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Pág. 183994 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de febrero de 2000 Servicios de Saneamiento - TRASS, las que le sean asignadas por la SUNASS mediante Resolución de Superintendencia; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 18º de la Ley Nº 26284, el Artículo 44º del Decreto Supremo Nº 24-94-PRES, modifica- do por el Decreto Supremo Nº 009-2000-EF y el Artículo 17º literal i) del Manual de Organización y Funciones de la SUNASS, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 138-2000-SUNASS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delégase en el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de los usuarios de Servicios de Saneamiento - TRASS, la competencia para resolver en tercera y última instancia administrativa, los procedimientos de reclamos inicia- dos antes de la entrada en vigencia de la nueva Directiva Procesal de atención de reclamos de usuarios de saneamiento, aprobada por Resolución de Superintendencia Nº 765-99/SUNASS. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE MONCADA MAU Superintendente 2003 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Establecen remuneración de alcalde- sa y dieta de regidores por asistencia a sesiones de concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2000-CDB Barranco, 9 de febrero del 2000 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 21º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26317, los Alcaldes y Regidores son rentados conforme lo permita el Presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada muni- cipio y previo acuerdo del respectivo Concejo Municipal, adoptado una vez al año, hasta el 31 de marzo de cada ejercicio Presupuestal; Que, la percepción de la dieta está condicionada a la asisten- cia efectiva de los Regidores a las Sesiones de Concejo, quienes adicionalmente cumplen labores en apoyo a la Municipalidad y a la comunidad en general, directamente o a través de las comisio- nes que integran, lo que les demanda mayor tiempo de trabajo; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 008-99-CDB de fecha 28 de enero de 1999, se aprobó el monto por concepto de dieta a percibir por los señores Regidores del Concejo Distrital de Barranco, y se fijó la remuneración mensual de la Alcaldesa, para el ejercicio presupuestal 1999, basados en un porcentaje de la Unidad Impo- sitiva Tributaria - UIT; Que, la Unidad Impositiva Tributaria, para el Ejercicio Presu- puestal 2000 ha sido elevada a S/. 2,900.00 lo que significaría un incremento a la remuneración mensual de la Alcaldesa y a la dieta a percibir por los señores Regidores del Concejo Distrital de Barranco; Que, la Alcaldesa y los Regidores miembros del Concejo Distrital de Barranco, considerando la difícil situación económica que atraviesa la Municipalidad de Barranco, han considerado oportuno mantener los mismos montos percibidos durante el Ejercicio Presupuestal 1999; Que, el monto por concepto de dietas y remuneración del Alcalde se encuentra previsto en el Presupuesto 2000 de la Municipalidad Distrital de Barranco, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 052-99-CDB, de fecha 22 de diciembre de 1999; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades y con el voto unánime de sus miembros; ACUERDA: Artículo Primero.- Disponer que, para el Ejercicio Presu- puestal 2000, los montos de la remuneración mensual de la Alcaldesa, y de la dieta a percibir por cada Regidor del Concejo Distrital de Barranco por su asistencia efectiva hasta un máximo de 2 Sesiones de Concejo, serán los mismos que se percibieron en el Ejercicio Presupuestal 1999. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General y a la Dirección de Administración, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 2045MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban contratación del servicio de disposición final de residuos sólidos mediante proceso de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCION Nº 0319-2000-RAM Miraflores, 17 de febrero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Visto, el Informe Nº 001-2000-CE/MM de fecha 15 de febrero de 2000 del Comité Especial designado por Resolución de Alcaldía Nº 4219-99-RAM, para conducir el Concurso Público Nº 003-99- CE/MM, en el cual solicitan se autorice realizar una Adjudicación Directa de Menor Cuantía para la Contratación de una Empresa Especializada que brinde el Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos de la Municipalidad de Miraflores, por el período comprendido de marzo a diciembre del año 2000. CONSIDERANDO: Que, es necesario que la Municipalidad de Miraflores, cuente con el Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos, para evitar la acumulación de los mismos, cuya descomposición puede comprometer la salud de los vecinos del distrito; Que, para la contratación del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos, se convocó a Concurso Público Nº 003-99-CE/ MM, la misma que fue declarado Desierto en el acto de recepción y apertura de propuestas de fecha 23 de diciembre de 1999, por haberse presentado un solo postor, decidiéndose realizar una Segunda Convocatoria con el mismo objeto; Que, con fecha 14 de febrero del año 2000, se realizó el Acto de Recepción y Apertura de Propuestas del Concurso Público Nº 003- 99-CE/MM - Segunda Convocatoria, la misma que también fue declarado Desierto al haberse presentado un solo postor; Que, el inciso f) del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley Nº 26850), señala que están exonerados del requisito de Licitación Pública y Concurso Públi- co, las Adquisiciones y Contrataciones cuyo proceso de selección haya sido declarado Desierto en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado Desierto en dos oportunidades el Concurso Público Nº 003-99-CE/MM, es proce- dente autorizar en vía de excepción, la Contratación del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos, por el período de marzo a diciembre del año 2000, a través de una Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 20º de la Ley Nº 26850; Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso c) del Artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley Nº 26850), la Exoneración del Proceso de Selección, debe ser Aproba- do por Resolución de la Máxima Autoridad de la Entidad; Que, para los efectos anteriormente referidos, es necesario la formalización del Acto Administrativo, que apruebe la exonera- ción del Proceso de Selección antes referido; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 23853) y la Ley Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar de conformidad con las Normas Legales pertinentes, la Contratación del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos de la Municipalidad de Miraflores, por el período comprendido de marzo a diciembre del año 2000, a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Segundo.- Disponer que la Secretaría General de la Munici- palidad de Miraflores, ponga de conocimiento la presente Resolu- ción a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido por la Ley. Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- Encargar a la Subdirección de Abastecimiento, el cumplimiento de lo dispuesto en el Punto Primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS BEDOYA DE VIVANCO Alcalde 2012