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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2000 (29/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 187117 NORMAS LEGALES Lima, lunes 29 de mayo de 2000 ACTIVIDAD :1.00323 Lucha Contra el Tráfico y Uso de Estupefacientes 5. GASTOS CORRIENTE 127,750.00 3. Bienes y Servicios 127,750.00 6. GASTOS DE CAPITAL 3,500.00 7. Otros Gastos de Capital 3,500.00 TOTAL EGRESOS 131,250.00 Artículo 2º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, instruirá a la Unidad Ejecutora 006 CONTRADROGAS, para que ela- bore las correspondientes "Notas para Modificación Presu- puestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dis- puesto en la presente norma. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República y a la Contra- loría General de la República, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobado. Regístrese y comuníquese. JOSE ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 5950 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban donaciones efectuadas a favor del Instituto de Salud del Niño y de Programa Nacional de Control de Enfermedades Transmisibles RESOLUCION SUPREMA Nº 149-2000-EF Lima, 26 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Asociación Help e.V. de Alemania ha efectuado una donación a favor del Instituto de Salud del Niño del Ministerio de Salud consistente en diversos bienes que están destinados para la atención de niños de escasos recursos económicos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la dona- ción efectuada por la Asociación Help e.V. de Alemania, a favor del Instituto de Salud del Niño del Ministerio de Salud, consistente en 1 caja conteniendo filtros para aparatos de respiración, 2 cajas conteniendo guantes para cirugía y otros bienes, según la Resolución Directoral Nº 078-99-SA/OFICE de fecha 13 de abril de 1999, modificada por la Resolución Directoral Nº 052-2000-SA/OFICE de fecha 6 de marzo del año 2000 y Carta de Donación de fecha 9 de noviembre de 1998. Dicha donación está destinada para la atención de niños de escasos recursos económicos. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 5982 RESOLUCION SUPREMA Nº 150-2000-EF Lima, 26 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Oficina en Ginebra de la Organización Mundial de la Salud ha efectuado una donación a favor del Programa Nacional de Control de Enfermedades Transmisibles Control de la Tuberculosis - Lepra del Ministerio de Salud, consistente en medicamentos para el tratamiento de la lepra, que han sido destinados a su Programa Nacional de Control de Lepra; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la donación efectuada por la Oficina en Ginebra de la Organización Mun- AELEAELE