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Pág. 192188 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de agosto de 2000 CONSIDERANDO: Que, el señor Jaime Reynaldo Iberico Iberico ha formulado renuncia al cargo de Superintendente Nacio- nal de Administración Tributaria, al que fuera designa- do mediante Resolución Suprema Nº 310-98-PCM de fecha 5 de junio de 1998; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jaime Reynaldo Iberico Iberico al cargo de Superintendente Nacional de Administración Tri- butaria, dándosele las gracias por los servicios pres- tados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 9848 Designan Superintendente Nacional de Administración Tributaria RESOLUCION SUPREMA Nº 250-2000-EF Lima, 26 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar al Superintendente Nacio- nal de Administración Tributaria; De conformidad con el Artículo 7º del Decreto Legisla- tivo Nº 501, Ley General de Superintendencia de Admi- nistración Tributaria - SUNAT, y el Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor Enrique Díaz Ortega como Superintendente Nacional de Administra- ción Tributaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 9849 Designan Superintendente Nacional de Aduanas RESOLUCION SUPREMA Nº 251-2000-EF Lima, 26 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 168-99-EF se encargó al señor José Herrera Meza, Superintendente Ejecutivo, las funciones de Superintendente Nacional de Aduanas;Que, es necesario designar al funcionario que desempeñe el cargo de Superintendente Nacional de Aduanas; De conformidad con el Artículo 7º del Decreto Ley Nº 26020, Ley Orgánica de la Superintendencia Nacional de Aduanas, y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Arturo Ramírez Salomón como Superintendente Nacional de Adua- nas. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 168-99-EF, por la cual se encargó al señor José Herrera Meza, Superintendente Ejecutivo, las funciones de Superintendente Nacional de Aduanas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 9850 Directiva de Formulación del Plan Ope- rativo, Convenios de Gestión y Presu- puesto de las Empresas bajo el ámbito del FONAFE para el Año 2001 (Aprobada por el Directorio del FONAFE, mediante Acuerdo Nº 114-2000/012-FONAFE) I. GENERALIDADES 1.1. Objetivo Normar la Formulación del Plan Operativo, Conve- nios de Gestión y Presupuesto de las Empresas del Estado bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financia- miento de la Actividad Empresarial del Estado - FONA- FE, para el Ejercicio Económico del año 2001, con la finalidad de lograr la integración y complementariedad entre estos instrumentos que son necesarios, para con- tribuir eficazmente al logro de los intereses del Estado y la ciudadanía. 1.2. Base Legal - Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. - Ley Nº 27170 - Ley del Fondo Nacional de Finan- ciamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, su Reglamento, y modificatorias. - Ley Nº 24948 - Ley de la Actividad Empresarial del Estado, su Reglamento y modificatorias. - Ley Nº 27245 - Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal. - Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inver- sión Pública y su Reglamento. 1.3. Ambito Las normas de la presente Directiva son de aplicación a las Empresas comprendidas dentro de la Actividad Empresarial del Estado conforme a lo establecido en la Ley Nº 27170 - Ley del Fondo Nacional de Financiamien- to de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, modificatorias y Reglamento. 1.4. Excepción Precísase que quedan exceptuadas de la aplicación de la presente Directiva, las Empresas no operativas y las