Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 1999 (19/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de octubre de 1999

Delegan facultades a la Comision Permanente para aprobar la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos
RESOLUCION DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA Nº 005-99-2000-CR MORDAZA MARCENARO FRERS PRIMER VICEPRESIDENTE ENCARGADO DE LA PRESIDENCIA DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; HA DADO LA SIGUIENTE RESOLUCION: DELEGA FACULTADES A LA COMISION PERMANENTE PARA APROBAR LA LEY DE NORMAS GENERALES DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Articulo 1º.- Delegacion de facultades Delegase en la Comision Permanente del Congreso de la Republica la facultad de aprobar la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Articulo 2º.- Plazo Otorgase a la Comision Permanente 240 (doscientos cuarenta) dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion, para cumplir con lo dispuesto en el Articulo 1º tomando como base el anteproyecto elaborado por la Comision creada por Resolucion Ministerial Nº 198-97-JUS. Comuniquese, publiquese y archivese. Dada en el recinto del Congreso de la Republica, a los catorce dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica 13234

Que, conforme a lo establecido en el Articulo 1º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones del PETT, el plazo de duracion del mismo es hasta el 31 de diciembre de 1999; lo cual impediria no solo cumplir el compromiso asumido con la suscripcion del mencionado Contrato de Prestamo, sino ademas que quedarian pendientes de formalizar un numero mayor de predios rurales a nivel nacional distintos a los que se refiere el considerando precedente; Que, con el Censo Agropecuario de 1994, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Estadistica se determino la existencia de aproximadamente 3'117,127 de predios con propietarios sin regularizar; Que, por las consideraciones MORDAZA expuestas, resulta necesario ampliar el plazo de duracion de dicho Proyecto Especial; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliar el plazo de vigencia del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Agricultura, a que se refiere el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 006-98-AG, hasta el 31 de diciembre del 2001. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 13267

Modifican resolucion que adjudico predio MORDAZA a favor de la ex Direccion General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural
RESOLUCION SUPREMA Nº 111-99-AG MORDAZA, 18 de octubre de 1999 CONSIDERANDO:

AGRICULTURA
Amplian plazo de vigencia del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT
DECRETO SUPREMO Nº 040-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Octava Disposicion Complementaria de la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902, se creo el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia administrativa tecnica y economica, cuyo objetivo es titular y/o perfeccionar la titulacion para lograr la inscripcion registral de todos los predios rusticos adjudicados en aplicacion del derogado Decreto Ley Nº 17716 y normas modificatorias, complementarias y conexas; Que, con la aprobacion del actual Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, a traves del Decreto Supremo Nº 006-98AG, de fecha 24 de marzo de 1998, se ampliaron sus objetivos; siendo estos no solo la regularizacion de la propiedad de los predios rurales resultantes de la reforma agraria; sino tambien el saneamiento fisico y legal de los predios rurales de particulares; Que, por Decreto Supremo Nº 050-96-EF se designo al PETT como Organismo Subejecutor del Proyecto Titulacion y Registro de Tierras, en virtud de la suscripcion del Contrato de Prestamo Peru/BID Nº 906/OCPE entre el Gobierno Peruano y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, cuya finalidad es titular y registrar 1'100,000 predios rurales a MORDAZA del ano 2000;

Que mediante Resolucion Suprema Nº 924-70-AG, de fecha 27 de octubre de 1970, se adjudico a titulo gratuito a favor de la ex Direccion General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura con fines de reforma agraria, el predio MORDAZA denominado "Utcuyacu" con una extension superficial de 14,190 ha. 9,000 m2, ubicado en el distrito de Ticapampa, provincia de Recuay, departamento de Ancash; Que la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA, mediante Informe Nº 40-99-D-R-AGRIC-ANCASH/PETT del Asesor Legal del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, obrante a fojas 93 y siguientes, ha establecido que el referido predio MORDAZA se encuentra ubicado en el distrito Catac, provincia de Recuay, departamento de Ancash; Que por tal razon, resulta procedente modificar la Resolucion Suprema Nº 924-70-AG, en cuanto se refiere a la ubicacion del citado predio rustico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificase la Resolucion Suprema Nº 924-70AG de fecha 27 de octubre de 1970, en cuanto dice que el predio "Utcuyacu" esta ubicado en el distrito de Ticapampa, provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, debiendo decir que el citado predio MORDAZA se encuentra ubicado en el distrito de Catac, provincia de Recuay, departamento de Ancash; inscribiendose la presente Resolucion Suprema en el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos correspondientes. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 13270

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