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Pág. 195139 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de noviembre de 2000 Los datos de cada archivo deberán digitarse en el mismo orden en que aparecen en las listas de adherentes, es decir, debe existir correspondencia, uno a uno, entre el adherente que aparece en la lista respectiva y el que aparece en los medios utilizados. Todos los datos de los adherentes deben ser digitados en letras mayúsculas. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil la presente resolución, para los fines, consultas y coordinaciones consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 13252CONTRALORÍA GENERAL Autorizan viaje de profesional de la Oficina de Asesoría Técnica Jurídica, a Colombia, para participar en la Cum- bre Andina sobre Anticorrupción RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 242-2000-CG Lima, 16 de noviembre de 2000