de Regularizacion a favor de los contribuyentes omisos a la MORDAZA de la declaracion jurada de autoavaluo y los contribuyentes subvaluadores del Impuesto Predial cuyos predios se ubiquen en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA del Mar. Articulo 2º.- Beneficios del Regimen Especial El Regimen Especial de Regularizacion otorga la rebaja del interes moratorio, factor de ajuste o factor de actualizacion en los porcentajes y plazos siguientes: - 100% para aquellos contribuyentes omisos o subvaluadores que por efecto de la regularizacion tengan deudas o diferencias pendientes de pago por concepto del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines, y Serenazgo correspondientes a los ejercicios 1993, 1994, 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999. Articulo 3º.- Monto de las multas tributarias Durante la vigencia de la presente ordenanza, se dispone la condonacion del 100% de las multas tributarias incluidos los intereses moratorios y factor de reajuste, suspendiendose los efectos legales de la Ordenanza Nº 007-99-MDMM. Articulo 4º.- Fraccionamiento de pago de la deuda rebajada Todas las deudas o diferencias derivadas de la regularizacion que se encuentren pendientes de pago al 31/12/98 por concepto del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales podran acogerse al pago fraccionado hasta en 36 cuotas mensuales, como MORDAZA, las que se cancelaran a partir del 1 de enero del ano 2000. No se aplicara factor de reajuste ni MORDAZA hasta el 1 de enero del ano 2000. El beneficio de fraccionamiento se pierde, si a su vencimiento no se cumple con cancelar oportunamente el MORDAZA Trimestre de los referidos tributos del ano 1999. El monto de las cuotas de fraccionamiento no debe ser inferior a S/. 25.00 mensuales. No se podran acoger al pago fraccionado, las personas naturales y juridicas que han sido fiscalizadas con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza; sin embargo, podran tener acceso a los descuentos o rebajas pertinentes de acuerdo a lo establecido en el Articulo 2º. Articulo 5º.- Plazo para acogerse al Beneficio El plazo para acogerse al Beneficio Unico de Regularizacion vence el 15 de noviembre de 1999. Articulo 6º.- Verificaciones posteriores al Beneficio El acogimiento al Beneficio Especial de Regularizacion no limita la facultad de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA para realizar verificaciones o fiscalizaciones posteriores a las deudas materia de acogimiento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion. Segunda.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 13263

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen beneficio de regularizacion a favor de contribuyentes omisos a MORDAZA de declaracion jurada de autoavaluo y subvaluadores de impuesto predial
ORDENANZA Nº 030-MDMM MORDAZA MORDAZA, 16 de octubre de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Extraordinaria Nº 09 de la fecha, adopto por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo estipulado en los Articulos 74º, 191º, 192º inciso 2) y 193º incisos 2) y 3) de la Constitucion, el Articulo 10º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 23853, asi como el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, es politica de la actual Administracion Municipal otorgar las maximas facilidades a los contribuyentes de la localidad,

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