Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2000 (20/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 20 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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recen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolucion, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa MERCHANT INVESTMENTS CORPORATION S.A. se encontraba autorizada para explotar juegos de maquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentar la documentacion y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Articulo 23º de la Ley Nº 27153 y el Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa MERCHANT INVESTMENTS CORPORATION S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002 Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 5565 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 146-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003237-2000-MITINCI, presentado por la empresa MORDAZA GRUPO DIVERSION S.A. solicitando Autorizacion para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en las instalaciones del Hotel denominado "BRUCE HOTEL" con categoria de Cinco (5) Estrellas sito en Jr. MORDAZA Bolognesi Nº 171, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; el Informe Legal Nº 1822000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/g.z.; el Informe Economico Financiero Nº 001-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/LAT y el Informe Tecnico Nº 078-2000-MITINCI/ VMT/DNT/DE-JCMT/AT-e.b.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de marzo del 2000 la empresa MORDAZA GRUPO DIVERSION S.A. solicita autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas en las instalaciones del Hotel denominado "BRUCE HOTEL" con categoria de Cinco (5) Estrellas, ubicado en Jr. MORDAZA Bolognesi Nº 171, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluacion del Expediente Nº 0032372000-MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0012000-ITINCI;

De conformidad con la Ley Nº 27153, Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa MORDAZA GRUPO DIVERSION S.A. la explotacion de los juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "BRUCE HOTEL", con giro principal de funcionamiento correspondiente a Establecimiento de Hospedaje, Clasificado como Hotel con categoria de Cinco (5) Estrellas, ubicado en Jr. MORDAZA Bolognesi Nº 171, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa MORDAZA GRUPO DIVERSION S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, doscientos doce (212) maquinas tragamonedas y noventa y tres (93) memorias de solo lectura de programas de juego, cuyas caracteristicas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizadas. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa MORDAZA GRUPO DIVERSION S.A. contaba con autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentarse al procedimiento descrito en el Articulo 23º de la Ley Nº 27153 y Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa MORDAZA GRUPO DIVERSION S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 23 de MORDAZA del 2004. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 5566

PRES
Aprueban donacion de vehiculos a favor del CTAR MORDAZA, destinados a labores de supervision de obras de infraestructura
RESOLUCION SUPREMA Nº 044-2000-PRES MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2000 Visto el Oficio Nº 0028-2000/CTAR PIURA-P-STGRA-SGBR de fecha 7 de enero del 2000, del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional, CTAR-Piura. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Presidencia es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley Organica aprobada por Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, que tiene entre sus funciones atender las necesidades de la poblacion, a traves del desarrollo de obras de infraestructura basica y programas sociales; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 063-95 del 12 de diciembre de 1995, se autorizo al Ministerio de Economia y Finanzas a adquirir trescientas (300) camionetas Pick Up, doble traccion, a favor del Ministerio de la Presidencia para

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