Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2000 (20/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 20 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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recuperacion de los montos reparados a que alude la parte considerativa de la presente norma. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador para los fines a que se contrae la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese.

INTERIOR

Actualizan y modifican el MORDAZA del Ministerio del Interior, en lo relativo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA la Direccion General de Control de Ministro de la Presidencia Servicios de Seguridad, Control de 5640 MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Autorizan a procurador iniciar proce- Civil - DICSCAMEC DECRETO SUPREMO so judicial contra empresa por saldo Nº 004-2000-IN deudor proveniente de liquidacion EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA final del Contrato de Obra "Canal PrinCONSIDERANDO: cipal Saposoa"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 098-2000-PRES MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2000 VISTO: El Oficio Nº 0051-2000-INADE-1101-OGAJ, de la Jefatura del Instituto Nacional de Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado de la Licitacion Publica Nº 00396-INADE-DEPEHCBM, el Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo MORDAZA otorgo la Buena Pro para la ejecucion de la obra "Canal Principal Saposoa", al contratista MORDAZA Hnos. S.R.L.; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 116-98-INADE-6101.02, de fecha 30 de diciembre de 1998, se aprobo la Liquidacion Final del Contrato de Obra "Canal Principal Saposoa", determinandose un saldo deudor a favor del citado Proyecto Especial, ascendente a S/. 437,430.64 (Cuatrocientos Treintisiete Mil Cuatrocientos Treinta y 64/100 Nuevos Soles); Que, al no haber sido impugnada la citada Resolucion Directoral, ha quedado legalmente consentida; Que, el Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo MORDAZA, a traves de reiteradas cartas notariales ha requerido al contratista la devolucion del saldo deudor acotado, sin resultados positivos al respecto; Que, la Oficina de Administracion del referido Proyecto Especial ha practicado una liquidacion de intereses del saldo deudor al 15 de diciembre de 1999, la misma que asciende a S/. 105,123.10, lo que hace un total adeudado de S/. 542,553.74 (Quinientos Cuarentidos Mil Quinientos Cincuentitres y 74/100 Nuevos Soles); Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico del Sector, a fin de que inicie y prosiga la accion judicial correspondiente contra el indicado deudor, por la suma senalada en el considerando anterior, mas los intereses que se generen hasta la fecha de su total cancelacion; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 12º Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25556 "Ley Organica del Ministerio de la Presidencia" y Decreto Supremo Nº 019-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan contra la empresa MORDAZA HNOS. S.R.L., para el pago de la suma de S/. 542,553.74 (Quinientos Cuarentidos Mil Quinientos Cincuentitres y 74/100 Nuevos Soles), mas los intereses que se generen hasta la fecha de su total cancelacion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al indicado Procurador Publico, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 5641 Que, los Articulos 20º, 21º y 22º del Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, establecen que las entidades publicas de los Gobiernos Central, Regionales y Locales, estan obligadas a aprobar normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar los procedimientos y tramites administrativos que se siguen ante ellas, para lo cual deberan aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, dispone que los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos (TUPA), se encuentran sujetos a actualizacion anual, habiendose establecido las disposiciones reglamentarias para dicho efecto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-99-IN se actualizo y modifico el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) - 1999 del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada; Articulos 3º y 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Actualizar y modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil. Articulo 2º.- Los procedimientos administrativos que se siguen ante los organos y dependencias de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil, se rigen por lo prescrito en el Titulo IV del Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada y su Reglamento, por el presente Decreto Supremo y, supletoriamente, por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Articulo 3º.- El Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil que se aprueba por el presente Decreto Supremo, entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Deroguese, modifiquese o sustituyase toda MORDAZA legal o administrativa que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

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