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Pág. 194269 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de octubre de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Viceministro de Pesquería 12108 Otorgan a Frutos del Mar S.A.C. autori- zación para instalación de estableci- miento industrial pesquero RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 108-2000-PE/DNPP Lima, 18 de octubre del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00314002 con escritos de fechas 9 y 28 de agosto de 2000, presentado por la empresa FRUTOS DEL MAR S.A.C. CONSIDERANDO: Que los Artículos 43º inciso b) numeral 4), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la instalación de establecimientos industriales pesqueros, las perso- nas naturales y jurídicas requerirán de autorización, el que constituye un derecho específico que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el Artículo 55º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 09-94-PE, establece que las personas naturales y jurídicas que se dediquen al procesamiento o transformación de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo e indirecto requerirán de autorización para la instalación o aumento de la capacidad de operación del establecimiento industrial; Que mediante los escritos del visto, FRUTOS DEL MAR S.A.C. solicita se le otorgue autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero, a ubicarse en la avenida Centenario Nº 600, Asentamiento Humano Francisco Bolognesi, Provincia Constitucional del Callao, para desarrollar la actividad de enlatado de productos hidrobiológicos, con una capacidad proyectada de 1,100 cajas/turno; Que la Dirección de Medio Ambiente, mediante Certificado Ambiental Nº 031-2000-PE/DIREMA de fecha 31 de julio de 2000, señala que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente ha merecido calificación favorable; Estando a lo informado por la Dirección de Normas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, a través de su Informe Nº 160-2000-PE/DNPP-Dn de fecha 5 de setiembre de 2000, que sustenta la procedencia técnica de lo solicitado y que señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos estableci- dos en el procedimiento Nº 23, correspondiente a la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, del Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los Artículos 43º inciso b) numeral 4), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Artículos 55º, 57º y 60º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94- PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa FRUTOS DEL MAR S.A.C. autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero, a ubicarse en la avenida Centenario Nº 600, Asentamiento Humano Francisco Bolognesi, Provincia Consti- tucional del Callao, a fin de que desarrolle la actividad deenlatado de productos hidrobiológicos; con la siguiente capaci- dad proyectada: Enlatado :1,100 cajas/turno Artículo 2º.- La empresa FRUTOS DEL MAR S.A.C. debe- rá instalar y equipar su establecimiento industrial pesquero con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, seguridad e higiene industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá contar con un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto final, así como deberá cumplir con ejecutar el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Dirección de Medio Ambiente, mediante Certificado Ambiental Nº 031-2000-PE/DIRE- MA de fecha 31 de julio de 2000. Artículo 3º.- Otorgar el plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha de expedida la presente Resolución, renovable por una sola vez y por igual período, previa presentación de la información relativa al avance de obras e inversión sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalación de su estableci- miento industrial pesquero. Previo al inicio de su actividad pro- ductiva, solicitará la inspección técnico-sanitaria correspondien- te para la determinación de la capacidad instalada, condiciones sanitarias y el otorgamiento de la licencia de operación. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en los Artículos 2º y 3º será causal de caducidad del derecho otorgado por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 12110 Modifican resoluciones que otorgaron permiso de pesca a Pesquera Alejan- dría S.A.C. para operar embarcación en la extracción de recursos hidrobio- lógicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 245-2000-PE/DNE Lima, 18 de octubre del 2000 Visto el expediente de registro Nº CE-00414002 con escrito del 29 de setiembre del 2000, presentado por PESQUERA ALEJAN- DRIA S.A.C. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 371-94-PE del 14 de se- tiembre de 1994 modificada por Resolución Directoral Nº 298-98- PE/DNE del 25 de setiembre de 1998, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a la recurrente para operar la embarcación pesquera denominada "JEQUETEPEQUE 7" con matrícula Nº SE-3514-PM, de 196.36 m3 de capacidad de bodega en aplicación del Decreto Supremo Nº 01-97-PE, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicitó la modificación de la Resolución autoritativa citada, por cambio de denominación de puerto en la matrícula y nombre de la embarca- ción, conforme constan en el certificado compendioso de dominio COLOCAR AVISO SEMINARIO COLEGIO DE CONT ADORES