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Pág. 186766 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de mayo de 2000 Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 5472 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Convalidan factores de aplicación y condonan intereses moratorios de tri- butos de los ejercicios 1994 a 1997 ORDENANZA N° 31-MSS Santiago de Surco, 11 de mayo de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO; POR CUANTO : El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión extraordinaria de la fecha y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 33º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el tributo no pagado dentro del plazo de ley, devenga un interés equivalente a la Tasa de Interés Moratorio (TIM), el cual no podrá exceder del veinte por ciento (20%) por encima de la tasa activa del mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca y Seguros el último día hábil del mes anterior; Que, la Administración ha detectado la existencia de diferencias en la aplicación de los factores de interés moratorio de los ejercicios 1994, 1995, 1996 y 1997, lo cual podría ocasionar un incremento en la deuda pen- diente de pago; Que, es función de la Municipalidad facilitar el cum- plimiento de las obligaciones tributarias de los contribu- yentes para lo cual se brinda las mayores facilidades del caso; Que, si se modifican los factores de aplicación de interés moratorio, se perjudicaría a los contribuyentes que se acerquen a la Corporación a regularizar sus pagos, al elevar los intereses moratorios que adeudan sin explicación aparente; Que, dicha modificación igualmente acarrearía el surgimiento de saldos por pagar a contribuyentes a quienes en su momento se les aplicó los factores de actualización, vigentes a la fecha en los que se ha detectado diferencias; Que, dada la recesión y las condiciones económicas por las que atraviesa el país, no es conveniente afectar más la economía de los vecinos del distrito; Que, el Artículo 41º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, establece que los gobiernos locales podrán condonar los intereses moratorios de los tributos que administren; Que, según los Informes N° 078-2000-OR-MSS de la Oficina de Rentas, Nº 525-2000-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoría Jurídica y Nº 059-2000-OPP-MSS de la Oficina de Planificación y Presupuesto, y de conformidad con lo opinado por la Comisión de Economía, Planifica- ción y Presupuesto mediante Dictamen Nº 12-2000- CEPP/MSS; Estando a lo dispuesto en los Artículos 36° inciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aproba- ción del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero .- Convalidar los factores de apli- cación de interés moratorio de los años 1994, 1995, 1996 y 1997, empleados por la Oficina de Rentas.Artículo Segundo.- Condonar el interés moratorio de los Tributos de los años 1994, 1995, 1996 y 1997 dejados de percibir con la aplicación de las tablas conva- lidadas en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 5421 Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Munici- palidad ORDENANZA Nº 30-MSS Santiago de Surco, 11 de mayo de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en los Artículos 21º y 22º del Decreto Legislativo Nº 757 -Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada- las entidades de la Administración Pública, entre las que se incluye a los Gobiernos Locales, deberán aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) antes del 30 de junio de cada año; Que, habiéndose efectuado las propuestas de modifi- cación y actualización del TUPA vigente, aprobado me- diante Ordenanza Nº 006-99-MSS, resulta necesario aprobar el nuevo TUPA a aplicarse en el año 2000, de acuerdo a las disposiciones de seguridad jurídica en materia Administrativa contenida en la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada; Que, el Artículo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Adminis- trativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, establece que sólo procederá el cobro de derechos de tramitación por parte de las entidades de la Administra- ción Pública, cuando esté autorizado por Ley y conste en el TUPA; De conformidad con lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto mediante Dic- tamen Nº 011-2000-CEPP/MSS y estando a lo dispues- to en los Artículos 36º numeral 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Decreto Legislativo Nº 757 y el Artículo 36º del Decreto Supre- mo Nº 094-92-PCM, por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó la siguiente: ORDENANZA Artículo Unico .- Aprobar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2000, el mismo que forma parte de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde