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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (02/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 191225 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de agosto de 2000 Municipalidades Nº 23853, corresponde a las Municipalidades Provinciales a través de sus Concejos Municipales, aprobar los Planes urbanos, que en el caso de la provincia de Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, en cumplimiento del procedimiento establecido en el Art. 13º de la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997, la Municipalidad Distrital de San Borja y el Instituto Metro- politano de Planificación han emitido Informes técnicos res- pecto al cambio de zonificación, y conforme a lo previsto en el Artículo 13º, inciso "d" de la misma Ordenanza se ha puesto en conocimiento de los vecinos la solicitud de modificación de zonificación; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano mediante Dicta- men Nº 020-2000 de fecha 16 de marzo del 2000, ha emitido opinión favorable al cambio de zonificación señalado en el considerando anterior; De conformidad con lo establecido en el Artículo 134º incisos 2) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los Artículos 18º, 24º, 26º y 30º del Reglamento de Acondiciona- miento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC y la Ordenan- za Nº 134 del 19 de diciembre de 1997; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE MODIFICACION DEL PLANO DE ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Unico.- Aprobar la modificación del Plano de Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo, correspondiente al distrito de San Borja, a solicitud y mediante el expediente que se especifica, en los siguientes términos: Nº Expediente Solicitante Cambio Opinión 043895-98-CDSB Miguel Elías Caldas Pérez R2 a R5 PROCEDE POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 8771 MUNICIPALIDAD DE ANCON Autorizan al alcalde suscribir con- venio de contribución económica relativo a la transferencia de servi- cios de agua y alcantarillado de la municipalidad a favor de SEDAPAL ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2000 (Que, en el libro de Sesiones de Concejo de la Munici- palidad de Ancón, en Sesión Ordinaria de fecha 2000-7-25, corre inscrita el Acuerdo de Concejo Nº 051-2000) Sometido a votación para la suscripción del CONVENIO DE CONTRIBUCION ECONOMICA DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE ANCON RE- LACIONADO CON LA TRANSFERENCIA DE LOS SERVI- CIOS Y ACTIVOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLA- DO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON A FAVOR DE SEDAPAL, se acuerda por mayoría de votos, 4 votos a favor y un voto de abstención por parte del Dr. Hildebrando Castillo Gallardo, Autorizar al Sr. Alcalde la suscripción de dicho Convenio, asimismo la ayuda económica de la Asociación de Propietarios de Ancón serán aplicados única y exclusivamente al pago de las obligaciones que tiene la Municipalidad con los trabajadores que vienen prestando servicio en la Unidad de Agua y Alcantarillado, que son los siguientes: - Leoncio Rodríguez Basurto - Amancio Carbajal Rivera - Manuel León Falcón- Anacleto Barrera Santisteban - Felipe Cajas Torres - Roberto Isidoro Urquieta Gómez. Que dichos trabajadores dejarán de pertenecer a la Muni- cipalidad de Ancón a partir del 1 de agosto del año 2000, en mérito a la suscripción del Convenio. MIGUEL ORTECHO ROMERO Alcalde 8762 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Aprueban cuadro de derechos por ser- vicios administrativos prestados por la municipalidad ORDENANZA Nº 34 Jesús María, 14 de julio de 2000 LA TENIENTE ALCALDESA DE JESUS MARIA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Jesús María, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 10º - inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, señala en forma expresa que las municipalidades son competentes para crear arbitrios y derechos conforme a ley; Que, los Artículos 66º y 68º - inciso b) de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, establece que las municipalidades podrán imponer tasas por servicios administrativos o derechos y de acuerdo a la Ordenanza Nº 09- 99/MJM; Que, es necesario revisar y/o actualizar el cuadro de derechos para la jurisdicción de Jesús María; Que, para tal efecto, la Comisión de Planificación, Econo- mía y Presupuesto ha evaluado con la Oficina de Administra- ción de Tributos y Rentas, instancia a través de la cual se coordinó con todas y cada una de las dependencias municipales a fin de contar con el sustento técnico-económico y las conside- raciones sociales que justifiquen el pago de cada uno de los conceptos cobrados; Que, en ese sentido, la Comisión de Planificación, Econo- mía y Presupuesto distribuyó entre sus miembros el trabajo de análisis y evaluación de los distintos conceptos de derechos cobrados, contando además con el aporte de otros Regidores, a efectos de que cada uno, de acuerdo a su especialización, emitiera su opinión al respecto; Que, luego de las reuniones efectuadas entre los miembros de la Comisión de Planificación, Economía y Presupuesto, la Directora de la Oficina de Administración de Tributos y Rentas y los funcionarios responsables de las áreas correspon- dientes, quienes sustentaron sus propuestas; y, En uso de las facultades que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, en los Artículos 36º, 94º, 110º y la Ley de Tributación Municipal - Decreto Legislativo Nº 776, por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Unico.- Aprobar el CUADRO DE DERECHOS POR LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS QUE PRESTA LA MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA que a continuación se detalla: SECRETARIA GENERAL UNIDAD DE TRAMITE DOCUMENTARIO Código Descripción .............................................................................. Monto en S/. 1000 Copias literales certificadas que obran en los expedientes - por hoja ................................................................................... 10.00 - por hoja adicional .................................................................... 4.50 1001 Copias certificadas de Resoluciones de Alcaldía, Decretos, Acuerdos, Edictos, Ordenanzas, Resoluciones de Concejo ........ 15.00 1002 Por cada constancia certificada .................................................. 22.00