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Pág. 196747 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de enero de 2001 Designan miembros del Directorio de la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. - EGASA ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 153-2000/017-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artícu- lo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designación de los Direc- tores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha empresa, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Que, habiéndose aceptado las renuncias presen- tadas por los señores Mauricio Luis Chirinos Chiri- nos, Eduardo Bedoya Forga, Luis Chávez – Bedoya Vargas, Manuel Kiyán Zaja y Milton von Hesse La Serna se comunica que por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 153-2000/017-FONAFE de fecha 18 de diciembre de 2000 se designó a las siguientes personas como miembros del Directorio de la Em- presa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. – EGASA: - Gastón Benza Pflucker, Presidente del Directorio - Wilder Adolfo García Martínez - Pío Alonso María Quintanilla Pérez – Wicht - Marco Antonio Parra Sánchez - Percy Rodríguez Noboa 15326 FE DE ERRATAS ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 150-2000/017-FONAFE Mediante Oficio Nº 2727-2000-FONAFE el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresa- rial del Estado, solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Directorio Nº 150-2000/017-FONAFE, publi- cado en nuestra edición del día 28 de diciembre de 2000, en la página 196457. DICE: ... Mario Ernesto Sanguinetti Remusgo... DEBE DECIR : ... Ernesto Pablo Sanguinetti Remusgo... 15312 INPE Sancionan con destitución a servidor del Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad La Capilla - Juliaca RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 003-2001-INPE-P Lima, 2 de enero de 2001 VISTO; el Informe Nº 101-2000-INPE-CPPAD, de fecha 22 de diciembre del 2000 de la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario;CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de la Presidencia Nº 701-2000-INPE-P, de fecha 17 de noviembre del 2000, y publicada el 18 de noviembre del 2000 en el Diario Oficial El Peruano, se abrió proceso administrativo disciplinario al servidor del Establecimiento Penitencia- rio de Máxima Seguridad La Capilla - Juliaca, POLI- CARPIO SILVA YBARCENA, al incurrir en la falta administrativa disciplinaria de abandono laboral al faltar injustificadamente durante los siguientes servi- cios: del 7 al 9, del 22 al 27 y 31 de mayo; el 1, 2 y del 21 al 23 de junio; del 21 al 23 de julio, dejando de registrar asistencia desde el 30 de julio hasta el 18 de agosto del 2000; Que, es necesario señalar que habiendo transcurrido el plazo señalado en el Art. 169º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el servidor mencionado no ha cumplido con presentar su descargo para desvirtuar su responsabilidad en el cargo que se le formulara en la Resolución de la Presidencia señalada anteriormente; Que, se ha evidenciado que el servidor POLICAR- PIO SILVA YBARCENA, incumplió lo establecido en los incisos a) y c) del Art. 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por el Decreto Legis- lativo Nº 276, falta administrativa disciplinaria tipifica- da en el inciso k) del Art. 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por el Decreto Legis- lativo Nº 276; Estando a la recomendación formulada en el Infor- me de la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministe- rial Nº 199-98-JUS y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 243-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la sanción administrativa disciplinaria de DESTITUCION al servidor POLICAR- PIO SILVA YBARCENA; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Notifíquese la presente resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE o del Diario Oficial El Peruano, para los efectos de ley. Regístrese, publíquese y comuníquese. GUSTAVO CARRION ZAVALA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 15309 OSITRAN FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 019-2000-CD/OSITRAN Mediante Oficio Nº 003-2001-GG-OSITRAN, el Orga- nismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, solicita se publi- que Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo Nº 019-2000-CD/OSITRAN, publicada en nuestra edición del día 30 de diciembre de 2000, en la página 196587. DICE: "Artículo Primero.- Aprobar el viaje del señor Arman- do Chamorro Plazolles, Gerente de la Gerencia de Estu-