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Pág. 195368 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de noviembre de 2000 para que en representación del Ministerio, asista y parti- cipe en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: SRTA. MARCELA ZEA BARRETO Pasajes US$ 430.02 Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 13575 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 179-2000-ITINCI Lima, 27 de noviembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Miami - Estados Unidos de América, se realizará del 28 de noviembre al 1 de diciem- bre del 2000, la "Reunión del Grupo de Negociación Solución de Controversias", en el Marco del Area de Libre Comercio de las Américas - ALCA; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la política de integración y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participación de un representante del Ministerio de In- dustria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 058-2000, los Decretos Supremos Nº 053-84- PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM y la Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Miami - Estados Unidos de América, del 28 de noviembre al 2 de diciembre del 2000, del señor Alfredo Ferrero Diez Can- seco, Viceministro de Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, para que en representación del Ministerio, asista y participe en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente Resolución Su- prema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: SR. ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO Pasajes US$ 911.46 Viáticos US$ 880.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 13576 Autorizan a Promotora El Dorado S.A.C. la explotación de máquinas tragamone- das en establecimiento ubicado en el Cercado de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 972-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 20 de noviembre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003039-2000-MITINCI presenta- do por la Empresa PROMOTORA EL DORADO S.A.C., en el que solicita autorización para la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca Palacio Unión, ubicada en jirón de La Unión Nºs. 869-873, distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, y los Informes Técnico Nº 285-2000- MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT-DICF/m.k., Financiero Nº 174-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 154-2000-DEJCMT/APD; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta- bleciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorización para explotar máquinas traga- monedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluación de la información presentada por la solicitante se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autoriza- ción para explotar máquinas tragamonedas; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa PROMOTORA EL DORADO S.A.C., la explotación de máquinas traga- monedas en la Discoteca Palacio Unión, ubicada en jirón de La Unión Nºs. 869-873, distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa PROMOTORA EL DORADO S.A.C., a explotar setenta y ocho (78) máquinas tragamonedas y trescientas cuarenta y nueve (349) memorias de solo de lectura, cuyas características aparecen descritas en los anexos I y II de la presente Resolución. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máqui- nas tragamonedas téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada es desde el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de diciembre de 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 13487