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Pág. 191230 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de agosto de 2000 CONSIDERANDO: Que, según Informe Nº 050-00-MPCP-DABAST, de fe- cha 21.6.00, emitido por la Dirección de Abastecimiento, en donde se establece que siendo necesario la adquisición de Combustibles y Lubricantes, para el período comprendido entre junio a diciembre del 2000, para el mantenimiento y funcionamiento del Pool de Maquinarias de la Municipali- dad Provincial de Coronel Portillo, el cual tiene carácter de permanente, por el servicio que presta a la comunidad, por un valor referencial de S/. 429,795.90, a través de un Proceso de Licitación Pública, en la modalidad de Proceso de Selección por Items, de conformidad con la Ley Nº 26850 y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM y teniendo en cuenta el tiempo que toma la ejecución del citado Proceso de Selección hasta el otorgamiento de la Buena Pro, resultaría oportuno solicitar la aprobación de una Declaratoria de Urgencia para la adquisición suministro de estos bienes mediante la Adjudicación Directa de Menor Cuantía, por un período de 60 días, debiendo someter al Proceso de Selección corres- pondiente, respecto de los meses de agosto a diciembre 2000 respectivamente. Que, evaluado el documento antes referido, el Concejo Municipal por Unanimidad, mediante Acuerdo Nº 36-2000, adoptado en Sesión Extraordinaria Nº 11-2000 del 21 de junio del 2000, acordó: 1.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA de conformidad con el Art. 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la adquisición de COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES para asegurar la continuidad de la prestación de los servicios esenciales de limpieza pública y arreglo de vías, a través del manteni- miento y funcionamiento de los carros compactadores, Pool de Maquinarias y vehículos menores que prestan servicio en la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, por un período que no deberá exceder de sesenta (60) días, plazo dentro del cual se realizará el proceso de Licitación Pública para la adquisición de dichos bienes respecto del período comprendido de agosto a diciembre. 2.- EXONERESE DEL PROCESO DE LICITACION PUBLICA la adquisición de combustible y lubricantes antes descritos, durante el período que comprende la declaración de urgencia, para atender los requerimientos del suminis- tro de dichos bienes por el lapso de dos meses, según detalles: -PETROLEO DIESEL Nº 02, CONSUMO MENSUAL 10,125 GALONES -GASOLINA DE 84 OCTANOS, CONSUMO MEN- SUAL 1,200 GALONES -LUBRICANTES PARA SISTEMAS HIDRAULICOS - ACEITE SAE-10, CONSUMO MENSUAL 421.36 GA- LONES. -LUBRICANTE PARA MOTOR PETROLERO - ACEI- TE SAE-40, CONSUMO MENSUAL 383.25 GALO- NES. -LUBRICANTE PARA TRANSMISIONES - ACEITE SAE-90, CONSUMO MENSUAL 28.86 GALONES -LUBRICANTE PARA TRANSMISIONES - ACEITE SAE-140, CONSUMO MENSUAL 36.14 GALONES. -LUBRICANTE PARA MOTOR GASOLINERO - ACEI- TE SAE-40, CONSUMO MENSUAL 48 GALONES. La adquisición de estos bienes se efectuará mediante el procedimiento de ADJUDICACION DIRECTA DE MENOR CUANTIA, establecida en el D.S. Nº 039-98-PCM, Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3.- OTORGAR TODAS LAS FACULTADES, AL ALCAL- DE PROVINCIAL para que emita las Resoluciones de Alcaldía y demás disposiciones necesarias para el cumplimiento del presente acuerdo, en aplicación de lo dispuesto por el Inc. c) del Art. 20º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado. 4.- ENCARGAR a la Dirección Municipal y a la Oficina General de Administración, el cumplimiento de lo dispuesto en la correspondiente resolución, asimismo, la Oficina de Secretaría General, deberá hacer de conocimiento del Minis- terio de Economía y Finanzas, la Contraloría General de la República y la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, así como su respectiva publicación en el Diario Oficial El Peruano. 5.- ENCARGAR a la Oficina General de Asesoría Jurídica proyectar la Resolución respectiva para el cumplimiento del presente Acuerdo. Que, el Art. 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se considera situa- ción de Urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio competente en forma directa e inminente la continuidad de unservicio esencial o de operaciones productivas, o cuando la utilización de Licitación o Concurso no cumple función alguna debido a que los bienes no admiten sustitutos, o existiendo sustituto, éstos pueden afectar negativamente el servicio o proceso productivo. Que, el Art. 19º, inciso c), de la citada Ley, describe que están exonerados de Licitación Pública y Concurso Público, las adquisiciones y Contrataciones que se realicen en SITUA- CION DE URGENCIA, el Art. 20º de la misma norma, precep- túa que la adquisición a que se refiere el artículo precedente se realiza mediante procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Que, existiendo un hecho de gravedad, como es el pre- sente caso, la situación de urgencia concuerda con la pres- cripción del Art. 21º de la Ley Nº 26850, es procedente autorizar la compra bajo la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo con lo prescrito en el Art. 20º de la acotada norma, complementado con el Art. 44º, Inc. c) de su Reglamento; Que, con las facultades conferidas por el Inc. c) del Art. 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850 y Art. 44º, Inc. c) del D.S. Nº 039- 98-PCM y Art. 47º, Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipali- dades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA de conformidad con el Art. 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la adquisición de COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES para asegurar la continuidad de la prestación de los servicios esenciales de limpieza pública y arreglo de vías, a través del mantenimiento y funcionamiento de los carros compactadores, Pool de Maquinarias y vehículos menores que prestan servicio en la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, por un período que no deberá exceder de sesenta (60) días, plazo dentro del cual se realizará el proceso de Licitación Pública para la adquisición de dichos bienes respecto del período comprendido de agosto a di- ciembre, en mérito al Acuerdo Nº 36-2000, de Sesión Extraordinaria Nº 11-2000 de fecha 21 de junio del 2000. Artículo Segundo.- EXONERESE DEL PROCESO DE LICITACION PUBLICA la adquisición de combustible y lu- bricantes antes descritos, durante el período que comprende la declaración de urgencia, según detalle: -PETROLEO DIESEL Nº 02, CONSUMO MENSUAL 10,125 GALONES. -GASOLINA DE 84 OCTANOS, CONSUMO MENSUAL 1,200 GALONES. -LUBRICANTES PARA SISTEMAS HIDRAULICOS - ACEITE SAE-10, CONSUMO MENSUAL 421.36 GA- LONES. -LUBRICANTE PARA MOTOR PETROLERO - ACEI- TE SAE-40, CONSUMO MENSUAL 383.25 GALO- NES. -LUBRICANTE PARA TRANSMISIONES - ACEITE SAE-90, CONSUMO MENSUAL 28.86 GALONES. -LUBRICANTE PARA TRANSMISIONES - ACEITE SAE-140, CONSUMO MENSUAL 36.14 GALONES. -LUBRICANTE PARA MOTOR GASOLINERO - ACEI- TE SAE-40, CONSUMO MENSUAL 48 GALONES. Que, la adquisición de estos bienes se efectuará median- te el procedimiento de ADJUDICACION DIRECTA DE MENOR CUANTIA, establecida en el D.S. Nº 039-98-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- DISPONER que el egreso que genere la adquisición de los bienes descritos en el artículo precedente, será con cargo a la asignación presupuestal: ASIGNACION: 6.5.11.23. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Municipal y a la Oficina General de Administración, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, asimismo, la Oficina de Secretaría General, deberá hacer de conocimiento del Minis- terio de Economía y Finanzas, la Contraloría General de la República, la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, así como su respectiva publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina General de Asesoría Jurídica proyectar la Resolución respectiva para el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. SEGUNDO PEREZ COLLAZOS Teniente Alcalde (e) Despacho de Alcaldía 8760