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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (22/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 184012 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de febrero de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país, siendo reglamentada mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; Que, para la autorización y registro de modelos y programas de juego que pretenden explotarse en el país, éstos deben someterse a exámenes técnicos previos ante el laboratorio de una entidad autorizada por la Dirección Nacional de Turismo; Que, las entidades autorizadas no podrán concluir todas sus evaluaciones actualmente pendientes en un plazo de cinco meses; Que, por otro lado, actualmente existen varios mode- los y programas de juego que cuentan con autorización y registro otorgado por la Dirección Nacional de Turismo; Que, la autoridad administrativa no puede dejar de resolver las cuestiones que se les proponga por deficiencia propia; Que, en consecuencia, es necesario autorizar a la Dirección Nacional de Turismo para que por excepción permita hasta el 31 de julio de 2000 la explotación de máquinas tragamonedas y memorias de solo lectura que correspondan a modelos y programas que no han sido autorizados y registrados, siempre que se cumpla con los demás requisitos legales exigidos para la obtención de la autorización expresa; Que, reviste interés nacional que el Estado ordene las actividades vinculadas a la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, por lo que resulta necesario dictar medidas complementarias a las señaladas; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Si durante el procedimiento de solicitud de autorización expresa, se verifica la existencia de máquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspon- dan a modelos y programas de juego autorizados y registra- dos; la Dirección Nacional de Turismo podrá permitir su explotación hasta el 31 de julio del año 2000, siempre y cuando se cumplan con los demás requisitos legales exigidos para la obtención de la autorización expresa. La resolución de autorización deberá indicar de mane- ra precisa la cantidad de máquinas tragamonedas e iden- tificación de modelos y programas de juego que aún no cuenten con autorización y registro. Artículo 2º.- A partir del 1 de agosto del año 2000 todas las máquinas tragamonedas y memorias de solo lectura que exploten los titulares de una autorización expresa deberán corresponder a modelos y programas de juego autorizados y registrados de conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, bajo sanción de caducidad automática de la autorización expresa. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 2123 INTERIOR Cesan Prefecto del departamento de La Libertad RESOLUCION SUPREMA Nº 0162-2000-IN-1501 Lima, 21 de febrero del 2000CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 0228-99-IN de fecha 28 de mayo de 1999, se nombró al señor Orlando GA- LLOSO RABINES, como Prefecto del departamento de La Libertad; De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983; SE RESUELVE: CESAR en el cargo de Prefecto del departamento de La Libertad, al señor Orlando GALLOSO RABINES. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 2126 Nombran Prefecto del departamento de La Libertad RESOLUCION SUPREMA Nº 0163-2000-IN-1501 Lima, 21 de febrero del 2000 De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983; SE RESUELVE: NOMBRAR Prefecto del departamento de La Liber- tad, al señor Segundo Alejandro CHANG SOTERO. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 2127 Conceden nacionalidad peruana a ciudadana china RESOLUCION SUPREMA Nº 0164-2000-IN-1606 Lima, 21 de febrero del 2000 Vistos, la solicitud y documentos presentados por doña: Chic Yin LION XIE de nacionalidad china, sobre otorgamiento de nacionalidad peruana por naturaliza- ción, que obran en el Expediente Nº 024628 del 25.A- GO.98. CONSIDERANDO: Que, se cumplen los requisitos exigidos por el Art. 52º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 26574 -Ley de Nacionalidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-IN del 23.MAY.97, Ley Nº 25035 -Ley de Simplificación Administrativa y Decreto Legislativo Nº 370 -Ley Orgánica del Ministerio del Interior; y, Estando a lo acordado;