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Pág. 184025 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de febrero de 2000 ADUANAS FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000252 Por Oficio Nº 177-2000-ADUANAS/SG, la Superin- tendencia Nacional de Aduanas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia de Adua- nas Nº 000252, publicada en nuestra edición del 17 de febrero de 2000, en la página 183810. DICE: Artículo 1º: AMPLÍASE hasta el 31 de marzo del 2000, el plazo establecido en el Art. 1º de la Resolución de Superinten- dencia de Aduanas Nº 001064 del 18.10.1999, sólo para las deudas comprendidas en el inciso c) de la mencionada Resolución. DEBE DECIR: Artículo 1º: AMPLÍASE hasta el 31 de marzo del 2000, el plazo establecido en el Art. 1º de la Resolución de Superinten- dencia de Aduanas Nº 001064 del 18.10.1999, sólo para las deudas comprendidas en los incisos b) y c) de la menciona- da Resolución. 2102 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Precisan ordenanza relativa al reempa- dronamiento de conductores de mer- cados municipales ubicados en el dis- trito ORDENANZA Nº 6 Breña, 14 de febrero del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo en Sesión Ordinaria de la fecha, VISTO: El Dictamen de la Comisión de Servicios a la Comuni- dad de fecha 11 de febrero del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 191º establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Inc. 2) del Artículo 71º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades Dis- tritales son competentes para sostener o supervigilar los mercados, que es un servicio público esencial para la comunidad; Que, mediante Ordenanza Nº 1 de fecha 28 de enero del 2000, se dispuso condonar los adeudos de merced conductiva a los conductores de puestos, tiendas y stand de los mercados municipales de Breña, disponiendo su empadronamiento a través de un pago de S/. 200 por cada unidad de su establecimiento, para lo cual la Administra- ción otorgaría el Certificado correspondiente; Que, dentro del proceso anteriormente señalado, es necesario tener en consideración que existe un gran número de conductores con documentación vencida o desactualizada, a quienes desde sus inicios la corporación edil les adjudicó los citados establecimientos; Que, ante la última consideración expuesta, evaluan- do la situación presentada y con miras a conseguir la regularización integral de los conductores instalados enmercados de propiedad municipal, atendiéndose el cla- mor de este sector social, a fin de un adecuado saneamien- to legal, y en consideración a que los referidos conductores por años se han constituido en la fuerza motriz de nues- tros mercados municipales en beneficio del vecindario; es preciso dictar las medidas complementarias a fin de lo- grar los objetivos trazados en la Ordenanza Nº 1; Por las consideraciones expuestas el Concejo Munici- pal de Breña, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA PRECISA EL ARTICULO 2º DE LA ORDENANZA Nº 1, SOBRE REEMPADRONAMIENTO DE CONDUCTORES DE MERCADOS MUNICIPALES DE BREÑA Artículo Unico.- PRECISAR el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1, de la siguiente manera: A) Los conductores de puestos y stand cuyo Contrato de Adjudicación se encuentre vencido, por cada unidad de su establecimiento, abonarán el importe de S/. 100. B) Aquellos que no tienen vínculo legal alguno con la Municipalidad de Breña, por los puestos y stand que ocupan, continuarán abonando el importe de S/. 200. C) Los conductores de tiendas continuarán abonando el importe de S/. 200. Los importes indicados serán abonados únicamente entre el 14 de febrero y el 22 de febrero del 2000, en que vencerá indefectiblemente el plazo del empadronamiento establecido por la Ordenanza Nº 1. Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias a la pre- sente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 2106 Dejan sin efecto resoluciones que designaron miembros de comisión de privatización de los mercados munici- pales RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0044-2000-DA/MDB Breña, 10 de febrero del 2000 VISTO: El Informe Nº 035-2000-DIV.MSCI-DSC-MDB del Jefe de la División de Mercados. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26569 dispuso la Privatización de los Mercados de Propiedad Municipal, considerando en pri- mera oferta y con opción de compra a los conductores de dichos Mercados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-96-Pres, se establece el Reglamento de la Ley Nº 26569, el mismo que en su Art. 8º preceptúa y dispone la creación de las Comisiones de Privatización de cada mercado público; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 176-96-DA/ MDB y su ampliatoria, Resolución de Alcaldía Nº 235-96, el extinto Alcalde del anterior gobierno municipal don Carlos Salazar Beraún, designó en forma específica a los miembros de la Comisión de Privatización de los Merca- dos de Propiedad de la Municipalidad de Breña; Que, en tal virtud, debe advertirse que, a la fecha, la mayoría de los integrantes de las Comisiones de Privati- zación pertenecientes a la anterior gestión municipal, no guardan vínculo alguno con la Municipalidad y, más aún, no lograron cumplir en su momento con los objetivos precisados en la Ley Nº 26569 y su Reglamento indicado;