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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2001 (02/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, martes 2 de enero de 2001 AÑO XIX - Nº 7498 Pág. 196719Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe EDUCACIÓN Autorizan viaje de profesionales del Instituto Geofísico del Perú a los EE.UU. y Brasil, a fin de participar en eventos de capacitación para el pronóstico y evaluación del fenómeno "El Niño" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 221-2000-ED Lima, 29 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, en el marco del "Proyecto Mejoramiento de la Capacidad de Pronóstico y Evaluación del Fenómeno "El Niño" para la Prevención y Mitigación de Desastres en el Perú", el Instituto Geofísico del Perú (IGP) como integrante del componente Fortalecimiento Institucional del Progra- ma de Apoyo a la Emergencia Fenómeno "El Niño", finan- ciado con recursos del Contrato de Préstamo Nº 4250-PE, suscrito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) tiene prevista la adquisición de modernos equipos de observación y de cómputo y el entrenamiento de profesionales con el objeto de mejorar la capacidad de pronóstico y evaluación del fenómeno "El Niño", dentro del campo oceanográfico, meteorológico y climático; Que, se ha recibido el ofrecimiento para que un especialista del Instituto Geofísico del Perú (IGP) realice un entrenamien- to en modelos acoplados del océano y la atmósfera, en el Centro de Estudios del Sistema Océano-Suelo-Atmósfera de Calver- ton, Maryland, Estados Unidos de Norteamérica, por un período de 2 meses a partir del 27 de diciembre del 2000 y del Centro Nacional para la Predicción del Clima de la Adminis- tración Nacional del Océano y la Atmósfera (NOAA) del Camp Spring, Maryland, Estados Unidos de Norteamérica, por un período de 4 meses a partir del 1 de marzo del 2001; Que, el Consejo Directivo del Instituto Geofísico del Perú (IGP), en Sesión Ordinaria Nº 07-00 de fecha 12 de octubre del 2000 aprobó la participación del físico KEN TAKAHASHI GUEVARA, en el entrenamiento indicado en el considerando anterior; Que, la Oficina de Inversiones del Ministerio de Econo- mía y Finanzas ha autorizado el financiamiento para que el físico KEN TAKAHASHI GUEVARA, profesional contrata- do por el Instituto Geofísico del Perú (IGP), participe en el entrenamiento señalado en los considerandos precedentes; Que, el citado entrenamiento proporcionará los conoci- mientos y habilidades sobre la aplicación del modelaje océano-atmósfera en la predicción del fenómeno "El Niño"; De conformidad con lo establecido en los Decretos Legis- lativos Nºs. 650 y 136, los Decretos Supremos Nºs. 053-84- PCM, 074-85-PCM y 031-89-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, el viaje del físico KEN TAKAHASHI GUEVARA, a las ciuda- des de Calverton y Camp Spring, Maryland, de los Estados Unidos de Norteamérica a partir del 27 de diciembre del 2000 hasta el 30 de junio del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución respecto a la estadía y costos de entrenamiento, serán cubiertos con cargo al Contrato dePréstamo Nº 4250-PE suscrito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF); los demás gastos serán asumidos por el Pliego Presupuestal del Instituto Geofísico del Perú (IGP), de acuerdo al detalle siguiente: - Tarifa Pasaje US$ 207.36 - Tarifa CORPAC US$ 25.00 - Tarifa Seguro US$ 115.20 --------- US$ 347.56 ===== Artículo 3º.- Al término del viaje autorizado en el Artículo 1º de la presente Resolución, don KEN TAKAHASHI GUEVARA presentará un informe a la Presidencia Ejecu- tiva del Instituto Geofísico del Perú. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 15301 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 222-2000-ED Lima, 29 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, en el marco del "Proyecto Mejoramiento de la Capacidad de Pronóstico y Evaluación del Fenómeno "El Niño" para la Prevención y Mitigación de Desastres en el Perú", el Instituto Geofísico del Perú (IGP) como integrante del componente Fortalecimiento Institucional del Progra- ma de Apoyo a la Emergencia Fenómeno "El Niño", finan- ciado con recursos del Contrato de Préstamo Nº 4250-PE, suscrito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) tiene prevista la adquisición de modernos equipos de observación y de cómputo y el entrenamiento de profesionales con el objeto de mejorar la capacidad de pronóstico y evaluación del fenómeno "El Niño", dentro del campo oceanográfico, meteorológico y climático; Que, se ha recibido el ofrecimiento para que un especia- lista del Instituto Geofísico del Perú (IGP) realice un entre- namiento en modelado de "El Niño", en el Instituto Interna- cional de Investigación para la Predicción del Clima en Palisades, New York, Estados Unidos de Norteamérica, por un período de 6 meses a partir del 27 de diciembre del 2000; Que, el Consejo Directivo del Instituto Geofísico del Perú (IGP), en Sesión Ordinaria Nº 07-00 de fecha 12 de octubre del 2000 aprobó la participación del físico KOBI MOSQUERA VASQUEZ, en el entrenamiento referido en el considerando anterior; Que, la Oficina de Inversiones del Ministerio de Econo- mía y Finanzas ha autorizado el financiamiento para que el físico KOBI MOSQUERA VASQUEZ, profesional contrata- do por el Instituto Geofísico del Perú (IGP), participe en el entrenamiento señalado en los considerandos precedentes; Que, el citado entrenamiento proporcionará los conoci- mientos y habilidades sobre la aplicación del modelado de "El Niño" en la predicción del fenómeno "El Niño"; De conformidad con lo establecido en los Decretos Legis- lativos Nºs. 650 y 136, los Decretos Supremos Nºs. 053-84- PCM, 074-85-PCM y 031-89-EF; y, Estando a lo acordado;